Suprema Corte de Justicia de la Nación

Es constitucional que en caso
de condena por el delito de secuestro
no procedan los beneficios
preliberacionales

Comunicado 066/2018
Ciudad de México, a 2 de mayo de 2018

En sesión de 2 de mayo de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió del amparo en revisión 1074/2017, presentado bajo la Ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el que se determinó que la negativa a otorgar los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena, prevista en el párrafo primero del artículo 19 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, no vulnera la dignidad humana, las garantías de igualdad y no discriminación, ni el derecho fundamental a la reinserción social, ni impone una doble sanción.

            En efecto, no se opone a la previsión contenida en el artículo 18 constitucional, porque la concesión de los beneficios preliberacionales, no es una obligación constitucional, sino una facultad para el legislador ordinario, quien por razones de política criminal consideró que no en todos los casos debían concederse dichos beneficios, a fin de desalentar ciertas conductas, o en su defecto, lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir. Sigue leyendo

Se establecen las obligaciones
de autoridades jurisdiccionales
para el acceso a la justicia
de personas que aleguen discapacidad

Comunicado 070/2018
Ciudad de México, a 9 de mayo de 2018

En sesión de 9 de mayo de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, el amparo directo en revisión 3788/2017, en el que se establecieron las obligaciones que tienen las autoridades jurisdiccionales cuando una persona que alega tener una discapacidad solicita que se realicen ajustes razonables al procedimiento para poder acceder a la justicia en condiciones de igualdad.

            En el caso, la quejosa, que manifestó tener una discapacidad, demandó una indemnización por el daño moral que adujo le habían causado los demandados al lesionar a su hijo en una riña. Se dictó sentencia absolutoria que se confirmó en apelación, por lo que promovió amparo directo en el que solicitó al Tribunal Colegiado que se ordenara recabar y desahogar pruebas de oficio para conocer la verdad, ya que sólo de esa manera se podrían garantizar sus derechos a la igualdad y el acceso a la justicia. El amparo le fue negado, resolución que es materia de esta revisión. Sigue leyendo