Es inconstitucional el artículo 58
del Código Civil para el Distrito Federal,
que obliga registrar a recién nacidos 
con el apellido paterno en primer lugar

Comunicado 180/2016

Ciudad de México, a 19 de octubre de 2016

 En sesión de 19 de octubre de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió el amparo en revisión 208/2016 a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En esta resolución la Primera Sala declaró inconstitucional una porción del artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal, puesto que dicha norma reitera, al establecer que los recién nacidos serán registrados con el apellido paterno primero y el materno después, un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar. Así, la norma limita injustificadamente el derecho de los padres a elegir libremente el nombre de sus hijos. Sigue leyendo

Los patrones no pueden despedir
a los trabajadores a causa
de que no hubieran sido propuestos
por el sindicato

La Suprema Corte de Justicia resolvió, por primera vez, que los patrones no pueden despedir a trabajadores por el solo hecho de que no hubieran sido propuestos por el sindicato para ocupar una plaza.

            La exclusividad de los sindicatos para proponer a las personas que deberán las vacantes en puestos de base es una práctica generalizada en los contratos colectivos de trabajo, sobre todo en dependencias de gobierno. Sigue leyendo