La importancia
de la información para la vigencia
de los derechos humanos*

Mtro. Luis Raúl González Pérez[1]

            En medio de la pandemia de COVID-19, la necesidad de que exista claridad, certeza y transparencia en las acciones que se emprendan desde los distintos órganos y niveles de gobierno, así como el que las mismas estén sustentadas en información veraz y objetiva, se vuelve una prioridad. Las ambigüedades e imprecisiones pueden constituir, por si mismos, factores que hagan fracasar las medidas que se emprendan, no sólo para hacer efectivo el derecho a la salud mediante la atención de las personas que resulten enfermas y la prevención de los contagios, sino también para proteger y hacer vigentes, en la compatibilidad posible, los demás derechos humanos durante el desarrollo de la contingencia sanitaria, sobre todo por lo que hace a las personas con mayores condiciones de vulnerabilidad.

            En estos casos no puede haber espacio para consideraciones o sesgos políticos, ideológicos o económicos; el riesgo sanitario de la adquisición y transmisión de la enfermedad constituye una amenaza generalizada para la salud de la personas, derecho cuya protección y salvaguarda corresponde a los Estados, quienes bajo estas circunstancias tienen la responsabilidad de tomar las decisiones y acciones necesarias para prevenir que la enfermedad se propague y proporcionar, a todas las personas sin distingo alguno, la atención y cuidados médicos que requieran. Hasta ahora la información sobre el impacto del COVID-19 en México está lejos de ser integral y de contar con el suficiente sustento científico y práctico para dejarla al margen de todo cuestionamiento.

            Entre otras cosas, pese a los informes diarios que dan las autoridades de salud, no tenemos una cifra que sea verosímil del número real de personas contagiadas, ya que los datos que se hacen públicos y en los que se basa la estadística oficial, parten del número de pruebas que, bajo un esquema centralizado y de múltiples controles administrativos, las propias autoridades han aceptado realizar y reconocer como válidas. En México es un hecho que las personas no tienen acceso garantizado a la prueba de COVID-19 y la misma no se realiza en todos los casos que harían suponer la existencia de un contagio, sólo en aquellos notoriamente graves, cuyos resultados inclusive se obtienen una vez que la persona ya ha fallecido.

            De conformidad con las cifras oficiales, al 12 de abril nuestro país tendría 4,661 casos de contagio, 8,697 sospechosos de serlo y se habrían registrado 21,943 casos negativos, habiéndose presentado 296 defunciones, lo cual implicaría que, oficialmente a esa fecha, se habrían realizado y reconocido 36,594 pruebas. Mientras por una parte algunas autoridades llaman la atención sobre el pretendido éxito del sistema de salud implícito en que nuestro país tenga, comparativamente con otros países, un número menor de casos de contagio registrados, otras autoridades reconocen que el número real de personas contagiadas sería ocho veces más grande, conforme lo cual, habría, cuando menos, 37,288 contagios en el país.

            De igual forma, la información pública disponible lleva a cuestionamientos sobre el número real de víctimas fatales de la pandemia. Oficialmente se reconocen 296 muertes al 12 de abril, sin embargo la falta de un sistema amplio, transparente y accesible de aplicación de pruebas lleva a suspicacias, las cuales se ven favorecidas por los casos de fallecimientos reportados bajo el rubro de “neumonía atípica”, denominación genérica que puede contener casos de diversas enfermedades, incluido el COVID-19, pero cuya determinación está sujeta a que se realicen las pruebas correspondientes para determinar el agente patógeno que causo el deceso, una vez que el mismo se ha producido. Tan sólo en 2018, conforme a las cifras del INEGI, la influenza y la neumonía cobraron la vida de 28,332 personas en México, constituyendo la octava causa de muerte en el país, de ahí la importancia y necesidad de que todos los fallecimientos que se presenten por neumonía sean debidamente investigados y las causas determinadas. La posible existencia de registros subestimados o erróneos no está exenta de presentarse en el escenario actual.

            Si no existe claridad respecto de los contagios y su determinación, tampoco la hay respecto del número de personas que ya habrían padecido y superado la enfermedad y que, en razón de ello, habrían desarrollado inmunidad a la misma, cuestión determinante para las etapas posteriores de respuesta a la pandemia. Hasta este momento no forma parte del discurso público ni de las medidas anunciadas por las autoridades la realización de las pruebas de anticuerpos para determinar inmunidad. En el contexto actual, la protección del derecho a la salud y la posibilidad de hacer vigentes los demás derechos humanos están vinculadas a que los Estados cuenten y proporcionen a la sociedad, información veraz, objetiva, oportuna y realista sobre el avance e impacto de la enfermedad. En medio de la pandemia, el garantizar la debida transparencia y acceso a la información se vuelve una cuestión prioritaria.


* Este artículo se publicó en el periódico El Sol de Mèxico, 15 de abril de 2020, p. 10
https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/covid-19-informacion-y-derechos-humanos-5102243.html

[1] Coordinador del Programa Universitario de Derechos Humanos.