Corte Interamericana de Derechos Humanos

Perú es responsable
por condenar penalmente
a médico acusado de atender
a miembros de grupo terrorista

San José, Costa Rica, 9 de diciembre de 2016.- El Estado peruano es responsable por la violación de una serie de derechos humanos del médico peruano Luis Williams Pollo Rivera, quien fue detenido ilegal y arbitrariamente, así como torturado. Posteriormente, fue condenado penalmente por la realización de actos médicos a favor de miembros del grupo terrorista Sendero Luminoso, en desconocimiento de que el acto médico no puede ser criminalizado.

            La Sentencia de la Corte Interamericana, que fue notificada el día de hoy, tiene que ver con los procesos penales en contra de Luis Pollo Rivera, realizados, primero entre 1992 y 1994, y luego entre 2003 y 2004. Durante el primer proceso fue absuelto del delito de terrorismo, mientras que en el segundo proceso fue condenado por el delito de colaboración con el terrorismo. Sigue leyendo

Brasil responsable por esclavitud
y trata de personas en agravio
de trabajadores de una hacienda

San José, Costa Rica, 15 de diciembre de 2016.- El Estado de Brasil es responsable por la violación al derecho a no ser sometido a esclavitud y trata de personas de 85 trabajadores rescatados de la Hacienda Brasil Verde, ubicada en el estado de Pará, en el año 2000. La Sentencia http://bit.ly/2h4SuRS  notificada el día de hoy en el Caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde Vs. Brasil, es el primer caso sobre esclavitud y trata de personas que resuelve la Corte Interamericana, por lo que ésta tuvo la oportunidad de desarrollar y actualizar el contenido de estos conceptos conforme a la Convención Americana y el derecho internacional.

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Bolivia es responsable
por esterilización no consentida

San José, Costa Rica, 22 de diciembre de 2016. – Bolivia es responsable por la esterilización no consentida a la que fue sometida la víctima del caso, la señora I.V., y por la frustración procesal en el acceso a la justicia, según concluyó la Corte Interamericana en la Sentencia, emitida el 30 de noviembre de este año y notificada el día de hoy en el Caso I.V. Vs. Bolivia.

            La víctima del caso, cuyo nombre se encuentra bajo reserva, fue sometida a una cesárea en el Hospital de la Mujer de La Paz en julio de 2000. Luego de que su hija naciera, se le practicó una ligadura de las trompas de Falopio. Existe controversia sobre si la víctima fue consultada de manera previa y de forma libre, plena e informada respecto de este procedimiento de esterilización. Según señala la señora I.V., ella se enteró al día siguiente de practicado el procedimiento. Por su parte, el Estado indicó que la señora I.V. había consentido de manera verbal durante el transoperatorio. La víctima acudió a la justicia, pero ninguna persona ha sido declarada responsable en el ámbito disciplinario, administrativo o penal por su esterilización no consentida, así como tampoco fue reparada civilmente. Sigue leyendo