Educar en y con derechos humanos

Gabriela Delgado Ballesteros[1]

Este trabajo se enfoca bajo la premisa del dicho “Se enseña con el ejemplo. Lo que se plantea está referido básicamente a la impartición de justicia. A partir de una serie de interrogantes se harán dos propuestas.

¿Están incorporados los derechos humanos en los reglamentos y documentos sobre educación?

Analicemos algunos de éstos.

La carta magna que nos rige establece en su artículo 1º que: Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales.

La Ley General de Educación en su artículo 2 plantea: Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional.

Lo anterior nos lleva a preguntarnos: ¿Realmente la población estudiantil tiene las mismas oportunidades, sobre todo en las zonas rurales? ¿Cuántas niñas y niños no terminan la primaria? ¿Qué educación tienen los y las indígenas?

En el Artículo 1º constitucional encontramos que: Todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

Por su lado, la Ley General de educación dicta que: La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social, las mujeres se invisibilizan, ésta es una forma de discriminación.

¿Qué sucede cuando el magisterio es quien no respeta el interés supremo de la infancia? En los casos actuales de Oaxaca y Guerrero podemos observar cómo los alumnos tan sólo reciben una tercera parte de las clases programadas a que tienen derecho.

¿Qué calidad educativa tiene la población estudiantil de estos estados si se anteponen cuestiones políticas y sindicales al derecho a la educación?

¿Cómo resolverán las y los estudiantes sus conflictos ante el ejemplo de sus docentes?

La Constitución dice: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, de género, edad, religión, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Este artículo se relaciona con la 1ª generación de derechos humanos: Toda persona tiene derecho a la vida digna y a la libertad sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.

Si es así ¿qué me dicen del caso de las dos niñas mixes de Oaxaca que fueron violadas, una por su maestro y otra por el director de sus escuelas? Ambas quedaron embarazadas y los dos perpetradores están libres y han sido transferidos a otros municipios.

Qué se piensan del hecho de que la enseñanza de las lenguas originarias es sólo para la población indígena, y esto es un supuesto pues, como bien sabemos, las campañas de alfabetización en México siempre han partido de la idea de la castellanización y la aculturación de los indígenas. Ahí está el caso reportado el 1 de abril del presente año por distintos medios escritos, denunciado por el presidente de la comunidad rarámuri de Baqueachi, Chihuahua, en el que el analfabetismo de los niños rarámuris se ha convertido en su principal preocupación. De las 400 niñas y niños que asisten al albergue escolar indígena para tomar clases de primaria y secundaria, ni uno ha aprendido a leer y escribir español debido a que los maestros asignados no hablan la lengua materna de sus discípulos, el rarámuri, ni la han querido aprender. No hay respeto ni dignificación de las lenguas indígenas en tanto se excluye su enseñanza a las mayorías mestizas, ni de la infancia indígena al no proveérseles una educación bilingüe ni de calidad ¡qué gran discriminación de doble vía!

La Ley General de Educación dice: En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social.

Posteriormente analizaremos el actual paradigma educativo de México para ver cómo no se cumple este precepto y las nuevas propuestas.

Peor aún en el artículo 5: La educación que el estado imparta será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.

¿Qué sucedió con la escuela pública y sus estudiantes en la Nueva Jerusalén en Michoacán?

Otro ejemplo más sencillo y recién reportado por una colaboradora es el de un niño que sufrió bullying, agresiones físicas, de sus compañeros al aventarlo fuera de un brincolín, porque inocentemente dijo no creer en Dios y no es que al bullying le demos la importancia que ahora se le da en tanto es una consecuencia de otros tipos de violencia.

Entonces ¿de qué sirve que las niñas y niños sepan que existe la libertad de creencias?

El documento Pacto por México firmado por el Ejecutivo y los representantes de los diferentes partidos dice que: México requiere que el respeto, la promoción y la defensa de los derechos humanos sea una constante por ello hay que incluir la enseñanza sobre derechos humanos en la educación básica y media; en el compromiso 31 se establece que se reformarán los planes y programas de estudio para fomentar en los niños, y jóvenes valores y conductas respetuosos de los derechos humanos. No se incluye a las niñas, ni se habla del magisterio.

¿Cuáles son los paradigmas de enseñanza aprendizaje en educación que refuerzan los derechos humanos?

Los modelos educativos se pueden enfocar desde dos perspectivas: la transmisión o la transformación de los conocimientos esto depende de una posición político ideológica; de ello han dado cuenta estudiosos como Bordieu y Passeron (1977), Giddens (1997), Freinet (1964) por mencionar sólo algunos. Sus análisis nos permiten ver que muchos sistemas educativos se basan en los principios de la reproducción no sólo en la repetición de información sino de valores y actitudes que forman a la población estudiantil, los mediatizan y alienan para mantener el estatus quo. Estos modelos van en contra de los principios de integralidad y progresividad de las tres generaciones de derechos humanos lo que ha permitido que el espíritu emancipatorio, crítico y solidario de la humanidad se pierda.

Un ejemplo claro es la propuesta de volver a lo básico Back to basics (Bautista 2013) de corte positivista; se basa en la particularización y fragmentación de la información y las disciplinas, desvinculando los saberes cotidianos, presentando los contenidos educativos por separado: ciencias naturales, español, matemáticas, ciencias sociales, característica de nuestro sistema; como si la problemática y las vivencias en nuestro mundo estuviesen separadas y no fueran de una complejidad que debe ser tratada de manera transdisciplinar.

Aún peor, la Reforma Integral de Educación Media Superior de 2008 anulaba, de los planes y programas de estudio, materias filosóficas y humanísticas; seguramente no se propuso en la educación básica porque en éstas nunca han existido. Olvidaron que las humanidades transmiten valores tales como la tolerancia, el respeto, la justicia, el pensamiento crítico y autónomo, la solidaridad y la democracia, relacionados todos ellos con los derechos humanos.

En estos paradigmas educativos el estudiantado se mantiene pasivo ante los contenidos educativos y los libros de texto, a su vez descontextualizados de las características multiculturales de nuestro país y de las problemáticas sociales de las comunidades; vuelven al estudiantado cajas repetidoras de aquello que recuerdan.

El modelo transformador en educación hace referencia al desarrollo armónico de las personas y de las sociedades. Los nuevos paradigmas educativos proponen la interrelación de teorías y metodologías constructivistas que abren perspectivas de respeto a la autonomía del estudiantado. La importancia de esta propuesta radica en que cada persona construye sus conocimientos a partir de la resignificación de lo que se enseña, bajo las características culturales y contextuales de sus vivencias y de la posibilidad de expresar con la participación activa sus posicionamientos para la solución de problemas que se presentan en el proceso de aprendizaje. Piaget(1968, 1998) y Vygotsky (1995), más recientemente Coll (2001), conciben el proceso educativo como actividades de construcción especialmente pensadas, planificadas y ejecutadas con una intencionalidad educativa integral; lo que permite procesos mentales superiores como: el análisis, la reflexión, el razonamiento y la crítica; que a su vez promueven el desarrollo de emociones y sentimientos que producen valores de solidaridad, honestidad, libertad, participación y respeto, y que tienen como consecuencias virtudes como la capacidad de emocionarse ante las posibles situaciones de miseria, desigualdad o soledad de las otras personas.

Si tenemos modelos educativos que no tengan como eje rector los derechos humanos, mantenemos el paradigma del individualismo, nos exponemos al problema que se presenta en Estados Unidos donde el egoísmo y la competencia insolidaria y sin cuartel entre los individuos han roto el tejido social e incluso el desapego a los principios humanistas a favor de un mercantilismo y un utilitarismo exacerbados. Ejemplo de ello es el caso, actualmente en discusión en la Suprema Corte de Justicia de dicho país, en que se debate si, ante el descubrimiento de que una serie de mutaciones en los genes BRCA 1 y 2 aumentan el riesgo del cáncer de mama y cérvico uterino, los científicos descubridores de este dato pueden o no patentar no su hallazgo, si no los genes mismos para monopolizar y privatizar los usos que se pueden dar de éstos (pruebas detectoras o tratamientos contra la enfermedad). Lo anterior se puede explicar en que su formación educativa fomenta el egoísmo y considera como un valor y una virtud el enriquecimiento personal, ambas cosas atentatorias de la idea de comunidad, intercambio, altruismo y el velar por el bien común. Ni Marie Curie consideró que era de su propiedad el descubrimiento de la radiación, ni Watson patentó la estructura del ADN descubierta por él y sus colegas; y no lo hicieron porque eran consciente de que la humanidad se construye, que nos debemos a los otros, que el “yo” existe gracias a la alteridad. Un ejemplo más cercano es el hecho de que una enorme mayoría de estudiantes universitarios no usen condón en sus relaciones sexuales a pesar de toda la información que hay acerca de sus beneficios, propiciando el aumento de enfermedades de transmisión sexual y los embarazos no deseados, lo que atenta contra el derecho a la vida, la integridad, la salud y el bienestar social.

¿Educación un derecho humano?

La educación es un derecho humano de la segunda generación, de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA). Desafortunadamente en México no se garantiza la integralidad de éste derecho en la medida que la currícula educativa no se relaciona con el empleo. ¿De qué sirve estudiar si no hay recursos para más instituciones de educación superior? Las cribas del sistema determinan un alto número de jóvenes rechazados. ¿De qué sirve estudiar si no hay correlación entre el empleo y la educación? La juventud sabe que su destino manifiesto es la de ser desempleado, sin seguridad social; aún cuando se tiene licenciatura o posgrado.

La 3ª generación de los derechos humanos hace referencia a la paz, la coexistencia pacífica, el entendimiento, la confianza, el uso del avance de la ciencia y la tecnología.

¿Cómo se puede pensar en la paz y la coexistencia en un país donde el crimen organizado ha hecho víctimas indirectas a la población y muchos jóvenes pasan de ser víctimas a victimarios?

¿Cómo podemos confiar en las autoridades ante la corrupción y la impunidad imperantes?. Ante estas situaciones es relevante preguntarse sobre:

Las experiencias y resultados de la inclusión de los derechos humanos en la currícula educativa

A mediados del siglo pasado, en nuestro país se publicaron los libros de texto gratuito, un avance para hacer más efectivo el derecho a la educación; eran aquellos cuya portada exaltaba a la Madre Patria del pintor y escultor Camarena como una forma de identidad y pertenencia nacional; existían visos de los derechos políticos y civiles: la clase de civismo, que en los hechos se convertía en una práctica del canto del himno nacional y a la bandera, y en ocasiones, dependiendo de las autoridades escolares, se enseñaban algunos artículos constitucionales y se presentaban normas de comportamiento “adecuado” ante la ciudadanía, digamos un Carreño posmoderno de normas cívicas para ser un buen hombre y no un ser social.

Con la determinación de la autonomía del Instituto Federal Electoral en 1996, se inició una Estrategia de formación de niñas, niños y jóvenes para el ejercicio de su ciudadanía con las consultas sobre derechos de la infancia. Asimismo, organizaciones de la sociedad civil como el Grupo de Educación Popular con Mujeres que trabajó en algunas escuelas para impulsar temas como la educación para la paz y la resolución de conflictos.

La política educativa de 2007 a 2012 presentó una estrategia de formación cívica asociada con el conocimiento de los derechos y obligaciones desde una perspectiva de la cultura de la legalidad, más que con el sentido crítico y las prácticas democráticas en las escuelas o las comunidades.

Como puede verse, los intentos para la promoción de los derechos humanos en la educación son parciales y focalizados a la 1ª generación referida a aspectos civiles y políticos.

Ante la dignificación de los seres humanos y frente a una reforma educativa surge la necesidad de preguntarnos:

¿Enseñar o ejercer los derechos en la educación?

El planteamiento de la Agenda Nacional de Derechos Humanos 2013 dice: la educación en derechos humanos tiene un papel esencial. Sólo así podrán traducirse los valores que promueven beneficios tangibles para la sociedad. Si los derechos humanos no influyen en las personas de tal manera que transformen nuestra manera de pensar, de sentir y de relacionarnos con los demás, se convertirán en discurso carente de impacto; que hay que adecuar el Sistema Educativo Nacional a la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, con el objetivo de incluir la materia de derechos humanos y capacitar a los maestros en el tema.

Enseñar como tradicionalmente se ha hecho, dar a conocer por medio de la mera transmisión de información sin enseñar a pensar, sólo logra objetivos limitados que impiden que los contenidos sean analizados, criticados y generalizados; es obligar a seguir el orden establecido aun cuando éste sea injusto y discriminador.

Las feministas sostenemos que la democracia empieza en casa, continúa en la escuela y se confirma en la comunidad, pues éstos son los espacios privilegiados para la práctica de los derechos humanos y el ejercicio de las responsabilidades; de ahí que son el tejido, la red en la que lo público‐político se anuda con lo privado del sentimiento. Es abordar desde todos los ángulos y aristas, no sólo desde arriba, la formación de una ciudadanía con plenos derechos.

Los nuevos paradigmas educativos proponen una educación basada en la experiencia, la construcción de conocimientos a partir de la participación activa entre estudiantes, docentes, familias y comunidad que permitan la expresión de los sentimientos y emociones que suscitan las problemáticas e inquietudes del conocimiento, para que todo sea objeto de deseo de saber y compartir, en el que la persona no sea un individuo aislado de la otredad. Como seres humanos somos en función del propio devenir en la comunidad.

Valdría la pena retomar los modelos que fueron instrumentados por los refugiados españoles como Patricio Arredondo, en los cuales la relación escuela‐familia‐comunidad era necesaria en la consecución de los objetivos de conocimientos para el beneficio de las mayorías.

Al interior de la escuela se expresaban libremente las ideas, sin distinciones de edad, sexo, género o grado escolar, y se exponían ante la comunidad educativa las problemáticas, tanto de las relaciones entre estudiantes, como entre docentes o entre ambos; así como las relacionadas al proceso de enseñanza aprendizaje (seriación e interrelación de contenidos). Éstos eran analizados en el aula o en la asamblea escolar, presentándose la diversidad de opiniones, resaltando los disensos y las desigualdades como parte de la diversidad; la discusión era el mecanismo para exaltar el respeto, tratando de llegar a consensos; en el caso de que no fuera posible, se hacía válido el derecho democrático de las mayorías, acatándose los resolutivos mayoritarios de la asamblea.

Por medio de estas experiencias se demuestra que los derechos humanos no pueden ser materia educativa, no son parcialidades temáticas de los programas de estudio, son partes inherentes de todo ser humano y humana.

De ahí que sea necesario que la currícula educativa se sustente en una red de concreto, con todos los significados del término: varilla, blindaje y hecho, que transversalice los planes y programas de estudio, de formación del magisterio y de las escuelas.

Los derechos humanos no pueden ser ideas vacías o palabras huecas en los discursos, deben concretizarse mediante políticas públicas, actos y actitudes. Los derechos humanos no son algo que se aprende, éstos se viven o se ven violados en la vida cotidiana y en cada acto de relación con nuestras y nuestros congéneres. Los derechos humanos se hacen valer con actitudes, la canalización racional de nuestros sentimientos y emociones, con la madurez intelectual y con convicción moral. Todas ellas virtudes que pueden ser inculcadas mediante una educación y un sistema educativo realmente comprometido con la juventud y la infancia a la que está dirigido y mediante una sociedad interesada en formar individuos libres, autónomos, responsables y con ciudadanos y ciudadanas comprometidas con el desarrollo de su sociedad y con el bien común. Ω

 

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[1] Investigadora del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación de la UNAM (IISUE-UNAM) comisionada en el Programa Universitario de Derechos Humanos (PUDH-UNAM).