Suprema Corte de Justicia de la Nación

Es constitucional el artículo 13
de la Ley General de Víctimas,
que establece la reparación del daño
si el inculpado se sustrae de la acción
de la justicia

Comunicado 148/2017
Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2017

A propuesta del Ministro Zaldívar, en sesión de 6 de septiembre de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 79/2017, en el que estableció que el artículo 13 de la Ley General de Víctimas es constitucional, el cual establece que si el inculpado se sustrae de la justicia, se debe entregar a la víctima la suma que garantiza la reparación del daño. Sigue leyendo