Ministros de Troya: la Suprema Corte
y la lucha anticorrupción1

Miguel Alfonso Meza[2]

Bloque por bloque, uno a uno, el gobierno desmantela los contrapesos de nuestro Estado; ahora van por la Suprema Corte. El senador Monreal trae un regalo para los mexicanos: cinco ministros anticorrupción para conformar una Tercera Sala en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Que nadie se atreva a rechazar la propuesta: ¿cómo un buen ciudadano se puede oponer a que se combata la corrupción desde el Poder Judicial? Quienes lo hagan serán señalados como unos conservadores; por eso su molesta resistencia contra la máxima voluntad histórica, contra el devenir de la justicia. Quieren ver al gobierno fallar. Son enemigos de la democracia.

            Cinco estatuas monumentales y relucientes cruzan la entrada principal. Resuena el golpe seco de las compuertas cerrando; la cerradura gira y emite su particular chasquido metálico. Poco a poco, crece el murmullo de las ovaciones y los aplausos. Una voz surge entre todas para apagar el ruido aturdidor de la multitud. El presidente toma la voz: “Hemos avanzado. En el Ejecutivo ya no hay corrupción tolerada de arriba hacia abajo. Si el presidente lo autoriza, hay corrupción. Entonces, eso ya no existe (…)”. La corrupción en el Poder Ejecutivo muere por decreto. Si algún corrupto logra escurrirse y escapar, será castigado por estos nuevos ministros anticorrupción.

            Al caer la noche, los recién llegados rasgan su disfraz: los ministros anticorrupción esconden sus verdaderas intenciones el intento del gobierno por secuestrar la Corte. La alegoría falla, eso sí, en un punto: la amenaza no viene desde afuera; es orquestada desde adentro, por funcionarios democráticamente electos, los legisladores y el presidente. El golpe de captura es doble: i) la Tercera Sala se convierte en un nuevo órgano de control político sometido a Morena y ii) los cinco nuevos ministros capturan al Pleno de la Suprema Corte.

¿La Sala “Anticorrupción” va a combatir la corrupción?

Los cinco ministros propuestos por la iniciativa de Monreal[3] formarían una Tercera Sala de la SCJN que se encargará de: 1) interpretar las partes de la Constitución que se refieren a delitos o responsabilidades administrativas por actos de corrupción; 2) resolver sobre responsabilidad patrimonial del Estado[4]; y 3) revisar las resoluciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces.

            La Tercera Sala de la Corte no va a investigar ni a perseguir a algún corrupto: esa tarea corresponde a los Órganos Internos de Control, las Auditorías Superiores y los Ministerios Públicos. No va a sancionar a funcionarios públicos: eso corresponde a otras autoridades jurisdiccionales. No va a meter a nadie a la cárcel: esa función es de los jueces y magistrados penales. No va a destituir, inhabilitar o multar a funcionarios o a empresarios corruptos: los únicos que pueden hacerlo son los magistrados anticorrupción (muy diferentes a los ministros “Anticorrupción”, como se verá más adelante). Tampoco va a recuperar el dinero que se haya desfalcado del erario: esa la labor corresponde a la Auditoría Superior. Entonces, ¿va a combatir la corrupción? La respuesta es un rotundo no, por tres razones.

1. No van a hacer todo lo anterior por una simple razón: la SCJN no hace la labor que comúnmente atribuimos a los jueces; en realidad, la principal función de la Corte consiste en interpretar la Constitución. Por eso, los nuevos ministros no serían “ministros anticorrupción”, más bien, serían los encargados de interpretar los artículos constitucionales en materia de corrupción y de llevar a cabo el control de constitucionalidad correspondiente. Tendrían que determinar, por ejemplo, si una norma del procedimiento para castigar a servidores públicos es violatoria o no de la presunción de inocencia, o si la forma en que está formulado un delito de corrupción en el Código Penal Federal viola o no el principio de tipicidad.

            Esta labor ya se lleva a cabo en la SCJN: la Primera Sala hace control de constitucionalidad en materia penal –no sólo por delitos de corrupción, sino por toda clase de delitos– y la Segunda Sala lo hace en materia administrativa.

            Para combatir la corrupción en serio, el Senado debería nombrar a los magistrados anticorrupción (no a los ministros que buscan inventar), que debieron haber sido ratificados desde 2017. Estos magistrados no pertenecen a la SCJN, sino al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Ellos sí pueden sancionar a funcionarios corruptos: destituirlos de su puesto, inhabilitarlos para ocupar cargos públicos hasta por 20 años e imponer multas de hasta dos veces lo que se hayan robado.

            Por ello, el gobierno miente cuando afirma que los magistrados anticorrupción son demasiado costosos. Si de austeridad se trata, aun suponiendo que los magistrados obtuvieran el sueldo estimado por Monreal ($300,000.00 pesos mensuales), los magistrados anticorrupción podrían recuperar los recursos suficientes para cubrir su costo multiplicado miles de veces. Tan sólo si multaran a todos los involucrados en la Estafa Maestra –caso de corrupción expuesto por Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad y Animal Político– con la máxima multa posible, podrían recuperar más de 14 mil millones de pesos, lo cual equivale a 21,604 veces el costo anual de los 18 magistrados anticorrupción previstos en nuestra Constitución; por el contrario, una nueva Sala de la Corte no podría imponer ninguna multa y, por lo tanto, produciría cero pesos de beneficio económico directo.

            La austeridad del gobierno es bastante extraña, al intentar desaparecer a los funcionarios que podrían imponer multas multimillonarias a funcionarios y empresarios corruptos.

2. La segunda facultad de los nuevos ministros consistiría en juzgar los casos en los que el gobierno incurra en responsabilidad patrimonial. La responsabilidad patrimonial del Estado significa que el gobierno está obligado a indemnizar con su patrimonio a cualquier persona cuando daña sus bienes, su integridad, su salud física o algún otro bien de su esfera jurídica, por haber actuado de forma negligente o ilegal.

            Esta facultad de la Tercera Sala le permitirá a AMLO y a sus aliados salir impunes por los daños que causen. No es muy difícil imaginar qué tipos de casos podrían resolverse de esta forma: Tren Maya, cancelación del NAICM, posibles accidentes causados por la termoeléctrica de Huexca, personas afectadas por los apagones en Yucatán, o cualquier nueva arbitrariedad que se le ocurra al gobierno. ¿Y cómo resolverán los cinco nuevos ministros, recién nombrados por el presidente?

3. Por último, la Tercera Sala le daría a Morena el control sobre todos los jueces y magistrados del Poder Judicial de la Federación. El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) es el órgano encargado, entre otras cosas, de nombrar y remover a jueces y magistrados. La propuesta de Monreal prevé que la Tercera Sala resuelva recursos en contra de las determinaciones del CJF. Así, los ministros nombrados por Morena tendrían el control sobre el Consejo.

            Con ese control, el gobierno podrá nombrar como juzgadores a las personas cercanas a su partido. A pesar del extendido nepotismo en el Poder Judicial, las cosas se pondrían mucho peor: los puestos en juzgados y tribunales serían la nueva moneda de cambio para premiar a los amigos del gobierno. Este control, sin embargo, también sería una herramienta de castigo: la tercera sala podrá destituir a quienes resuelvan algún juicio en contra de los intereses que podrían representar.

            Así, el Poder Judicial quedaría bajo el control de AMLO y de su partido. En lugar de mejorar su funcionamiento, eliminar el nepotismo y el influyentismo, disminuir la arbitrariedad del CJF y mejorar la meritocracia y la competitividad dentro del PJF, la propuesta de Morena busca reconcentrar el poder en el presidente-juez.

Secuestrar a la Corte

La tercera sala está diseñada para dar un segundo golpe a la división de poderes: controlar a la Suprema Corte desde adentro. La principal función de la SCJN consiste el control de constitucionalidad. A grandes rasgos, esto significa que la Corte es el último guardián de la Constitución, encargado de vigilar que sus normas no sean violadas por normas inferiores (por ejemplo, por leyes) o por actos u omisiones de alguna autoridad. Para llevar a cabo dicho control, existen tres medios: el juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional.

            Cuando se resuelve una acción de inconstitucionalidad (AI), el Pleno de la Corte –es decir, todas las Salas de la Corte trabajando en conjunto– determina si una norma es conforme o contraria a la Constitución. Así sucedió el año pasado, cuando la Corte invalidó la Ley de Seguridad Interior propuesta por el gobierno de Peña Nieto por violar una gran cantidad de derechos y principios constitucionales.

            Cuando se resuelve una controversia constitucional (CC), el Pleno de la Corte protege la esfera competencial de un órgano que está siendo invadidas por otro. Así, si el día de mañana el gobernador de Morelos, por ejemplo, promulgará una ley para cobrar impuestos que son facultad exclusiva de los municipios, la Corte debería defender al municipio, declarar la inconstitucionalidad de la ley por invadir competencias –no por contradecir un principio o derecho de rango constitucional, como sucede en la acción de inconstitucionalidad– y, por lo tanto, declarar la incobrabilidad de los impuestos por el gobernador.

            La propuesta de Morena es un intento por controlar a los controles de constitucionalidad, es decir, un intento por eliminar cualquier límite o control sobre el poder de Morena.

            En la iniciativa, además de cambiar el número de ministros que integran a la Corte de 11 a 16, “se cambia la votación requerida en el Pleno, por ejemplo, para que las resoluciones que declaren inválidas disposiciones generales impugnadas por la Federación o las entidades federativas tengan efectos generales [es decir, cuando se resuelvan controversias constitucionales de normas generales], o la emisión de una declaratoria general de inconstitucionalidad [por una acción de inconstitucionalidad], de ocho a once votos, dado que la presente reforma modifica en esa proporción el número de ministros y ministras que lo integran”, según declara la exposición de motivos de la iniciativa.

            Con los nuevos ministros, el gobierno de AMLO tendría un total de 7 Ministros en la Corte –contando a los dos que ya nombró–, suficientes para bloquear el voto de 11 Ministros necesario para declarar inconstitucional una norma en una CC o en una AI. De esta forma, con un falso disfraz anticorrupción, el gobierno busca convertir a la Corte en un medio para romper sus límites constitucionales y tener la posibilidad de invadir las competencias de los poderes que estén ocupados por la oposición.

            Los nuevos Ministros propuestos por Morena son un caballo de Troya. Su estrategia es clara: infiltrarse en la Corte bajo la retórica del combate a la corrupción. El disfraz es perfecto. Nadie se atreve a oponerse al gobierno de la honestidad, al gobierno del cambio, al gobierno de la retórica.

            Una vez dentro, los Ministros de Troya cumplirán su verdadera misión: tomar a la Suprema Corte desde adentro; entregar la división de poderes y la supremacía constitucional a Morena; controlar a todos los jueces y magistrados del PJF; abrir las puertas para que el gobierno dañe impunemente a particulares; romper los límites constitucionales que molesten al juicio presidencial. Ω

[1] Tomado de: https://anticorrupcion.nexos.com.mx/?p=874 (23/04/2019)

[2] Miembro del Despacho de Investigación y Litigio Estratégico (DILE) que forma parte de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad.

[3] La iniciativa todavía no se encuentra publicada en el sitio oficial del Senado. Sin embargo, pongo a disposición el vínculo del archivo para cualquiera que desee consultarla.

[4] El artículo 1° de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado refiere a la responsabilidad patrimonial del Estado en los términos siguientes: “La presente Ley (…) tiene por objeto fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado (…)”.