La persistencia del trauma: Tortura y violaciones a los DDHH en Chile desde la dictadura militar al estallido social

Por Jeannette Rosentreter Z.*

La Declaración Universal de Derechos Humanos señala en su artículo 5 que “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”[1] y el Comité contra la Tortura señala que la prevención efectiva de su práctica implica educación, así como diversas medidas legislativas, administrativas y judiciales[2]. La tortura en Chile debe mirarse desde un contexto histórico amplio, que excede a las violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos ocurridos durante la dictadura militar ocurridos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990 sobre todo teniendo en cuenta el proceso del estallido social iniciado en octubre de 2019 y las graves y masivas vulneraciones ocurridas durante este período, ya que conocemos los efectos en las personas que la padecen como también en sus familias y en las futuras generaciones y por lo mismo, no se debe normalizar estos hechos en un sistema democrático.

Los autores Lira y Loveman[3] refieren respecto a Chile que “la dictadura militar, que se instaló entre 1973-1990 hizo de la tortura una política pública, aplicándola de manera sistemática y masiva, en una medida que no tenía precedentes en Chile” y que ha existido legitimidad cultural y política de la aplicación de torturas a los enemigos del Estado en Chile desde el periodo colonial y señalan que fue una práctica aceptada desde la Colonia hasta la República. El Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura que funcionó durante 2004[4] entrega elementos del contexto en que se desarrolla la prisión política y tortura en Chile durante la dictadura, los métodos de tortura que fueron utilizados, los recintos de detención, el perfil de las víctimas, las consecuencias de la prisión política y la tortura tanto para las víctimas como para sus familias y propuestas para llevar a cabo el proceso de reparación a las víctimas y sobrevivientes. Los principales diagnósticos son los trastornos depresivos, trastornos de ansiedad, trastorno de síntomas somáticos y trastornos relacionados, trastornos relacionados con traumas y factores de estrés como trastorno por estrés postraumático, trastornos de adaptación y trastorno de estrés agudo.

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Hacia una democracia de los cuidados: desafíos civilizatorios, desigualdades estructurales y derechos humanos en sociedades mal cuidadas

Por Jessica Espinoza-Espinoza*

Resumen

La crisis global de los cuidados es una forma de violencia estructural y una grave violación de los derechos humanos, con impacto en la vida de las mujeres, pueblos indígenas y personas pobres. El mal cuidado no solo es visible en una dimensión económica, también a nivel psicosocial, territorial y simbólico, y proviene de una estructura cuyo objetivo es generar ganancias a expensas de la vida. En consecuencia, el derecho de los cuidados debe garantizarse como un derecho humano justiciable y un principio político-ético que reorganiza la democracia desde la base de la interdependencia y la justicia. Lo que necesitamos son soluciones estructurales que tomen la forma de sistemas de cuidados inclusivos. Al hacerlo, no solo reconocemos que existen injusticias e inequidades históricas, sino que existen diversidades en la sociedad, asegurando una vida digna, una vida libre de cualquier violencia para todos los seres humanos.

Introducción

La crisis global de los cuidados es una violación de derechos humanos estructural, sistémica y duradera. No es un problema doméstico o económico. Esto es producto de la forma desigual en que nuestras sociedades están organizadas, afectando de manera desproporcionada a mujeres, pueblos indígenas, personas racializadas, personas mayores, jóvenes en situaciones precarias y poblaciones rurales empobrecidas. Pautassi (2020), considera que los cuidados son parte de un principio organizador de las políticas públicas que cuestionan los fundamentos del modelo neoliberal (p. 35).

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Lo normal como violencia: la discapacidad intelectual y la tiranía de la norma

Por Cintia Guadalupe López Lara*

Introducción

En nuestras sociedades, la idea de normalidad se presenta como neutra, técnica y deseable. Sin embargo, desde una mirada crítica, es posible entenderla como una construcción social que opera como un dispositivo de exclusión. Quienes no se ajustan a ese estándar suelen ser tratados como deficientes o inadecuados. Este fenómeno es particularmente evidente en el caso de las personas con discapacidad intelectual, quienes enfrentan procesos sistemáticos de estigmatización, infantilización y exclusión.

Desde la psicología social crítica, especialmente en sus vertientes construccionistas y comunitarias, es posible analizar cómo el concepto de normalidad funciona como una herramienta de discriminación simbólica y estructural. En este artículo se analiza dicho concepto como mecanismo de opresión, a partir de referentes teóricos de la psicología, la sociología y los derechos humanos, y se propone una visión alternativa basada en la inclusión y el reconocimiento de la diversidad humana.

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Nombrarse diferente desde el sur global

Por Sebastián Zamudio Posada*

Al ser parte de un mundo globalizado, con nociones esclarecidas previamente y homogeneizadas desde el norte global hacia el resto del mundo entero, desde lo europeo, desde lo yanqui, desde lo que es permitido ser y acerca de cómo habitar el cuerpo, de cómo apropiarse del mismo y vivirlo en sociedad; es difícil pensar en otras formas de ser, de habitar, de ejercer, de revolucionar fuera del canon establecido y permeado por años.

Este ensayo es una propuesta por habitar, ser y vivir desde otros pensares y experiencias, desde una mirada multicultural que no sea ajena al vivir cotidiano de lxs demás, desde el uso de la categoría de “otredad” para poder comenzar a nombrar y teorizar acerca de nociones a las que el tiempo ha tenido olvidadas.

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La primera chamba: cómo la Conducta Empresarial Responsable cambia vidas

Por Elías Ornelas García*

¿Qué es la Conducta Empresarial Responsable?

La Conducta Empresarial Responsable (CER) es el compromiso de gobiernos y empresas de respetar y garantizar los Derechos Humanos, integrando temáticas transversales como medio ambiente, la igualdad de género, la transparencia, el respeto y la inclusión. Esto implica transformar los modelos economicos y de negocios para promover condiciones laborales dignas, cuidar el medio ambiente, tener transparencia y generar un impacto social positivo.

Más allá de lo legalmente exigido, la CER se traduce en ambientes laborales seguros, equitativos y respetuosos de la diversidad. Este compromiso es esencial tanto para quienes buscan empleo como para quienes ya lo tienen o dirigen empresas.

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La burguesía y los derechos individuales

Por Israel Sandoval*

La construcción de los Derechos Humanos ha transitado por un largo período de la Historia, tenemos nociones de que autores como: Platón, Aristóteles, Santo Tomás, Locke, Rousseau y algunos otros filósofos estudiaron el tema de la igualdad, sin embargo, referirnos a dicho Derecho va a ser hasta después de la Segunda Guerra Mundial, lo mismo sucede con la dignidad y la libertad, que son concepciones de la edad moderna.

Sin lugar a dudas, para que se de el nacimiento de los Derechos Humanos se tiene que dar un cambio de paradigma, originado por los movimientos sociales y las fluctuaciones en el sistema económico, y por supuesto, de una clase social en ascenso, que es la burguesía.

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Principios fundamentales de los organismos públicos de Derechos Humanos [1]

Por Enrique Guadarrama López*

Casi al cierre de mi colaboración anterior formulé la interrogante si debe cambiar en el país el sistema no jurisdiccional de derechos humanos en su conjunto. Señalé que no hay una respuesta sencilla e inmediata. Ahora voy a abundar sobre ese aspecto.

La creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, primero como organismo descentralizado y luego con reconocimiento como órgano constitucional autónomo, derivó en la aparición de las comisiones estatales de derechos humanos. Se cumplen 35 años de ese hito en la historia constitucional patria, aunque no haya habido mención oficial alguna (el dogmatismo se impuso). Es claro que en ese tiempo las circunstancias han cambiado en muchos aspectos: a) del poco conocimiento de la gente sobre el trabajo del Ombudsman, a la casi cultura de queja en contra de autoridades que violentan derechos humanos; b) de la exigencia mayoritaria de respeto a derechos de índole individual, a una mayor búsqueda de protección de derechos sociales y/o colectivos con impacto más allá del ámbito nacional; c) de un catálogo de derechos humanos acotado a lo previsto en la ley, al ensanchamiento de derechos derivado de la labor de interpretación jurídica de los tribunales y los organismos públicos de protección de los derechos humanos; d) de contar con personal que en la trinchera del día a día, se convirtieron en verdaderos defensores de derechos humanos, a contar con un servicio civil de carrera.

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