Es ilegal un partido político que avala el terrorismo

La sentencia de 13 de enero de 2013 por la que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH ha confirmado la ilegalidad del partido político español Acción Nacionalista Vasca (ANV), que el Tribunal Supremo español decretó el 22 de diciembre de 2008 y que el Tribunal Constitucional español confirmó el 29 de enero del año siguiente, puede ser consultada en el vínculo siguiente:

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La sentencia del TEDH señala que la resolución del Tribunal Constitucional español de 29 de enero de 2009 no violó el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece la libertad de expresión ni el 11, que consagra el derecho de reunión y asociación, y que respondió a una «necesidad social imperiosa». Precisa que los proyectos políticos del partido demandante entran en contradicción con el concepto de «sociedad democrática» y representan un gran peligro para la democracia española, y que la disolución de Acción Nacionalisa Vasca puede ser considerada como «necesaria en una sociedad democrática», particularmente para el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de terceros.