La CIDH saluda avances del Estado mexicano para la entrada en funciones del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense

Comunicado 300/20
16 de diciembre de 2020

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión” o “la CIDH”) saluda la aprobación de los términos de referencia de los perfiles para el próximo lanzamiento de la convocatoria para seleccionar a las y los miembros del Grupo Coordinador que creará el plan de trabajo para la entrada en funciones del Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense (MEIF).

La Comisión ha venido dando seguimiento cercano al proceso de creación del MEIF, en particular desde. la audiencia pública celebrada en mayo de 2019 durante el 172 periodo de sesiones en la que el Estado mexicano reconoció la crisis humanitaria en materia de desaparición y emergencia nacional forense en México y anunció su disposición para la creación del mencionado mecanismo. El 9 de diciembre de 2019, tras la celebración de mesas de trabajo entre altas autoridades estatales, familiares de personas desaparecidas y organizaciones de la sociedad civil, con el constante acompañamiento de organismos internacionales, incluyendo a la CIDH, se aprobó el Acuerdo de Creación del Mecanismo Extraordinario. Posteriormente, en su 175 período de sesiones realizado en marzo de 2020, la CIDH convocó a una segunda audiencia pública para dar seguimiento y analizar los avances en la entrada funciones del MEIF, en la que el Estado mexicano se comprometió a crear los perfiles y construir la convocatoria del Grupo Coordinador del MEIF con la participación conjunta de las y los familiares.

La CIDH participa de modo permanente como entidad observadora del comité de seguimiento al proceso de instalación del MEIF y presta su asistencia técnica. En el marco de estas labores, durante las sesiones de los días 7 y 8 de diciembre de 2020 se concluyó el debate de los términos de referencia de los siete perfiles para la contratación del Grupo Coordinador que elaborará el plan de trabajo para la entrada en funciones del MEIF, tal como fue informado públicamente por el Secretaría de Gobernación el 10 de diciembre de 2020 y reiterado por la Secretaría de Relaciones Exteriores en el que además se comunicó de la próxima emisión de la convocatoria para la selección de sus miembros. El Grupo Coordinador estará constituido por siete personas expertas nacionales e internacionales con perfiles en materia forense, jurídica, de cooperación internacional y apoyo psicosocial a las víctimas y sus familiares. A solicitud de las familias, el Estado ha venido avanzando administrativamente para que los integrantes del Grupo Coordinador del MEIF sean contratados a través del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), asegurando el presupuesto público para ello. En este sentido, la CIDH saluda los esfuerzos del Estado mexicano para garantizar y proteger la independencia, así como la autonomía técnica y financiera del MEIF, y llama al Estado a que el proceso de contratación de los miembros del Grupo Coordinador se realice sin contratiempos para su pronta entrada en funciones.

La creación del MEIF ha venido desarrollándose mediante un esfuerzo de concertación importante entre las autoridades estatales, las familias de personas desaparecidas y las organizaciones de derechos humanos especializadas en desaparición forzada, con la observación de entidades internacionales de derechos humanos. La Comisión observa positivamente que el proceso de creación del MEIF está en camino a convertirse en una buena práctica de construcción de una política pública con enfoque de derechos humanos que garantiza el derecho de participación de las familias de personas desaparecidas en la creación de institucionalidad para la búsqueda, identificación y restitución de sus seres queridos, en los términos delineados por el sistema interamericano. Si bien existen atrasos para la conformación del Grupo Coordinador en parte por la consideración especial del tiempo de los procesos altamente participativos, la CIDH alienta al Estado a mantener su actitud constructiva para acelerar los procesos que dependen de su ejecución.

La Comisión recuerda al Estado mexicano que su obligación de búsqueda es de carácter permanente hasta que no se determine la suerte o paradero de la persona desaparecida, o se identifiquen plenamente sus restos y sean restituidos dignamente a sus familiares. La CIDH reafirma que el deber estatal de búsqueda exige la implementación de estrategias integrales que agoten todos los medios y recursos al alcance del Estado para buscar, localizar, liberar, exhumar, identificar y restituir a la personas desaparecidas, por lo cual es indispensable garantizar la coordinación de todos los órganos y entidades cuya cooperación sea necesaria para una búsqueda efectiva, exhaustiva y expedita, así como eliminar los posibles obstáculos internos que impidan dicha coordinación interinstitucional.

Finalmente, la CIDH hace un reconocimiento especial a las familias de personas desaparecidas y a las organizaciones de derechos humanos por su compromiso incansable en su lucha por encontrar a sus seres queridos, así como el constante impulso para lograr la creación y pronta implementación del MEIF. Asimismo, reitera su disposición y compromiso para continuar brindando acompañamiento técnico al proceso de implementación del Mecanismo Extraordinario conforme le sea requerido.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Fuente:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/300.asp
(20/12/20)