Valida SCJN disposición
del Código Penal para el estado
de Aguascalientes que sanciona
el delito de lesiones dolosas
cometidas por razones de género

Comunicado 091/2020
Ciudad de México, a 2 de junio de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, validó una disposición del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, donde se sanciona el delito de lesiones dolosas cometidas por razones de género.

El Pleno estableció que el artículo 107, fracción VII, párrafo tercero, de dicho código, no viola el principio de proporcionalidad de las penas establecido en el artículo 22 de la Constitución Federal.

En el mismo expediente, la SCJN estableció que el legislador local, al prever en el artículo 75-A de dicho código un listado de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, invadió la competencia del Congreso de la Unión para legislar en materia procesal penal.

Asimismo, el Pleno invalidó el artículo 141, fracciones IV y V, del Código Penal local, por violar el principio de taxatividad –el cual le impone al legislador el deber de emitir normas claras, precisas y exactas–, toda vez que al describir el delito de robo equiparado cometido por quien adquiera, comercie o posea dispositivos electrónicos con capacidad de conectarse a internet de manera inalámbrica o bienes muebles en general, que tengan denuncia de robo, no se estableció como elemento del tipo que la persona deba saber que dichos objetos son provenientes de un ilícito anterior, lo cual podría llevar a erróneamente considerar que la simple adquisición de los productos señalados constituiría el ilícito.

Acciones de inconstitucionalidad 125/2017 y su acumulada 127/2017, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 21 de agosto de 2017, mediante Decreto 127.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6134
(24/06/2020)