En ocasión del Día Mundial
de la Persona Refugiada, la CIDH observa serios desafíos en la protección
integral de los derechos de las personas
refugiadas, y urge a los Estados
a adoptar medidas efectivas y urgentes
en el contexto de la pandemia
de la COVID-19

20 de junio de 2020
Comunicado 142/20

Washington, D.C.- En ocasión del Día Mundial de la Persona Refugiada, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) observa los desafíos crecientes para la protección integral de los derechos humanos de las personas desplazadas con necesidades de protección en las Américas, y llama a los Estados de la Organización de Estados Americanos (OEA) a adoptar medidas para abordar las múltiples dinámicas del desplazamiento forzado. Asimismo, urge a los Estados respetar y profundizar los mecanismos de protección integral de los derechos humanos de las personas desplazadas forzadas, refugiadas y solicitantes de refugio.

La Comisión observa que la movilidad humana exhibe un conjunto complejo de elementos y que suele ocurrir como resultado de una combinación de factores de expulsión y atracción. En particular, el desplazamiento forzado se destaca como un fenómeno multicausal, generado por factores como persecución, conflictos internos, violaciones masivas de los derechos humanos y crimen organizado. De acuerdo con cifras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), durante 2020, la región continuará experimentando desplazamientos forzados a gran escala, con unos 18,7 millones de personas desplazadas en todo el continente, incluyendo a más de 5 millones de personas venezolanas que buscan protección en casi todos los países de la región. Junto a la crisis humanitaria desarrollada en Venezuela, la CIDH observa con preocupación la crisis de desplazamiento forzado en la región del triángulo norte de Centroamérica. Al respecto, en el Triángulo Norte de Centroamérica, cerca de 800 mil personas habrían sido desplazadas por distintos factores como la pobreza, la acción de bandas criminales y otros factores; en Nicaragua, la persecución intensificada en el país a partir de la crisis de abril de 2018 habría resultado en decenas de miles de personas refugiadas y solicitantes de asilo; asimismo, se observa que las restricciones de acceso al refugio en la frontera sur de los Estados Unidos se habrían agudizado.

En el contexto de la pandemia del COVID-19, la CIDH manifiesta su especial preocupación por los impactos de las políticas de restricción de la movilidad internacional de personas, cierre de fronteras, suspensión de garantías procesales, e interrupción del funcionamiento de audiencias e instituciones migratorias y de sistemas nacionales de asilo en la región. En este sentido,  llama a los Estados a adoptar diversas medidas, tales como: i) garantizar el acceso al territorio y a los procedimientos de protección, especialmente al del refugio, a las personas que ven forzadas a desplazarse fuera de sus países, así como respetar el principio de no devolución; ii) compatibilizar medidas de salud pública con las garantías de debido proceso en los procedimientos de determinación del estatuto de la persona refugiada, así como con otros mecanismos de protección pertinentes; iii) profundizar esfuerzos para dar respuesta a los movimientos migratorios mixtos masivos de personas desplazadas por las crisis humanitarias en la región; iv) profundizar acciones para garantizar los principios de no discriminación y enfoques diferenciados e interseccionales en las políticas públicas, considerando especialmente los impacto desproporcionados con base en situaciones de discriminación de género, raza, edad, clase social o cualquier otra condición, y, v) fortalecer acciones en tiempos de emergencia y crisis sanitaria para prevenir y evitar la xenofobia, discursos estigmatizantes y cualquier violencia o vulneración de derechos. Estas recomendaciones se encuentran consagradas en los Principios interamericanos sobre los derechos humanos de todas las personas migrantes, refugiadas, solicitantes de asilo, apátridas y víctimas de la trata de personas en las Américas, en Resolución 01/2020 de la CIDH sobre Pandemia y Derechos Humanos, así como en pronunciamientos complementarios en materia de protección de las poblaciones refugiadas en el contexto de la pandemia.

Para continuar leyendo el comunicado:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/142.asp
(26/06/2020)