La Clínica Jurídica del PUDH de la UNAM impulsa en la Suprema Corte de Justicia el reconocimiento de los derechos de las Personas con Discapacidad

En el año 2013 un joven con discapacidad psicosocial notó un error en su acta de nacimiento, acudió a una instancia de gobierno en la Ciudad de México para recibir asesoría, le recomendaron que su familia hiciera un juicio de interdicción para acelerar la corrección del acta. Nunca le explicaron las consecuencias de quedar en estado de interdicción.

Una persona bajo interdicción está impedida para decidir por sí misma: no puede casarse, firmar contratos, adquirir bienes, tramitar una tarjeta de crédito, en pocas palabras, no puede ejercer su voluntad como cualquier otra persona. En este procedimiento, un juez, con base en opiniones médicas, impone que alguien más (un tutor) tome decisiones por la persona interdicta, pues considera que no es apta para ello.

En ese mismo año el joven, a quien llamaremos Juan, y su madre, atendieron la recomendación de la persona servidora pública de la Ciudad de México que lo asesoró. Sin embargo, él se dio cuenta de las consecuencias de la interdicción hasta tres años después cuando el Juzgado le solicitó a su mamá que en su papel de tutora rindiera cuentas sobre los bienes y condición médica de su hijo mayor de edad en estado de interdicción.

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