- La reparación genera precedentes para otras víctimas de violaciones a DH
- Marca un hito para garantizar a las víctimas el derecho a una indemnización
México, Distrito Federal (20 de noviembre 2013). En una decisión histórica el día de hoy el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) emitió una sentencia favorable para las mujeres hñähño (otomíes) Alberta Alcántara y Teresa González en un caso donde estaba en juego la reparación del daño. A pesar de ser un tribunal administrativo y fiscal que no tiene la vocación original de hacer tal tarea, el fallo es sumamente relevante pues genera precedentes en materia de reparación del daño a víctimas de violaciones a derechos humanos.
Recordemos que en 2006 Alberta y Teresa fueron acusadas de manera injusta por presuntamente haber secuestrado a seis elementos de la ahora extinta Agencia Federal de Investigación (AFI) en el estado de Querétaro, de donde son originarias. Cabe destacar que ambas fueron adoptadas como presas de conciencia por Amnistía Internacional.
El mensaje que hoy envía el Máximo Tribunal en Materia Administrativa del país, es que la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado posee un mecanismo para que las personas que son fabricadas culpables debido a la irregular actuación de autoridades investigadoras, tengan derecho a exigir al menos una compensación económica por las afectaciones que les genera dicha acción por parte del Estado.
Acorde con la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011, es de fundamental importancia que se asuma y se ejerza efectivamente la obligación que tienen todas las autoridades del Estado de respetar, proteger, garantizar, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos provocadas por la actuación de los servidores públicos.
Es importante destacar que el sentido que tiene la reparación integral del daño en el derecho internacional de los derechos humanos contempla la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción e implementación de garantías de no repetición. Esto, implica no sólo el pago de una indemnización monetaria sino de medidas que van más allá y que ordenan a las autoridades del Estado ofrecer una disculpa pública; garantizar mediante medidas provenientes desde la propia autoridad que violaciones de la misma naturaleza no se repitan e investigar y sancionar a las personas responsables de cometer tales violaciones, entre otras. La Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado no cumple con estas obligaciones de manera integral.
Sin embargo, la determinación del Pleno de la Sala Superior de dicho Tribunal Federal luego de más de siete años de exigir justicia y verdad para Alberta Alcántara y Teresa González desde que fueron injustamente encarceladas, marca un hito en torno al papel que deben tener las instancias judiciales para garantizar a las víctimas el derecho a una indemnización por la actividad irregular del Estado. Sin embargo, para una reparación integral de daño el Estado debe establecer un mecanismo adecuado.
Cabe acotar que el TFJFA también atrajo el juicio de reparación del daño de Jacinta Francisco Marcial, quien permaneció privada de su libertad acusada injustamente del mismo delito que Alberta y Teresa. Al respecto, es importante señalar que cada uno de estos juicios de reparación se iniciaron de manera autónoma ante la propia PGR y posteriormente ante el mencionado Tribunal, debido a que aun cuando la falsa imputación empleada contra Jacinta, Alberta y Teresa fue ventilada en la misma averiguación previa, el daño que sufrieron fue diferenciado.