Ciudad de México, a 06 de febrero de 2019
Comunicado DGC/041/19
Al participar en las Audiencias Públicas sobre Prisión Preventiva Oficiosa, convocadas por la Cámara de Diputados, el Coordinador General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos de la CNDH, Rubén Francisco Pérez Sánchez, aseguró que el uso excesivo de la privación de la libertad, provoca la violación de derechos fundamentales, contraviniendo al derecho internacional de los derechos humanos y al principio pro personae.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) subrayó que no está en contra de la prisión preventiva justificada, cuando se aplica, como lo exige la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de manera excepcional, bajo criterios de necesidad, proporcionalidad y de legalidad; sino de la prisión preventiva oficiosa, que transgrede diversos derechos humanos como la libertad personal, de tránsito, al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia y contraviene al derecho internacional de los derechos humanos.
Para esta Comisión Nacional, la prisión preventiva debe ser el último recurso para contrarrestar los riesgos procesales a que alude la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no se justifica ampliar el catálogo de delitos graves que la ameriten. El aumento de las hipótesis de la prisión preventiva oficiosa no es la solución a los problemas que México enfrenta en los ámbitos de seguridad y justicia, sobre todo por no revestir como lo exige la Corte Interamericana de Derechos Humanos carácter excepcional, sino al contrario, debilita la apuesta de nuestro país por el Sistema de Justicia Penal Acusatorio sin que se haya permitido que el mismo se implemente, opere y consolide plenamente.
Para tales efectos, se requiere reforzar las medidas de formación y capacitación de las y los operadores del Sistema, ya que los resultados que se obtengan dependen fundamentalmente, de la calidad y profesionalismo con que actúen, así como el garantizar la implementación y operación de las Fiscalías autónomas, con recursos y capacidades pertinentes y suficientes.
Los problemas de inseguridad y falta de acceso a la justicia requieren soluciones integrales, que propicien el respeto y vigencia de los derechos de todas las personas, al igual que el cumplimiento y aplicación de la ley. De lo contrario, no habrá medida o sistema que nos permita acabar con la inseguridad y abatir la impunidad.
La CNDH está consciente de la gran distancia que existe entre el texto de la ley y su efectiva aplicación, por lo que busca que esa distancia vaya siendo cada vez menor.
Así lo expresó el Coordinador General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos de la CNDH, Rubén Francisco Pérez Sánchez, al participar en los trabajos de las Audiencias Públicas sobre Prisión Preventiva Oficiosa, convocadas por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, en que reconoció la realización de este ejercicio para que la diversidad de opiniones y perspectivas puedan contribuir a una mejor producción legislativa en la materia, ya que un orden jurídico adecuado que responda a estándares internacionales y a reclamos sociales fortalece el Estado de Derecho.
Este encuentro fue encabezado por el diputado Mario Delgado, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y en la Mesa 1 participaron, además de Rubén Francisco Pérez Sánchez, Juan José Olvera Lopez, de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal del Consejo de la Judicatura; José Mario de la Garza Marroquín Presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados; Jaime Hugo Talancón, de FEPADE; Santiago Nieto, de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP; Sergio López Ayllón, Director del CIDE; Pablo Navarrete, Coordinador de Asuntos Jurídicos de INMUJERES; Jorge Emilio Iruegas, Fiscal Anticorrupción de Oaxaca; Manuel Munive Páez, de la Escuela Libre de Derecho; Ricardo A. Bucio, Secretario Ejecutivo de SIPINNA, y Bernardo Padilla, diputado local de Baja California.
Fuente:
http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_041.pdf
(13/02/2019)