La primera sala atrae amparo en el que podría definir las obligaciones que tienen las escuelas de ajustar la infraestructura de sus inmuebles para garantizar el derecho a la educación inclusiva del alumnado con discapacidad física

Comunicado 197/2020
Ciudad de México, a 15 de octubre de 2020

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota, decidió atraer un amparo cuya resolución podría definir las obligaciones que tienen las escuelas de implementar ajustes razonables en infraestructura para garantizar a las alumnas y los alumnos que viven con una discapacidad física su derecho a la educación en condiciones de igualdad y no discriminación.

El caso deriva de un juicio de amparo promovido por una alumna con discapacidad física ante la negativa de su escuela de atender una solicitud para que le asignaran a su grupo de quinto grado, un salón en la planta baja del plantel, ya que ella, por cuestiones de salud, tiene contraindicado el uso de escaleras.

Al revisar este asunto, la Primera Sala, a propuesta de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, consideró que en el mismo se podrían definir diversas cuestiones encaminadas a proteger los derechos de igualdad, salud y educación inclusiva de niñas, niños y adolescentes con discapacidad física.

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 163/2020. Ministra Ponente Ana Margarita Ríos Farjat. Sesión de 14 de octubre de 2020.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6240
(22/10/20)