Suprema Corte de Justicia de la Nación

En los procedimientos familiares en los que se reclame el pago de una pensión compensatoria, quien la solicite gozará de la presunción de haberse dedicado preponderantemente al hogar: Primera Sala

Comunicado de Prensa No. 439/2022
Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2022

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que, a fin de implementar integralmente la obligación de las personas juzgadoras de impartir justicia con perspectiva de género, en los procedimientos en materia familiar en los que se demande una medida de naturaleza resarcitoria como la pensión compensatoria, la parte actora tiene a su favor la presunción de haberse dedicado preponderantemente a las labores del hogar.

En consecuencia, la parte demandada deberá desacreditar tal presunción, demostrando, por ejemplo, que la actora se desempeñó en el mercado laboral convencional de manera consistente, que adquirió un patrimonio propio equiparable al del demandado, o alguna otra circunstancia que desacredite los extremos de la acción resarcitoria. Tales cuestiones deberán ser evaluadas por el órgano jurisdiccional atendiendo a las circunstancias particulares del caso, con especial atención a las implicaciones que el género de las partes tenga dentro de la distribución de las tareas domésticas.

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Justicia federal obtiene libertad para Jazmín “N”, tras 15 años presa

Comunicado de Prensa No. 443/2022
Ciudad de México, a 01 de diciembre de 2022

Tras acreditar diversas irregularidades en el proceso penal seguido a Jazmín “N”, entre las que destaca que no fue juzgada con perspectiva de género, la justicia federal, representada por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), obtuvo para ella el beneficio de libertad anticipada tras 15 años en prisión.

El beneficio preliberacional fue posible por los alegatos presentados por el IFDP, en los que demostró que la Jueza de origen no tomó en cuenta que durante su matrimonio fue víctima de violencia, maltratos, agresiones físicas y verbales, humillaciones, golpes, amenazas y manipulaciones por parte de su esposo.

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En la investigación de hechos relacionados con una ejecución extrajudicial por parte de miembros del Ejército Mexicano, es factible que las autoridades competentes revisen si se aplicaron diversas reglas contenidas en el Protocolo de Minnesota: Primera Sala

Comunicado de Prensa No. 449/2022
Ciudad de México, a 07 de diciembre de 2022

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, en cumplimiento de obligaciones y estándares internacionales asumidos por nuestro país, es dable que en la investigación de hechos delictivos que deriven de una ejecución extrajudicial por parte de miembros del Ejército Mexicano, las autoridades competentes revisen si se aplicaron diversas reglas contenidas en el Protocolo de Minnesota, sobre la investigación de muertes potencialmente ilícitas, en el que se establece una norma común de desempeño durante la investigación, así como un conjunto de principios y directrices para los Estados, las instituciones y las personas que participen en su realización.

Esta decisión deriva de la revisión de una sentencia de amparo directo promovido por una persona perteneciente a la milicia, quien fue condenada por el delito de homicidio calificado. En su demanda, el quejoso solicitó la aplicación de diversas reglas del Protocolo de Minnesota, elaborado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas. El Tribunal Colegiado del conocimiento negó la protección federal, tras estimar que no era posible analizar el acto reclamado a partir de un instrumento no vinculante para nuestro país. Inconforme con esta resolución, el imputado interpuso un recurso de revisión.

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Pleno de la Suprema Corte otorga amparo liso y llano y ordena la liberación inmediata de tres personas privadas de su libertad, al haberse violado su derecho a la presunción de inocencia

Comunicado de Prensa No. 450/2022
Ciudad de México, a 08 de diciembre de 2022

En sesiones de 5, 6 y 8 de diciembre, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó el amparo directo promovido por Gonzalo García Hernández, Juan Luis López García y Héctor Muñoz Muñoz —quienes se encontraban privados de su libertad en el Estado de Tabasco—, en contra de la sentencia dictada por la Tercera Sala Penal de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia de Tabasco. Sentencia mediante la cual se les impuso una pena de cincuenta años de prisión por su presunta participación en el delito de tentativa de secuestro.

Como una primera cuestión, el Pleno determinó que el amparo era procedente y que la materia del juicio debía abarcar también las violaciones cometidas por el tribunal de primera instancia.

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