San José, Costa Rica, 17 de abril de2020.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha decidido ampliar la suspensión del cómputo de todos los plazos que actualmente están en curso ante este Tribunal a partir del día 22 de abril y hasta el día 20 de mayo inclusive. Ello comprende casos en etapa de fondo, supervisión de cumplimiento de sentencia y opiniones consultivas.
Se exceptúan los plazos que se relacionen con medidas provisionales. A través de este comunicado se da por notificado el presente acuerdo a todas las partes y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en cada caso en trámite, ya sea en etapa de fondo o supervisión de cumplimiento de sentencia, la suspensión del cómputo de los plazos. Esta medida se extiende también a las solicitudes de opinión consultiva.
ACUERDO DE CORTE 2/20
16 DE ABRIL DE 2020
Ampliación de la suspensión de plazos
por la emergencia en la salud causada por el COVID-19
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CONSIDERANDO QUE:
El 17 de marzo de 2020, mediante el Acuerdo 1/20, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dispuso suspender el cómputo de todos los plazos por la emergencia en la salud causada por el COVID-19, a partir del día 17 de marzo y hasta el día 21 de abril inclusive, con excepción delos plazos que se relacionen con medidas provisionales.
Es de conocimiento público que numerosos países de la región se han visto y continúan afectados por la enfermedad denominada COVID-19, catalogada por la Organización Mundial de la Salud como una emergencia en la salud de impacto mundial.
Los países de la región están tomando diversas medidas contra la pandemia COVID-19, lo cual puede afectar la actividad procesal ante el Tribunal, y con el objetivo de colaborar con los diferentes esfuerzos que se están haciendo sobre la materia. Comunicado Corte Interamericana de Derechos HumanosCorteIDH_CP-28/2020Español
ACUERDA:
1. Ampliar la suspensión del cómputo de todos los plazos que actualmente están en curso ante este Tribunal a partir del día 22de abril y hasta el día 20de mayo inclusive. Ello comprende casos en etapa de fondo, supervisión de cumplimiento de sentencia y opiniones consultivas. Se exceptúan los plazos que se relacionen con medidas provisionales.
2. Al término de la última fecha indicada (20de mayo de 2020) se expedirán las decisiones pertinentes sobre la continuidad de esta medida.
3. Hacer de público conocimiento el presente acuerdo.
4. Dar por notificado, a través del comunicado de prensa que se difundirá el día de mañana, el presente acuerdo sobre la ampliación de la suspensión del cómputo de los plazos a todas las partes y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en cada caso en trámite, ya sea en etapa de fondo o supervisión de cumplimiento de sentencia.
5. Lo señalado anteriormente también se hace extensivo para las opiniones consultivas actualmente en trámite.
Fuente:
http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_28_2020.pdf
(26/04/2020)