Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Primera Sala confirmó la concesión
del amparo en favor de otra
de las víctimas de los lamentables
hechos ocurridos en el caso
“Guardería ABC”

Comunicado 117/2020
Ciudad de México, a 1 de julio de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, confirmó la concesión del amparo en favor de otra de las víctimas de los lamentables hechos ocurridos en el caso “Guardería ABC”.

En el caso, la madre de una de las víctimas de los hechos, y en representación de su núcleo familiar, solicitó el amparo de la Justicia de la Unión en contra de la resolución por la que se determinaron las medidas de reparación integral del daño que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas les otorgó por las violaciones graves a sus derechos humanos cometidas por autoridad del orden federal.

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En la comaternidad
no es el lazo biológico
lo que determina la filiación
con una de las madres,
sino la voluntad procreacional

Comunicado 121/2020
Ciudad de México, a 8 de julio de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, conoció de un caso relacionado con la guarda y custodia de una menor nacida en el marco de una familia homoparental.

Ello lleva a determinar cómo opera el interés superior de la infancia, en un caso de comaternidad, en el que además se alega que a pesar de haber existido violencia, no se juzgó con perspectiva de género.

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La Segunda Sala decidió dos asuntos
relacionados con la expulsión
de personas indígenas
de sus comunidades en los estados
de Jalisco y Oaxaca

Comunicado 123/2020
Ciudad de México, a 8 de julio de 2020

En sesión celebrada el día de hoy, ocho de julio de dos mil veinte, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió dos asuntos relacionados con la expulsión de miembros de comunidades indígenas, uno del Estado de Jalisco y el otro del Estado de Oaxaca.

En el primer asunto, Amparo en Revisión 1041/2019, unas personas indígenas pertenecientes a una comunidad wixárika de Jalisco, fueron expulsadas de la misma por negarse a llevar a cabo sus prácticas y costumbres, argumentando que era así porque ello iba en contra de su religión, la cual es Testigos de Jehová. La Segunda Sala decidió que si bien las comunidades tenían derecho a expulsarlos para proteger su cultura, religión y subsistencia como comunidad diferenciada, ello no puede llegar al extremo de sacarlos del territorio de la comunidad, pues eso vulneraría su derecho al mínimo vital, dejándolos sin una vivienda digna, pertenencias, y medios de subsistencia.

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Invalida SCJN disposiciones
de la Ley en Materia de Desaparición
de Personas de Chiapas

Comunicado 132/2020
Ciudad de México, a 21 de julio de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó diversas porciones de una disposición de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Chiapas que establecían como normas supletorias a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como al Código Nacional de Procedimientos Penales y los Tratados Internacionales.

El Pleno determinó que la entidad federativa carece de facultades para determinar que la Ley General es supletoria de otra legislación. Aunado a ello, no es posible prever la supletoriedad del Código Nacional de Procedimientos Penales en lo no previsto por la ley local, pues ésta no puede regular cuestiones relacionadas con la investigación, procedimiento y sanción de delitos.

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