La responsabilidad empresarial
de respetar los derechos humanos
debe ir más allá de su compromiso
social y buena voluntad

Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2019
Comunicado DGC/351/19

  • Al participar en la Cuarta Consulta Regional sobre Empresas y Derechos Humanos para América Latina y el Caribe, y en la Reunión de Trabajo del Grupo Temático sobre Minería y Derechos Humanos, en Santiago de Chile, el Segundo Visitador General, Enrique Guadarrama López, destacó la importancia de consolidar la cultura empresarial de respeto a los derechos fundamentales

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subrayó la importancia de generar política pública y legislación para consolidar la cultura empresarial de respeto a los derechos humanos, y propuso que en las contrataciones públicas –sean por obra que encargue el Estado o cuando otorgue concesiones, permisos, autorizaciones a empresas privadas o cuando haya financiamiento público a las mismas— se incorpore la cláusula obligacional de respeto a los mismos como fórmula para crear seguridad de que las empresas los respetan y que de no hacerlo generarán responsabilidades.

            Así lo dio a conocer el Segundo Visitador General de la CNDH, Enrique Guadarrama López, al participar en la Cuarta Consulta Regional sobre Empresas y Derechos Humanos para América Latina y el Caribe, en Santiago de Chile, donde presentó la Recomendación General 37/2019 “Sobre el respeto y observancia de los derechos humanos en las actividades de las empresas”, la cual, dijo, marca la hoja de ruta que debe de guiar la actuación cotidiana de éstas para alcanzar la Agenda 2030 y la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en favor del reconocimiento, defensa y promoción de los derechos fundamentales, además de ser impulso y compromiso para que las empresas identifiquen si su impacto social, económico y medioambiental beneficia o afecta a la sociedad, y ceñirse a su cumplimiento para fortalecer su reputación y sus relaciones con la sociedad.

            En su intervención en la mesa “Contratación Pública y Derechos Humanos” y al hablar ante representantes de Estados, empresas, organizaciones de trabajadores, grupos comunitarios y de la sociedad civil, bufetes de abogados, inversionistas, organismos internacionales, Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y académicos, subrayó que la responsabilidad de las empresas de respetar derechos humanos va más allá del compromiso social empresarial y no debe estar sujeta a la buena voluntad y conciencia del sector económico. Aseguró que el trinomio ganancia económica—riesgo empresarial—observancia de derechos humanos es compatible y no representa obstáculo alguno para el sano ejercicio económico de las empresas, ya que les da la oportunidad para redireccionar sus políticas y estrategias.

            Para ello, dijo, deben establecerse los parámetros de respeto y observancia de los derechos humanos en las actividades públicas y privadas, con base en los estándares internacionales sobre empresas y derechos humanos, principalmente los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas; presentar propuestas de políticas públicas encaminadas a la debida alineación de la relación Estado—Derechos Humanos—Empresas, así como propuestas de modificaciones legislativas para que en las actividades empresariales se incluya el tema de los derechos humanos.

            Respecto de la Recomendación General 37/2019, Guadarrama López destacó que, como resultado de su investigación, la CNDH observó que las autoridades han incumplido su obligación de supervisar las actividades empresariales y sancionar a las empresas que generan daños sobre los trabajadores, usuarios, consumidores y comunidad, o han emitido permisos y licencias de forma irregular, y consentido el desarrollo de proyectos a gran escala u operaciones empresariales que generan violaciones a los derechos humanos al medio ambiente y recursos naturales, propiedad, acceso a servicios públicos y a la consulta previa de pueblos y comunidades indígenas.

            Añadió que, al interior de las empresas, sobre todo en la agroindustria, minería e hidrocarburos, existen condiciones irregulares en contrataciones y salario del personal, centros de trabajo que no cumplen con las condiciones de seguridad e higiene, trata de personas y trabajo infantil, en tanto que al exterior, principalmente en servicios públicos, construcción, energía, turismo, entretenimiento e hidrocarburos, existen transgresiones contra personas migrantes, con discapacidad y privadas de la libertad, y contra pueblos y comunidades indígenas.

            La Cuarta Consulta Regional sobre Empresas y Derechos Humanos para América Latina y el Caribe fue organizada por la Oficina para América del Sur y el Caribe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, con apoyo de la OIT y la OCDE.   Por otra parte, al participar en la reunión de trabajo del Grupo Temático sobre Minería y Derechos Humanos de la ONU, Guadarrama López subrayó que en el estudio particular que sobre impacto ambiental preparan expertos técnicos de las Defensorías del Pueblo de Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú, Brasil, Paraguay, Portugal y México debe prevalecer el enfoque de empresas y derechos humanos, en especial las medidas que debe tomar el Estado cuando tiene un vínculo jurídico con una empresa, así como la responsabilidad inherente de las empresas en sus actividades de respetar derechos humanos y para prevenir impactos negativos que puedan causar al entorno ambiental y a las colectividades con las que interactúan. Dicho Grupo Temático está conformado por la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y la Agencia de Cooperación Alemana (GIZ).

Fuente:
https://www.cndh.org.mx/documento/destaca-cndh-ante-organismos-internacionales-y-ombudsperson-de-la-region-que-la
(25/09/2019)