Los Estados deben combatir
la impunidad en casos de violencia
contra personas trans

Comunicado 169/16
18 de noviembre de 2016

Washington, D.C. – En el marco del Día Internacional de la Memoria Trans, que tiene lugar el 20 de noviembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se une a la comunidad internacional en honor a la memoria de las personas trans que han perdido sus vidas o sufrido ataques y agresiones debido a los altos niveles de violencia por prejuicio contra las identidades de género diversas. La CIDH insta a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a adoptar y profundizar medidas que posibiliten la investigación, juzgamiento, sanción a los responsables y reparación integral a las víctimas de estos hechos y sus familiares. Estas medidas deben apuntar a combatir la impunidad, lo cual debe incluir la eliminación de prejuicios y el enfoque diferenciado en los procesos de investigación.

            La Comisión Interamericana continúa preocupada por la información recibida sobre los niveles alarmantes de violencia y prejuicio contra las personas trans en la región. En este sentido, la CIDH ha recibido información sobre unos 238 asesinatos de personas trans y no conformes con el género en el continente en los últimos 12 meses, la mayoría de ellas en Brasil (123), México (52), Estados Unidos (23), Colombia (14), Venezuela (14) y Argentina (10). En el caso de los delitos motivados por prejuicio contra las personas LGBTI, las estadísticas oficiales tienden a subestimar el número de incidentes, puesto que las víctimas suelen ser reacias a denunciar sus experiencias por temor a la extorsión, la violación de la confidencialidad o las represalias.

            Asimismo, la CIDH manifiesta su profunda preocupación respecto de la información recibida, tanto de Estados como de organizaciones de la sociedad civil, sobre la existencia de prejuicios y parcialidad en la investigación de crímenes contra personas trans.

            Existe una tendencia en funcionarios y funcionarias estatales en los sistemas de administración de justicia de los países en América a hacer suposiciones sesgadas desde el inicio de la investigación, en cuanto a los motivos, posibles sospechosos y circunstancias de los crímenes con base en a la identidad de género, real o percibida, de las víctimas. La CIDH expresó su preocupación por esta tendencia en su informe sobre violencia contra las personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex en América. La consecuencia de estas suposiciones sesgadas es que inhibe la recopilación minuciosa de pruebas y la conducción de investigaciones serias e imparciales. En lugar de ello, los oficiales de la policía y otros agentes del sistema de administración de justicia dirigen sus acciones hacia la búsqueda de evidencia que confirme su hipótesis o teoría prejuiciada de los hechos, lo que a su vez frustra el propósito de la investigación y puede dar lugar a la nulidad de las actuaciones. Los prejuicios discriminatorios llevan frecuentemente a abandonar o archivar la investigación sin que se hayan determinado responsabilidades, e incluso a una falta total de investigación de los crímenes. Esto fomenta altos índices de impunidad, lo cual deja a las víctimas y sus familiares en un estado absoluto de indefensión, y lleva a la repetición crónica de hechos similares.

            Adicionalmente, la Comisión Interamericana expresa su profunda preocupación por la información recibida sobre decisiones judiciales que justifican los asesinatos o actos de violencia contra personas LGBT. Tribunales en la región han eximido de responsabilidad penal, de manera parcial o total, crímenes como homicidios o ataques físicos contra personas trans, porque tales hechos supuestamente fueron cometidos en respuesta a provocaciones por parte de personas del mismo sexo, o por la identidad de género de la víctima.

            La Comisión Interamericana hace un llamado a los Estados Miembros de la OEA a que investiguen de manera efectiva e imparcial todos los crímenes cometidos contra personas trans, y a que desarrollen directrices o protocolos de investigación que incluyan indicios o elementos que puedan asistir a oficiales de la policía, fiscales, y otros investigadores en determinar si el crimen fue cometido con base en prejuicios contra la identidad y/o expresión de género real o percibida de la víctima. En esta tarea, la CIDH insta a los Estados a que tomen en consideración las circunstancias específicas sobre cómo la violencia por prejuicio se manifiesta en sus países, la cual puede variar y/o agravarse según las diversas zonas geográficas y que consulten a organizaciones de la sociedad civil y activistas LGBT para redactar adecuadamente protocolos que establezcan indicadores sobre los potenciales crímenes motivados por prejuicios que pueden ser pertinentes para las investigaciones en un determinado país.

            La CIDH saluda las medidas adoptadas en los últimos años por algunos países en la región en aras de investigar eficazmente los crímenes cometidos contra personas LGBT. Por ejemplo, la CIDH observa que algunos de los Estados Miembros de la OEA han establecido unidades especializadas de acusación o han asignado fiscales especiales para investigar los crímenes cometidos contra personas LGBT e insta a los Estados a que fortalezcan esas áreas y, en el caso de no existir, que las generen puesto que posibilitan investigar, juzgar, sancionar y reparar a las víctimas de los asesinatos cometidos de manera especializada.

            Sin embargo, la Comisión Interamericana nota que estos esfuerzos deben ser redoblados y estandarizados en la región, pues las personas trans víctimas de violencia y sus familiares aun enfrentan serios problemas para acceder a la justicia. La CIDH recuerda que la investigación de las muertes y otros actos de violencia contra las personas trans debe comenzar rápidamente y sin dilaciones irrazonables, y debe constituir un esfuerzo por parte del Estado de tomar todas las medidas necesarias en la búsqueda de la verdad, con el fin de aclarar lo sucedido y desenmascarar posibles motivos discriminatorios, ya que esto es un componente clave del derecho al acceso a la justicia y a obtener reparaciones.

            La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Fuente:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2016/169.asp
(28/11/2016)