Se saluda la sentencia
sobre desplazamiento interno derivado
de la violencia, dictada por la Sala
de lo Constitucional de El Salvador

(Resumen)

10 de agosto de 2018
Comunicado 178/18

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatora Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Cecilia Jimenez-Damary, saludan la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador que reconoce la existencia de un fenómeno de desplazamiento forzado de personas que tiene origen en el contexto de la violencia e inseguridad en El Salvador, mismo que causa afectaciones sistemáticas a derechos humanos, lo que constituye un estado de cosas inconstitucional. La CIDH y la Relatora Especial de la ONU instan al Estado salvadoreño a cumplir con dicha sentencia y a seguir realizando acciones en materia de desplazamiento interno encaminadas a la prevención, protección, asistencia durante el desplazamiento, y el retorno, reasentamiento y reintegración de las personas desplazadas internamente.

            Mediante sentencia 411 de 13 de julio de 2018, la Corte Suprema declaró que en El Salvador existe un fenómeno de desplazamiento forzado de personas que tiene origen en el contexto de violencia e inseguridad que afecta gravemente a colectivos en situación de vulnerabilidad de distintas zonas geográficas del país controladas por pandillas y en las afectaciones sistemáticas a derechos fundamentales como la vida, la integridad física, la libertad y la propiedad, entre otros, causadas por la criminalidad organizada, principalmente por los referidos grupos delictivos, lo cual constituye un estado de cosas inconstitucional. Para lo anterior, la Suprema Corte basó su sentencia en información del informe de Movilidad Humana de la CIDH y el Informe de la Relatora Especial sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos de Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los desplazados internos acerca de su visita a El Salvador, entre otros.

            En la mencionada sentencia, la Corte Suprema ordenó i) reconocer a las víctimas de la violencia y del desplazamiento forzado dicha calidad, como sujetos de derechos, y categorizarlos normativamente; (ii) diseñar e implementar políticas públicas y protocolos de actuación orientados a prevenir el desplazamiento forzado, entre las que se encuentran medidas para recobrar el control territorial de zonas dominadas por pandillas; (iii) brindar medidas de protección a quienes ya tienen de facto la condición de desplazados y garantizarles la posibilidad de retorno a sus residencias; y (iv) celebrar los convenios de cooperación a nivel nacional e internacional para asegurar la protección de víctimas y testigos.

            “El Poder Judicial ha tenido un papel fundamental en el reconocimiento y atención de la problemática del desplazamiento interno en los países de la región. La sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de El Salvador representa una buena práctica puesto que plantea soluciones estructurales para adoptar medidas y prácticas en concordancia con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos contraídas por el Estado salvadoreño y los Principios Internos sobre los Desplazamientos Internos. Es por esto que hacemos un llamado a todas las autoridades a adoptar las medidas que les correspondan para atender la grave situación de las personas desplazadas internos” dijo Luis Ernesto Vargas Silva, Relator de los Derechos sobre los Migrantes de la CIDH.

            “Saludo esta importante y oportuna decisión de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de El Salvador que ayudará a crear conciencia sobre los problemas y las muchas víctimas ocultas de violencia y desplazamiento interno en El Salvador que son altamente vulnerables y necesitan protección, apoyo y acceso a la justicia”, dijo la Relatora Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Cecilia Jimenez-Damary.

Fuente:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2018/178.asp
(28/08/2018)