Por Ximena Pérez García[1]
I. Matrimonio infantil y uniones tempranas
El matrimonio infantil y las uniones tempranas son prácticas existentes desde hace siglos, sin embargo, desde hace algunas décadas, y gracias al compromiso que han adoptado los Estados de respetar y garantizar los derechos humanos de los gobernados, se ha señalado que estas uniones tienen que ser consideradas prácticas nocivas por ser violatorias de dichos derechos y, en consecuencia, se requiere su erradicación.
Pero ¿qué se debe entender por matrimonio infantil y por uniones tempranas? Estos conceptos son la unión de derecho, en el caso del matrimonio y, de hecho, en el caso de las uniones tempranas, entre dos personas donde una o ambas tienen menos de 18 años.[2] Estas uniones se consideran forzadas, aunque exista la voluntad de la niña o niño, ya que el consentimiento no se otorga de manera libre, plena o informada.
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