Una escuela debe indemnizar a niño de 7 años víctima de bullying

Comunicado 086/2015
México D.F., a 15 de mayo de 2015

El 15 de mayo del año en curso, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por primera vez un asunto que trata sobre el fenómeno de bullying escolar. En la sentencia, la Primera Sala ordenó a una escuela del Estado de México indemnizar a un niño de 7 años que fue víctima de acoso escolar, tanto porque una de sus profesoras incitaba el maltrato, como por la negligencia de la escuela al no tomar ninguna medida para prevenir o combatir el hostigamiento.

            El caso inició cuando la madre de un menor demandó una reparación económica del centro escolar en el que estudiaba su hijo, por el acoso sistemático que éste había sufrido en su segundo año de primaria. El juez de primera instancia resolvió no condenar a los demandados, por lo que la madre promovió un amparo que fue atraído para su resolución por la Primera Sala.

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Respeta el derecho a la igualdad y a la no discriminación la norma que establece hasta 50 por ciento de los bienes adquiridos durante el matrimonio a favor del cónyuge dedicado al hogar

Comunicado 093/2015
México D.F., a 20 de mayo de 2015

En sesión de 20 de mayo del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo 4909/2014, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz.

            En él se resolvió que el artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, que prevé una compensación de hasta el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes a favor del cónyuge que se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, es respetuoso del derecho a la igualdad y no discriminación.

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