Recomendación 14VG/2018
por acciones y omisiones de personal
del servicio público que derivaron
en violaciones graves de los derechos
humanos de 536 personas, en una casa
hogar en Zamora, Michoacán

Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2018
Comunicado DGC/396/18

Por acciones y omisiones atribuibles a servidores públicos de los tres niveles de gobierno, las cuales contribuyeron a que los responsables de la dirección, manejo y cuidados de los internos de una Casa Hogar en Zamora, Michoacán, cometieran agresiones físicas y psicológicas, encierro en condiciones carcelarias y diversas vejaciones más en agravio de 536 personas que resultaron víctimas del delito, en su mayoría niñas, niños y adolescentes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 14VG/2018 por Violaciones Graves.

            Dicha Recomendación está dirigida a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría de Educación Pública (SEP), Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Dirección General del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al Presidente Municipal de Zamora y a los Gobernadores de 15 estados: Michoacán, Baja California, Coahuila, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Tabasco y Tamaulipas.

            Tras su investigación, este Organismo Nacional confirmó que se vulneraron los derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad, al trato digno e interés superior de la niñez y adolescencia, así como aspectos inherentes a la dignidad humana en su relación con los principios mínimos de atención a las víctimas del delito; a la protección de la salud; a la educación; a la integridad personal; a la identidad; a la seguridad jurídica; a la procuración de justicia, y a no ser sometido a trata de personas, en agravio de las 536 víctimas localizadas en la Casa Hogar en situación de extrema vulnerabilidad.

            La CNDH conoció, mediante notas periodísticas que, tras un operativo de autoridades federales y estatales, “se rescató a 500 personas menores de edad de un albergue en el municipio de Zamora, Michoacán”, quienes estaban privadas de su libertad. Personal del Organismo Nacional se trasladó a la Casa Hogar, donde observó a 536 personas, en su mayoría niñas, niños y adolescentes, en condiciones precarias de higiene y de salud, por lo que se determinó abrir queja de oficio.

            De las evidencias que integran el expediente se observa que las víctimas vivían en situación precaria y de riesgo e inmersas en condiciones de vulnerabilidad múltiple, ya que todas ingresaron a la Casa Hogar cuando eran niñas, niños y/o adolescentes, e incluso al momento del operativo, muchos aún eran personas menores de edad; algunos de los agraviados vivieron por años con restricción en su movilidad al interior del lugar, siendo víctimas de diversos abusos, tales como la privación de alimentos, agresiones sexuales, privación de la libertad, lo que generó en algunos casos “cutting” (cortarse la piel con navaja u otro objeto), asimismo, la falta de atención médica afectó su integridad.

            La CNDH acreditó que las autoridades que, de conformidad con sus atribuciones, estaban facultadas para ingresar a la Casa Hogar, no realizaron acción alguna encaminada a supervisarla, lo cual hubiera provocado que cesaran las situaciones en que vivían. De la misma forma, las instancias que debieron encargarse del cuidado y protección de las víctimas cuando egresaron de la Casa Hogar, dejaron de brindarles protección diferenciada, en tanto condición de niña, niño, adolescente, adolescente embarazada o en estado de lactancia, mujer, hombre, persona con alguna discapacidad física o intelectual, así como en su calidad de víctima del delito.

            Con sus omisiones, los servidores públicos no protegieron, en el ámbito de sus respectivas competencias, a las 536 personas víctimas de delito. Por ello, se requiere a todas las autoridades involucradas colaborar ampliamente con la CNDH en las quejas que se promuevan ante las correspondientes instancias que investigan las responsabilidades administrativas en que incurrieron esas personas servidoras públicas. En caso de que la responsabilidad hubiera prescrito, se deberá insertar copia de la presente Recomendación en sus expedientes laborales.

            De la misma forma, se solicita girar una circular a las áreas que se mencionan en esta Recomendación, para evitar la repetición de las conductas que esta Comisión Nacional logró acreditar en este caso, y en la cual se indiquen las acciones a seguir por cada institución en los casos donde se tenga la sospecha de que suceden hechos similares a los ocurridos en la Casa Hogar, así como capacitar al personal en materia de derechos humanos, sensibilización e identificación de víctimas en materia de trata de personas y atención integral a víctimas de delitos, con perspectiva de género y enfocada a personas menores de edad en condiciones de vulnerabilidad múltiple.

            A la SEDESOL se le pide revisar los lineamientos relativos a la entrega de recursos en los programas de Coinversión Social en la Delegación de esa dependencia en Michoacán, para proponer las modificaciones que procedan y evitar casos como el descrito, así como establecer los procesos de verificación para el cumplimiento de los objetivos de cada proyecto y las sanciones a que se hagan acreedoras las instituciones que falsifiquen u oculten información sobre la utilización de los recursos públicos.

            A la SEP se le solicita realizar una investigación exhaustiva en que se analicen los procedimientos de asignación directa de convenios de prestación de servicios profesionales tales como los que en su momento suscribieron el INBA y CONACULTA con la Casa Hogar y, de advertir irregularidades en los mismos, se de vista a las instancias competentes; asimismo, instaurar mecanismos de verificación a esos procedimientos.

            Al Gobernador de Michoacán se le pide conformar un grupo multidisciplinario e interinstitucional, que localice a las 536 víctimas, para generar acciones que resulten necesarias para restituirles en los derechos humanos que les fueron vulnerados; elaborar un diagnóstico sobre la situación específica de los albergues y casas hogar de esa entidad; implementar programas de prevención de trata de personas e impartir cursos de capacitación y formación en materia de derechos humanos.

            Al IMSS se le requiere investigar las gestiones realizadas por las personas servidoras públicas de su Delegación en Michoacán respecto de los servicios médicos prestados a las personas albergadas de la Casa Hogar en los últimos 10 años, y expedir resúmenes clínicos de las mismas; emitir una circular a todas sus Delegaciones en que se instruya que en todos los casos en que atiendan a menores de edad no acompañados se les brinde protección integral y respeto a sus derechos humanos.

            A la CEAV se le recomienda presentar un informe respecto de la situación actual de cada una de las 536 víctimas directas del presente caso y sus procesos pendientes de trámite para restablecer sus derechos y los servicios que les deben otorgar; identificar a las personas servidoras públicas que no atendieron oportunamente a esas víctimas; informar de los avances en la aplicación del programa creado para la atención de este caso; colaborar con los Sistemas DIF Nacional y estatales para canalizar a las personas agraviadas a presentar las denuncias correspondientes sobre los delitos de que hayan sido víctimas.

            Al titular del DIF Nacional, presentar una Campaña a nivel nacional, en coordinación con los sistemas DIF estatales, para visibilizar e identificar a personas menores de edad en situaciones de extrema vulnerabilidad y evitar que sean separadas de sus padres o quienes ejerzan su patria potestad; elaborar un Protocolo de Atención Integral para Personas Menores de Edad, Víctimas del Delito y en Condiciones de Extrema Vulnerabilidad de aplicación nacional para todos los Sistemas DIF.

            Se solicita al DIF Nacional y a los Gobernadores de Baja California, Durango, Estado de México, Guerrero, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Michoacán, Morelos, Puebla, Tabasco, Tamaulipas, Sinaloa y Querétaro realizar una investigación administrativa en que se identifique a las personas servidoras públicas de sus Sistemas DIF que omitieron dar asistencia a las víctimas que les fueron entregadas para sus cuidados y atenciones por parte de la PGR, y verificar que las familias contarán con los elementos que facilitarán su integración.

Fuente:
http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2018/Com_2018_396.pdf
(07/01/2019)