Mara Gómez
SUMARIO. 1. Los jueces constitucionales y la protección de los derechos humanos.
2. El diálogo judicial interamericano y el “Caso Rosendo Radilla” en la Suprema Corte de Justicia de México. 3. El Control de Convencionalidad. 4. La doctrina del Bloque de Constitucionalidad.
1. Los jueces constitucionales y la protección de los derechos humanos
La Jurisdicción Constitucional suele ser la jurisdicción nacional que se considera más vinculada a la protección de los derechos fundamentales del individuo y a las normas internacionales en materia de derechos humanos. Pero ¿por qué es así? ¿Por qué es la Jurisdicción Constitucional la que se estima como aquella que, por definición, se encarga de la protección de los derechos humanos en el ámbito nacional?
El Juez Eduardo Ferrer explica en su interesante voto razonado al Caso Cabrera y Montiel, que existe “una asimilación de conceptos del Derecho Constitucional” al derecho internacional, “lo cual está presente desde el origen y desarrollo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, y puntualiza que, en la actualidad, “Se advierte claramente una internacionalización del Derecho Constitucional”.1