Niñez y emergencia sanitaria

Ismael Eslava Pérez[1]

I. Contextualización de los derechos de la niñez y adolescencia.

            La conmemoración del Día de la Niñez (30 de abril) es una oportunidad destacada para recordar a la sociedad mexicana que las niñas, niños y adolescentes son personas en desarrollo que gozan de los mismos derechos que el resto de la población, y que cuentan con capacidad para comprender, opinar y participar activamente en el mundo que los rodea.[2]

            Aunque esa afirmación puede resultar evidente, en nuestro país es todavía un objetivo más que una realidad, ya que cuando observamos nuestros entornos cotidianos encontramos que la mayoría de espacios de socialización, participación e interacción, han sido diseñados y construidos a partir de la visión de las personas adultas, quienes históricamente han asumido que sólo las familias y las escuelas son, por excelencia, los espacios sociales obligados a tomar en cuenta las necesidades diferenciadas de las niñas, niños y adolescentes y donde ellas y ellos tienen un papel protagónico.

            Difícilmente se concibe, por ejemplo, una arquitectura que propicie el contacto de las personas menores de edad con la naturaleza, que permita la realización de actividades artísticas y culturales, y que sea amigable y accesible para que ellas y ellos mismos puedan hacer uso de los servicios privados y públicos. Lo que ocurre, incluso, en los lugares distintos a la escuela a los que cotidianamente acuden niñas, niños y adolescentes junto con sus familias o cuidadores como, por ejemplo, hospitales, museos, bibliotecas, oficinas gubernamentales, restaurantes, centros comerciales o cines, cuyas instalaciones no cuentan con asientos, servicios sanitarios, accesos u otras adecuaciones que respondan a características como su estatura, su edad, su condición de salud y discapacidad, su pertenencia cultural, entre otras. Inclusive, hoy frente a los efectos del Covid-19 no existe una estrategia que permita garantizar la protección contra la violencia de niñas, niños y adolescentes derivada del confinamiento.

            Ello es atribuible a una concepción, aún generalizada, que minusvalora a las personas cuya edad no rebasa los dieciocho años, ya que las califica de incapaces, inmaduras y dependientes de las personas, lo cual deriva en que se les trate como “objetos de protección” que no pueden ni deben tomar decisiones, incluso, sobre su propia vida, y cuya participación en los ámbitos comunitario y social se limita a ser receptores pasivos de formación, educación y apoyos asistenciales que les proporcionan las familias, el personal educativo y el Estado, respectivamente.

II. Trascendencia de la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes.

            Hasta hace no muchos años, las niñas, niños y adolescentes quedaban excluidas, arbitrariamente, de cuestiones tan importantes como la planeación del desarrollo nacional, la administración de justicia (donde sólo se tomaba en cuenta su condición de víctimas), los procesos de información y toma de decisiones sobre cuestiones que afectan directamente a su comunidad, e incluso, aún en las escuelas, de la elaboración de reglamentos escolares y otros lineamientos que tradicionalmente se han impuesto sin considerar siquiera, la opinión, sentimientos y propuestas de sus destinatarios.

            Prueba de ello es la investigación publicada en 2015 por el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa (INEE) titulada Convivencia y Disciplina en la Escuela. Análisis de Reglamentos Escolares en México, en la cual evidenciaron, entre otras cuestiones, que la función prioritaria de las reglas en los planteles de nivel preescolar, primaria y secundaria es controlar la conducta de las y los estudiantes; que por lo general están formuladas en sentido negativo, es decir, enfocadas a establecer prohibiciones en vez de establecer posibilidades favorables a los derechos humanos; que no incluyen a toda la comunidad educativa, lo cual convierte a las autoridades escolares y personal docente en figuras potencialmente inmunes a esas normas, y que existe una presencia desigual de los principios de interés superior de la niñez y protección, mientras que la participación de las y los alumnos es una omisión clara en todos los niveles educativos.[3]

            Por ello, desde la suscripción por parte de México de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, y con mayor fuerza a partir de la expedición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en 2014, transitar de la perspectiva centrada en las personas adultas a una que priorice el cumplimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas menores de edad, es una de las tareas fundamentales de las que deben ocuparse todas las autoridades, las comunidades (incluyendo los sectores social y privado), y principalmente las familias como entornos primarios proveedores de amor, protección, valores y educación de la niñez y adolescencia.

            La perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes implica, entonces, reconocer su carácter de sujetos de derechos; considerar invariablemente su interés superior en todos los asuntos que les involucren atendiendo de manera prioritaria sus necesidades antes que los de las personas adultas; impulsar el desarrollo de su autonomía progresiva conforme se incrementa su edad y capacidades; escuchar y tomar en cuenta su opinión en todas las cuestiones que les afecten; asegurar que existan las condiciones adecuadas para que puedan ejercer por sí mismos o mismas, de acuerdo a su grado de madurez, sus derechos; establecer mecanismos para que exijan el cumplimiento de los mismos y soliciten los servicios de las autoridades; proporcionarles información adecuada a su edad y en formatos adecuados a sus características particulares sobre los asuntos en los que se requiere su participación, e incentivar su presencia en los espacios públicos de toma de decisiones incluyendo los consejos municipales, estatales y a nivel federal, entre otros.

            Lograr que las niñas, niños y adolescentes vivan esa etapa de la vida en las mejores condiciones posibles, implica no sólo garantizar su supervivencia o paliar las carencias sociales que les agravian, sino satisfacer plenamente las necesidades vinculadas a todos los ámbitos de su desenvolvimiento personal, lo cual favorece en ellas y ellos un sano crecimiento físico y mental pero también la apropiación de valores, de una cultura de paz y rechazo a la violencia, de solidaridad social, de conocimientos formales, habilidades socioemocionales, conciencia ciudadana y herramientas para concretar sus aspiraciones, tomar decisiones que contribuyan a su bienestar, y enfrentar los problemas inherentes a la complejidad de la convivencia humana.

            Éste debe ser un objetivo primario para quienes integran los Sistemas Nacional y locales de Protección, los cuales agrupan a organizaciones de la sociedad civil, instituciones, autoridades, organismos públicos de protección de derechos humanos, y a las y los titulares de los derechos, para construir, implementar y/o fortalecer políticas públicas integrales que tengan como base evidencia científica; datos cuantitativos y cualitativos; que incluyan la perspectiva de derechos, el enfoque de género y de ciclo de vida; que cuenten con la opinión de las niñas, niños y adolescentes, y que promuevan el aprovechamiento eficaz y eficiente de las capacidades individuales de las diversas instancias para lograr amplia cobertura y máxima calidad en los servicios de atención.

            Asimismo, debemos exigir continuidad en las acciones para la mejora de las condiciones de vida de las familias en todo el país, a efecto de que la inequidad y desventajas sociales no se conviertan en factores de denegación de los derechos de niñas, niños y adolescentes, como el derecho de protección a la salud frente al Covid-19.

            El 26 de abril de 2019, la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de su Instituto de Investigaciones Sociales, conjuntamente con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicó el Estudio sobre el Impacto y Cumplimiento de las Recomendaciones Generales, Informes Especiales y Pronunciamientos de la CNDH en materia de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual estuvo motivado por la preocupación y el interés por desarrollar mejores estrategias para incidir en la actuación de las autoridades involucradas en la protección y garantía de sus derechos. Uno de los objetivos de la investigación fue hacer un llamado de atención a los integrantes de los sectores público, privado y social para reflexionar sobre las obligaciones que cada uno debe cumplir para asegurar su desarrollo integral.

            En él quedó de manifiesto que los avances institucionales aún resultan insuficientes para revertir situaciones violatorias de derechos humanos de las personas menores de edad, pues a pesar de que México ha ratificado la mayoría de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, específicamente en materia de derechos de la niñez, y que cuenta con un marco jurídico nacional que procura su protección, los mecanismos de resguardo integral que permiten que esos derechos sean plenamente garantizados a niñas, niños y adolescentes, son aún insuficientes y muchos de ellos, ineficaces.

            Por ello, se requieren programas y políticas integrales que generen un entorno protector de los derechos de la infancia y adolescencia, el cual ni los hogares ni las comunidades pueden generar por sí mismos, sin el correspondiente cumplimiento de las obligaciones por parte del Estado mexicano.

III. Derechos de la niñez y adolescencia frente a la emergencia sanitaria.

            Si bien es cierto que la niñez y adolescencia no ha sido señalada como uno de los grupos de riesgo frente a la pandemia, en el contexto global de la emergencia sanitaria se debe llamar la atención sobre los eventuales peligros a que están expuestos por el confinamiento a que nos ha orillado el Covid-19, sin que exista una estrategia que garantice no solo sus derechos a la salud, prioridad, supervivencia, alimentación, desarrollo integral, inclusión y educación, sino también su cuidado y protección contra la violencia familiar que se ha incrementado, lo que, inclusive, llevó al Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, a señalar que “para muchas mujeres y niñas, la amenaza es mayor donde deberían estar más seguras, en sus propios hogares”.[4]

            De acuerdo con la publicación “Panorama estadístico de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en México” 2019 de Unicef,[5] en términos generales, es poca la información que permite analizar con amplitud las manifestaciones de violencia en el hogar. Sin embargo, “…es posible saber que casi 4 de cada 10 madres, y 2 de cada 10 padres, sin importar el ámbito de residencia, reportan pegarle o haberles pegado a sus hijas o hijos cuando sintieron enojo o desesperación…”. Asimismo, 2 de cada 10 mujeres reportan que sus esposos o parejas ejercen o han ejercido violencia física contra sus hijas o hijos en las mismas circunstancias. Según los resultados, la proporción de violencia masculina es mayor en contextos rurales que urbanos”.[6]

            En sentido similar y a propósito del Covid-19, la organización independiente especializada en la promoción y defensa de los derechos de la niñez, Save the Children, destaca que “En México, más de 5 millones de niñas y niños no tiene acceso a servicios de salud; más de 9 millones carecen de servicios básicos en sus viviendas; y se estima que al menos 10 millones no tienen acceso a una alimentación suficiente, cifras que podrían agravarse ante la inminente disminución del ingreso económico de las familias más vulnerables”, [7] y agrega que en materia educativa 6 de cada 10 niñas y niños son criados con métodos violentos que incluyen castigo físico y agresión psicológica, sin soslayar que para muchas niñas y adolescentes su propio hogar representa un riesgo importante de violencia, toda vez que del 80% de las mujeres de 15 años y más sufrieron abuso sexual durante su infancia, la mayoría por parte de un familiar.[8]

            También se debe tener presente a las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en centros de asistencia social, centros de justicia juvenil, en una situación de pobreza y marginación, en contexto de migración y de desplazamiento que, por su propia condición de desventaja social, de higiene y salubridad, están expuestos a la transmisión del Covid-19, además de que en una situación de emergencia sanitaria, económica, social y de derechos humanos, la niñez y adolescencia se enfrentan a los efectos psicológicos derivados de la muerte de alguno de sus seres queridos o el miedo de que fallezcan, alterando su desarrollo emocional; maltrato físico y psicológico familiar por el confinamiento a que están expuestos y eventual pérdida de espacios educativos.

       A partir de que las medidas de emergencia no suspenden ni eliminan ninguno de los derechos y garantías que le asiste a niñas, niños y adolescentes, sino por el contrario, reafirman las obligaciones de autoridades e instancias de gobierno para garantizar su desarrollo integral, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  retoma las recomendaciones 23, 61, 63 a 67 y 69 contenidas en la Resolución No. 01/20, “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”, y a fin de proteger los derechos de la niñez y adolescencia frente a la pandemia del COVID-19, recomienda  a los Estados Nacionales seis acciones importantes[9] que a continuación se reproducen:

1. Reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes, incluyendo muy especialmente aquellos que no cuentan con cuidados familiares y que se encuentran en instituciones de cuidado–, y prevenir el contagio por el COVID-19, implementando medidas que consideren sus particularidades como personas en etapa de desarrollo y que atiendan de manera más amplia posible su interés superior. La protección debe, en la medida de lo posible, garantizar los vínculos familiares y comunitarios.

2. Frente a las situaciones de violencia se recomienda adoptar medidas de prevención del abuso, violencia intrafamiliar, discriminación, abuso y explotación de NNA y activar campañas de concientización y difusión de números telefónicos de denuncia, además de actuar con la debida diligencia ante las denuncias realizadas.

3. Disponer de mecanismos que permitan a los NNA seguir con el acceso a la educación y con estímulos que su edad y nivel de desarrollo requieran. Los Estados deben asegurar que las niñas y los niños con algún tipo de discapacidad, puedan acceder a la educación en línea sin exclusiones, mediante sistemas de apoyo, estrategias de comunicación y contenidos accesibles.

4. Promover rutinas de actividades para niñas, niños y adolescentes, brindando herramientas para que las familias puedan propiciar actividades recreativas y juegos que les permitan momentos de esparcimiento, a los fines de garantizar la salud física, psíquica y emocional de los NNA.

5. Disponer de los mecanismos y procedimientos de acogida y asistencia efectivos a la protección integral de los derechos humanos de NNA en situación de movilidad humana y desplazamiento, con especial atención a su interés superior, así como emprender todos los esfuerzos para prevenir la separación familiar y promover su reunificación.

6. Adoptar medidas para garantizar el derecho a la participación de los NNA, brindando oportunidades para que sus opiniones sean escuchadas y tomadas en cuenta en los procesos de toma de decisiones sobre la pandemia. Los NNA deben comprender lo que está sucediendo y sentir que participan en las decisiones que les afectan.

       De igual forma, Save the Children[10] formuló un exhorto para la implementación de una estrategia de atención de niñas y niños —a nuestro juicio incluida la adolescencia—, cuyas propuestas, en términos generales se comparten y, en su caso, se enriquecen, y cuyo contenido se expone en una apretada síntesis:

  • Asegurar que la niñez y adolescencia accedan oportunamente a tratamientos de calidad que permitan su recuperación y supervivencia en caso de enfermarse por COVID-19, independientemente de que sean o no derechohabientes;
  •  Dar la continuidad y ampliación a las acciones preventivas como la vacunación rutinaria, que es fundamental para fortalecer el sistema inmunológico de las niñas y niños, y evitar brotes de otras infecciones;
  • Garantizar continuidad en la atención a niñas y niños que por otras enfermedades tienen que recibir tratamientos que son críticos para su supervivencia;
  • Implementar medidas de abastecimiento de agua a toda la población, y en particular a las comunidades más vulnerables;
  • Implementar y/o fortalecer la asistencia social y ayuda humanitaria para garantizar el abastecimiento de alimentos nutritivos a las familias en las comunidades más vulnerables del país, priorizando las que tienen niñas, niños, mujeres embarazadas y personas mayores;
  • Ampliar los programas de transferencias económicas, para que beneficien a familias que trabajan en el sector informal, o que están en riesgo de pérdida temporal de ingreso económico, dando prioridad a las que están integradas por niñas y niños;
  • Evaluar alternativas de política pública para garantizar la protección social a largo plazo de las familias más vulnerables, priorizando las que tienen niñas y niños;
  • Asegurar que la niñez y adolescencia perteneciente a familias que se encuentren en una situación de pobreza y marginación social, en situación de calle, en movilidad y desplazamiento, cuenten con información oportuna sobre la pandemia y el derecho que les asiste para ser atendidos en caso de enfermarse por COVID-19;
  • Establecer condiciones laborales flexibles, para que las y los trabajadores, principalmente quienes tienen hijos e hijas, puedan realizar la Jornada Nacional de Sana Distancia y cuidar a sus hijas e hijos, sin que eso implique ningún riesgo de pérdida de sus empleos;
  • Difundir herramientas que permitan a madres, padres y otros cuidadores llevar una crianza con ternura y amor hacia niñas y niños;
  • Generar información accesible e inclusiva para niñas, niños y adolescentes que les permita comprender y entender la situación de emergencia que se vive en el país y en el mundo;
  • Establecer y difundir ampliamente una estrategia de acompañamiento y orientación para atender la salud mental de padres, madres y cuidadores, así como de niñas y niños;
  • Implementar una estrategia de identificación de situaciones de violencia familiar, denuncia de hechos de violencia y atención médica y psicológica de casos, para asegurar que niñas, niños, mujeres, adolescentes y personas mayores expuestos a violencia, reciban atención y protección en unidades especializadas;
  • Garantizar acceso a la educación a través de Programas de Aprendizaje a Distancia, los cuales deberán ser accesibles a través de los diversos medios de comunicación e incluyentes de la diversidad de niñas, niños y adolescentes, como es el caso de quienes tienen alguna discapacidad, y
  • De regreso a clases, tener presente que los docentes y cuidadores tienen un rol vital para ayudar a contener a niños y niñas, así como la atención específica por personal capacitado de posibles casos de trastornos emocionales.

      Lo anterior, sin pasar por alto la existencia de una relación causal entre los problemas estructurales que agravian a nuestro país y las situaciones que lesionan la vida, integridad y bienestar de las niñas, niños y adolescentes; razón por la cual la actuación de una sola dependencia o institución resulta insuficiente para combatir y solventar cada una de ellas. Es requisito indispensable trabajar para materializar en los hechos el marco normativo de protección a la niñez y adolescencia, y articular la actuación de las autoridades para la implementación de políticas públicas, programas y planes, de manera que logremos superar la distancia entre la orientación formal y la aplicación efectiva de las mismas.

      Debemos pugnar, exigir y materializar la construcción de una política nacional con acciones coordinadas, concretas y eficaces para implementar en la praxis la perspectiva de derechos de la niñez y adolescencia y de género; para llevar a cabo actividades de capacitación y profesionalización de servidores y servidoras públicas que tienen que ver con ese sector poblacional; para generar campañas que sensibilicen a las familias, a los docentes y a las autoridades escolares del daño que la violencia genera en la vida de la niñez y adolescencia.

      Ojalá que los Sistemas Nacional y locales de Protección de niñas, niños y adolescentes, fortalezcan -con acciones y pronunciamientos concretos- en sus respectivos ámbitos de competencia, una estrategia para incidir en la actuación de las autoridades involucradas en la protección y garantía de los derechos de la niñez y adolescencia, particularmente en momentos de emergencias de diversa índole.

      Todas y todos debemos ser aliados incondicionales para el diseño y seguimiento de todas aquellas acciones que busquen mejorar las condiciones de vida de las niñas, niños y adolescentes, al mismo tiempo de impulsar la promoción y difusión de sus derechos humanos hasta que se haya erradicado de la sociedad mexicana toda creencia, práctica y obstáculo que limite su desarrollo, el cual es, desde luego, imprescindible para el desarrollo nacional.


[1] Secretario Académico del Programa Universitario de Derechos Humanos.

[2] El artículo 71 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, establece su derecho a ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos de su interés, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

[3] Landeros Aguirre, L., & Chávez Romo, M. C. (2015). Convivencia y Disciplina en la Escuela. Análisis de Reglamentos Escolares en México. Recuperado el 16 de diciembre de 2017, de Dirección de Evaluación de Escuelas del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación: http://publicaciones.inee.edu.mx/buscadorPub/P1/C/232/P1C232.pdf

[4] 6 de abril de 2020. Cfr. https://www.voanoticias.com/a/onu-advierte-sobre-incremento-de-la-violencia-domestica-en-el-contexto-de-la-pandemia/5361442.html

[5] Primera edición 2019, p.35.

[6] Idem

[7] Proteger los derechos de las niñas y los niños ante la contingencia sanitaria por el Covid 19. Recomendaciones para acciones de política pública, elaborado por Save the Children file:///C:/Users/EPI/Desktop/PUDH/Garantizar%20derechos%20nna.pdf, p. 1

[8] Op. cit. supra nota 4.

[9] Ver Comunicado de prensa de dicho organismo internacional No. 090/2020, de 27 de abril de 2020.

[10]  Op.cit. supra nota 7, p.2