Primera Sala de la SCJN condena a hotel a pagar 30 millones de pesos por daño moral

Comunicado No. 030/2014
México D.F., a 26 de febrero de 2014

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar, condenó al hotel Mayan Palace de la ciudad de Acapulco, a pagar 30 millones de pesos por el daño moral que causó a los padres la muerte de su hijo debido a las conductas negligentes de la empresa.

El joven falleció debido a que cayó en el lago artificial del hotel que se encontraba electrificado al ocasionarse un corto circuito por una bomba de agua sumergible, a la que no se había dado mantenimiento. Además, el hotel carecía de personal calificado para responder ante la emergencia, brindó una atención médica inadecuada y no proporcionó un trato digno a los familiares de la víctima. Así, en el caso se probó que la empresa incumplió con la normatividad aplicable a la prestación de servicios de hotelería y con sus deberes generales de cuidado.

En la sentencia del Ministro Arturo Zaldívar se estableció asimismo, que las indemnizaciones deben ser “justas”, por lo que el monto que se fije como compensación debe ser suficiente para resarcir el daño sufrido por las víctimas. Además, debe cumplir con un fin de retribución social, es decir, el monto de la compensación debe reflejar la desaprobación hacia las conductas ilícitas, así como intentar disuadirlas.

La Primera Sala señaló también los elementos que deberán ser valorados prudencialmente por el juez para alcanzar la debida compensación del daño moral, entre otros, el tipo de derecho o interés lesionado, la gravedad del daño causado, así como la capacidad económica y el grado de negligencia de la responsable. En el caso se demostró la grave afectación a los sentimientos, afectos e integridad psíquica de los actores, ante la pérdida de su único hijo, y la alta capacidad económica y negligencia de la empresa demandada.

Fuente: http://www2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/