Invalida SCJN reforma al Código Civil de Chihuahua por falta de consulta previa a personas con discapacidad

Comunicado 202/2020
Ciudad de México, a 20 de octubre de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, invalidó el decreto por el que se reformó y adicionó el Código Civil del Estado de Chihuahua, con respecto a la adopción de personas mayores de edad con discapacidad.

Lo anterior, pues durante el proceso legislativo no se llevó a cabo una consulta real, accesible y con participación efectiva a personas con discapacidad, ni a las asociaciones que las representan, lo cual resulta violatorio del artículo 4, apartado 3, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Dicha Convención establece, entre otros aspectos, que en la elaboración y aplicación de legislación y políticas que afecten a personas con discapacidad, los estados parte deben celebrar consultas estrechas y colaborar activamente con las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan.

Como parte de los efectos, la SCJN conminó al Congreso de Chihuahua para que, en caso de legislar nuevamente en este ámbito, se lleve a cabo la consulta previa correspondiente, en los términos señalados.

Acción de inconstitucionalidad 109/2016, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de los artículos 367, párrafos primero y segundo, y 368 Bis del Código Civil del Estado de Chihuahua, publicados en el Periódico Oficial de esa entidad el 16 de noviembre de 2016, mediante Decreto 1447/2016 XX P.E.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6245
(22/10/20)