Inconstitucional que Ley del IMSS niegue el otorgamiento de pensión por viudez a personas del mismo sexo unidas en matrimonio o concubinato

Comunicado de Prensa No. 311/2023
Ciudad de México, a 06 de septiembre de 2023

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional condicionar el derecho a una pensión por viudez con base en las preferencias sexuales y el sexo de las personas, como sucede en la Ley del Seguro Social vigente desde 1995, que restringe el acceso a este beneficio a personas del mismo sexo vinculadas a través del matrimonio o concubinato.

La ley contempla el derecho a la seguridad social solo para un modelo de familia tradicional, desconociendo otras formas de relaciones afectivas, lo que genera desigualdad de trato y discriminación.

En este sentido, las autoridades competentes están obligadas a reconocer el vínculo generado entre los cónyuges o concubinos y, por tanto, a otorgar las prestaciones correspondientes, sin que la preferencia sexual o el sexo de esas personas sea una razón para su denegación.

Amparo en revisión 446/2023. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Resuelto en sesión de 6 de septiembre de 2023 por unanimidad de cinco votos.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7501
(2/10/23)