El sobreseimiento por falta
o insuficiencia de pruebas
para acreditar el interés jurídico
no impide en todos los casos
promover un nuevo amparo

Comunicado 149/2020
Ciudad de México, a 13 de agosto de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, determinó que el sobreseimiento decretado en un juicio de amparo por falta de interés jurídico, por no haber acreditado el quejoso ser titular de un derecho subjetivo en razón de que las pruebas aportadas no fueron suficientes o hubo ausencia de éstas, no impide el ejercicio de un nuevo amparo promovido por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y el mismo acto, aunque en el nuevo juicio las violaciones aducidas sean diversas, siempre y cuando se trate de pruebas respecto de las que no haya habido un pronunciamiento del órgano jurisdiccional.

El Pleno resolvió que no basta que en el primer juicio se haya determinado que el quejoso carecía de interés jurídico para concluir que ello, por sí sólo, impida combatir el mismo acto a través de un nuevo amparo.

Así, resultará necesario que se analicen las razones que en el primer juicio constitucional llevaron al órgano jurisdiccional a esa conclusión, pues no todas ellas implican un pronunciamiento que haga inatacable el acto de autoridad en un juicio de amparo posterior.

Lo anterior al resolver una contradicción de tesis suscitada entre dos Tribunales Colegiados de Circuito.

Contradicción de tesis 456/2018, suscitada entre los Tribunales Colegiados Primero en Materia Civil del Cuarto Circuito y Quinto en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver, respectivamente, el amparo en revisión 66/2017 y el recurso de queja 406/2017.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6192
(26/08/2020)