Corte Interamericana de Derechos Humanos
Opinión Consultiva
sobre medio ambiente
y derechos humanos
San José, Costa Rica, 7 de febrero de 2018.- La Corte Interamericana reconoció ‘‘la relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos’’, en su Opinión Consultiva OC-23/17 sobre ‘‘Medio Ambiente y Derechos Humanos’’, notificada el día de hoy.
Por primera vez la Corte Interamericana desarrolló el contenido del derecho al medio ambiente sano. En el ámbito interamericano se encuentra regulado, tanto por lo dispuesto en el artículo 11 del Protocolo de San Salvador, como en el artículo 26 de la Convención Americana, que contiene los derechos económicos, sociales y culturales. Igualmente, el Tribunal destacó la relación de interdependencia e indivisibilidad que existe entre los derechos humanos, el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Sigue leyendo
Bolivia cumplió con la sentencia
del Caso Andrade Salmón, relativo
a la injustificada duración
de tres procesos penales y la violación
de los derechos a la propiedad
y a la circulación personal
San José, Costa Rica, – 26 de febrero de 2018.-Bolivia cumplió con todas las reparaciones ordenadas a favor de la víctima del Caso Andrade Salmón Vs. Bolivia en la Sentencia de 1 de diciembre de 2016. Por tanto, la Corte Interamericana decidió dar por concluido y archivar el caso, según señala la Resolución de 5 de febrero de 2018, notificada el día de hoy.
Este caso trata sobre las violaciones al derecho a la propiedad privada, al derecho de circulación y a la garantía del plazo razonable en perjuicio de la señora María Nina Lupe del Rosario Andrade Salmón, en relación con medidas impuestas en el marco de tres procesos penales seguidos en su contra – denominados “Quaglio”, “Luminarias Chinas” y “Gader”- y por la injustificada duración de los mismos. La violación al derecho de propiedad privada se configuró porque, en dos de dichos procesos judiciales, se impusieron medidas cautelares y restrictivas a la propiedad, tales como la fianza, que se extendieron por períodos de tiempo excesivos, afectando el uso y el goce de los bienes de manera injustificada. Asimismo, el Estado violentó el derecho de circulación de la señora Andrade, por la imposición de medidas de arraigo que carecían de fundamentación en dos procesos penales, y que se extendieron por un periodo de tiempo excesivo, sin que se revisaran de manera periódica, por lo que su derecho a salir de La Paz y del país se vio limitado. Sigue leyendo