Se le recuerda al gobierno
de El Salvador que las amnistías
no proceden respecto de crímenes
como la tortura o el genocidio

(Resumen)

Fabian Salvioli, experto de derechos humanos de la ONU en justicia transicional, insta a la Asamblea Legislativa de El Salvador a no aprobar un proyecto de ley que permita perdones de facto por graves violaciones de derechos humanos y crímenes de guerra cometidos durante el conflicto armado interno que cobró 75.000 vidas entre 1980 y 1992.

            Para el experto, no hay razones claras por las que los mecanismos de impunidad como los propuestos en el borrador puedan “considerarse legítimos, o incluso necesarios en términos políticos”. “Tampoco son legales”, señala. “La condena y el castigo efectivo de los responsables es una obligación del Estado salvadoreño, y no puede ser eludida por decisiones legislativas contrarias al derecho internacional de los derechos humanos”.

            La Comisión Política de la Asamblea Legislativa examina desde el 14 de mayo de 2019 una nueva ley de reconciliación nacional.

            Las víctimas del conflicto armado, sus representantes y la sociedad civil en general no han sido consultadas en el proceso.

            El proyecto debe ser aprobado en el plenario de la Asamblea antes de que finalice esta semana.

            El texto tiene por objeto aplicar una sentencia del Tribunal Supremo de 2016 que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de amnistía establecida en 1993, y pidió a la Asamblea Legislativa que emita una nueva Ley de Reconciliación Nacional.

            Las disposiciones de dicho proyecto incluyen amnistías o perdones de facto, ya que las penas de prisión serán suspendidas y sustituidas por el servicio a la comunidad, y la responsabilidad penal se atribuirá únicamente por la omisión o acción directa en la realización de un acto punible, con el riesgo de que queden impunes quienes ordenaron, participaron o fueron cómplices de ello.

            También establece un plazo de prescripción de cinco años para la investigación y el enjuiciamiento de las violaciones cometidas durante el conflicto, y pide a la Fiscalía General que elabore una lista de casos en un plazo de solo cinco meses.

            Además, estipula que toda decisión judicial de este tipo se considere cosa juzgada y, por lo tanto, no podrá ser apelada. La disposición también prohíbe las extradiciones pasivas con fines de enjuiciamiento en tribunales extranjeros.

Bachelet comparte esa preocupación

Salvioli ha compartidos estas preocupaciones con las autoridades pertinentes, incluida la Asamblea Legislativa, durante una visita oficial a El Salvador que llevó a cabo del 24 de abril al 3 de mayo. En marzo, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, expresó una opinión similar.

            Fabian Salvioli (Argentina) fue nombrado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en 2018 como  Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. Es abogado y profesor de derechos humanos. Fabián Salvioli es profesor de Derecho Internacional y Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Plata. Ha dado conferencias en muchos países y universidades de América, Europa, África y Asia. El Sr. Salvioli es autor de varios libros y artículos sobre derecho internacional de los derechos humanos. Fue miembro del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas entre 2009 y 2016, y su Presidente entre 2015 y 2016.

            Como Relator Especial, el Sr. Salvioli forma parte de lo que se conoce como los  Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre general que se da a los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones nacionales específicas o de cuestiones temáticas en todas partes del mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan servicios a título individual.

Fuente:
https://news.un.org/es/story/2019/05/1456061
(27/05/2019)