Para condenar a la pérdida de patria potestad, el juzgador debe proteger principio constitucional del interés superior del niño

Comunicado

157/2013

México D.F., a 14 de agosto de 2013

Para condenar a la pérdida de patria potestad, el juzgador debe proteger principio constitucional del interés superior del niño

De esta manera lo determinó la Primera Sala de la SCJN al resolver el Amparo Directo en Revisión 390/2013.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 390/2013, a propuesta del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el que revocó la sentencia de un Tribunal que estimó correcto que la madre de unos menores perdiera la patria potestad de los mismos al actualizarse la sustracción de menores como un delito doloso, conforme la fracción VI del artículo 373 del Código Civil para el estado de Veracruz.

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