Ordena Segunda Sala tramitar amparo contra posible internamiento involuntario de mujeres con discapacidad en una institución psiquiátrica

Comunicado de Prensa No. 057/2024
Ciudad de México, a 21 de febrero de 2024

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el desechamiento de una demanda de amparo promovida en contra del posible internamiento involuntario de mujeres con discapacidad en un hospital psiquiátrico.

Se estimó que fue incorrecto que el juez de Distrito desechara la demanda bajo el argumento de que la persona que accionó el juicio no estaba internada en el hospital. Se explicó que, ante posibles violaciones graves a derechos humanos, el artículo 15 de la Ley de Amparo prevé un mecanismo especial de protección constitucional que permite a cualquier persona promover una demanda en nombre de otra, cuando esta última se encuentre imposibilitada para hacerlo por su cuenta.

Además, se precisó que el internamiento de mujeres en instituciones psiquiátricas sin su consentimiento puede involucrar ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, así como incomunicación, tortura y tratos crueles e inhumanos.

La Segunda Sala detalló que el juez de distrito estaba obligado a tomar en consideración que el asunto puede involucrar a mujeres con discapacidad, por lo que debió adoptar un papel más activo y flexible para garantizar que puedan acceder a la justicia en igualdad de condiciones. Asimismo, ordenó dar intervención al Instituto Federal de la Defensoría Pública, quien cuenta con asesores jurídicos especializados en atención a personas con discapacidad.

Recurso de queja 7/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 21 de febrero de 2024 por unanimidad de cinco votos. Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales anunciaron voto concurrente.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Fuente:
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7729
(29/2/24)