Recomendación 85/2018
a la Secretaría de la Defensa Nacional,
la Secretaría de Seguridad Pública
y Protección Ciudadana,
la Procuraría General de la República
y el Gobierno y la Fiscalía del Estado
de Guerrero, por uso excesivo
de la fuerza pública que causó
homicidio y retención ilegal de personas
en Tlapa de Comonfort, Guerrero
el 5 y el 7 de junio de 2015

Ciudad de México, a 03 de enero de 2019
Comunicado de Prensa DGC/003/19

Por violentar los derechos humanos a la integridad personal y dignidad de las personas, acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, a la inviolabilidad al domicilio, uso excesivo de la fuerza que derivó en la pérdida de la vida de una de las víctimas y retención ilegal, en hechos ocurridos el 5 y 7 de junio de 2015 en Tlapa de Comonfort, Guerrero, atribuibles a personal de la Secretaría de la Defensa Nacional, Policía y la Fiscalía del estado, Policía Federal, y Procuraduría General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 85/2018.

            Está dirigida a los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Gobierno del Estado y Fiscalía General de esa entidad, así como al encargado de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales en suplencia del Procurador General de la República (PGR).

            Entre el 6 y 8 de junio de 2015, particulares y Organizaciones de la Sociedad Civil (ONG) presentaron ante este Organismo Nacional diversas quejas, por correo electrónico y vía telefónica, en las que denunciaron que el 5 y 7 del mismo mes y año, policías estatales, federales, granaderos y militares, en diferentes momentos y lugares habían lesionado y detenido ilegalmente a un grupo de personas.

            Exigieron una investigación que estableciera la verdad de los hechos que tuvieron como resultado la pérdida de la vida de una víctima por disparo de arma de fuego, lesiones a otros más, el corte de energía eléctrica en ese municipio, la irrupción de elementos de la Policía Federal en el domicilio de una de las víctimas, y en las oficinas de la Coordinadora Estatal de Trabajadores de la Educación, donde fueron detenidas arbitrariamente diversas personas, entre ellos una persona menor de edad, y uno de los detenidos fue objeto de actos de tortura.

            Con motivo de tales hechos, los pobladores del Municipio de Tlapa reclamaron a los uniformados su actuación y retuvieron a 35 Policías Federales dentro de la Capilla de la Colonia Tepeyac, llegando al acuerdo de dejarlos en libertad cuando fueran liberadas las víctimas detenidas.

            De acuerdo con los quejosos, la Policía Federal incumplió con esos acuerdos debido que a las 20 horas del 7 de junio de 2015 reactivó el operativo e ingresó a la colonia Tepeyac y desalojó a los pobladores para liberar a los elementos de dicha corporación, haciendo uso de gases lacrimógenos y armas de fuego, resultando lesionadas 17 personas, una de las cuales lamentablemente perdió la vida.

            La Comisión Nacional desaprueba los actos ilícitos cometidos por cualquier persona en contra de otra y, en particular, contra las fuerzas del orden público, porque ninguna protesta o exigencia social justifica realizar conductas contrarias a derecho, como tampoco la autoridad debe excederse en el uso de la fuerza.

            Tras concluir su investigación, la CNDH acreditó que con su actuación, esos servidores públicos transgredieron los derechos humanos ya mencionados, por lo que, en su Recomendación pide al titular de la SEDENA colaborar con la integración de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule ante la PGR, y con la queja que interponga en la Visitaduría General de esa Procuraduría y en el Órgano Interno en la Secretaría de la Defensa Nacional, en contra del personal de la Policía Federal y elementos militares por la retención de las víctimas.

            Continuar con el fortalecimiento de la cultura de respeto de los derechos humanos mediante la impartición, en un plazo de tres meses, de cursos de capacitación en materia de derechos humanos, enfocados a erradicar la retención ilegal de personas en las instalaciones de esa dependencia.

            Al encargado de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales en suplencia del Procurador General de la República (PGR), solicita continuar con la debida integración y perfeccionamiento de la Averiguación Previa 5, con la finalidad de esclarecer la verdad de los hechos y en su caso, determinar la responsabilidad penal que pudiera existir; iniciar la carpeta de investigación por la denuncia de una de las víctimas que refirió haber sido objeto de tortura.

            Investigar y deslindar las responsabilidades que correspondan en el caso de la pérdida de dinero y pertenencias de cuatro de las víctimas, atribuible a elementos de la Policía Federal; diseñar e impartir en el término de tres meses a partir de la aceptación de la Recomendación, un curso integral dirigido al personal ministerial adscrito a la Delegación en Guerrero relacionado con la capacitación y formación en materia de derechos humanos; colaborar debidamente con la queja que se inicie ante la Visitaduría General de la PGR en contra de personal ministerial involucrado.

            Al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana se le pide, entre otras cosas que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, brinde la reparación integral a los 14 agraviados y a los familiares de la víctima que lamentablemente falleció. Colaborar en la integración de la Carpeta de Investigación y queja que se inicie con motivo de la denuncia de hechos que este Organismo Nacional formule ante la PGR y ante la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal. Colaborar con la PGR para continuar con la integración y perfeccionamiento de la Averiguación Previa 5, y la carpeta de investigación que se inicie por la probable comisión del delito de tortura.

            Diseñar e impartir en el término de tres meses a partir de la aceptación de la Recomendación, un curso integral dirigido al personal policial, en materia de derechos humanos, específicamente sobre los Acuerdos 04/2012 y 05/2012, el Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza, y sobre la intimidad de la persona, por la intromisión del domicilio. Proporcionar a los elementos de la Policía Federal equipos de videograbación y audio como lo prevé el protocolo de esa corporación.

            No se omite señalar, que las lesiones que presentaron elementos de la Policía Federal, deberán ser investigadas por la autoridad competente para deslindar la responsabilidad correspondiente.

            Al Gobernador de Guerrero se solicita que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, brinde la reparación integral del daño a una de las víctimas lesionadas; colaborar en la queja que se inicie ante la Contraloría Interna de la Fiscalía General del Estado de Guerrero, a fin de que inicie procedimiento administrativo contra 10 servidores públicos estatales involucrados.

            Asimismo, a la Fiscalía General del Estado se le pide colaborar con la queja que se inicie ante su Contraloría Interna, a fin de que inicie el procedimiento administrativo en contra de personal ministerial involucrado en los hechos. Diseñar e impartir en el término de tres meses a partir de la aceptación de la Recomendación un curso integral dirigido al personal policial, relacionado con la capacitación y formación en materia de derechos humanos.

Fuente:
http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_003.pdf
(28/01/2019)