El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio entrada por primera vez al caso de una bebé robada en un hospital público de la ciudad de Málaga en el año de1964.
De acuerdo con la jurisprudencia dada por el TEDH, estos casos violan el Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (proteger debidamente el derecho al respeto a la vida privada y familiar).
De acuerdo a lo señalado por Enrique Vila, presidente de la Asociación S.O.S. Bebés Robados y también abogado de la demandante, Micaela Alcántara Torres, el caso ha pasado por los juzgados de instrucción de Málaga, la Audiencia Provincial y el Tribunal Constitucional, agotando ahora la instancia europea. A lo largo de las diferentes instancias judiciales han rechazado los recursos por la prescripción del delito o por defectos de forma.
La demanda solicitada por la demandante consiste en una indemnización de 15,000 euros anuales, así como 1,000 euros diarios en tanto no se abra el caso en España.
Anteriormente, el Tribunal ya había fallado a favor de una madre serbia, quien demandó al gobierno de su país, ya que sospechaba que su hijo, nacido en un hospital público en 1983 y presuntamente fallecido a pesar de su buena salud, fue dado ilegalmente en adopción. La sentencia del Tribunal consistió en la obligación del gobierno serbio en pagar 11,800 euros a la señora Zorica Javanovic, bajo el argumento de que el gobierno de ese estado no “había dado ninguna respuesta creíble” sobre el suceso.
Asimismo, se instó al gobierno de Serbia a crear una instancia gubernamental con recursos suficientes que diera seguimiento a este tipo de casos, incluyendo la reparación del daño, a los familiares de niños desparecidos. Esto, ante la cantidad de demandas potenciales por bebés desaparecidos