Sensibilizarse de los derechos de las personas con discapacidad

El estatus que guardan los derechos fundamentales en nuestro sistema constitucional es consecuencia de un prolongado proceso, en el que el tiempo ha permitido que, a partir del entendimiento de nuestra verdadera naturaleza como seres con una dignidad común, inherente a nuestra condición humana, se propicie y consolide, en forma gradual, lo que podríamos llamar como una toma de conciencia sobre los derechos humanos. Conforme a esta noción, las personas con discapacidad merecen respeto a su dignidad inherente y a ejercer todos sus derechos humanos de forma integral e indivisible. Son tanto beneficiarios, como agentes de cambio, y pueden acelerar el avance hacia un desarrollo inclusivo y sostenible, con igualdad de género y no discriminación.

La inclusión de las personas con discapacidad solo puede darse mediante el desarrollo de acciones y programas que abarquen todas las ramas del conocimiento humano, ya que limitar su atención a un modelo médico-asistencial es una clara muestra de que se tiene una visión equivocada y contraria al enfoque social y de derechos humanos.

La atención al tema de la discapacidad es transversal y abarca todos los sectores y órdenes de gobierno; comprende no solo el tema médico y, aun cuando la situación de marginación de las personas con discapacidad hace necesaria la asistencia social, ésta debe proporcionarse bajo una perspectiva de derechos humanos.

El Estado mexicano no puede pasar por alto a los millones de personas con discapacidad, que siguen viendo limitado su potencial para contribuir al desarrollo del país, al negarles el acceso a la salud, la rehabilitación, el entretenimiento, la cultura, la educación, o el empleo, y la oportunidad de realizar los ajustes razonables necesarios para que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente sus derechos.

Sigue siendo indispensable sensibilizar y capacitar a personas servidoras públicas en el modelo de derechos humanos para hacer realidad el paradigma en el que las personas con discapacidad dejen de ser vistas como objetos de caridad y asistencia para convertirse, verdaderamente, en titulares de derechos y obligaciones, respetando sus libertades fundamentales.

Es necesario reiterar que la adopción y entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Convención), tanto a nivel mundial como en nuestro país, ha sido más rápida que la capacidad de la sociedad y gobiernos para hacer suyos los principios y traducirlos en actitudes y políticas públicas que respondan a su objetivo.

La persistencia del modelo médico-rehabilitador en la estructuración e implementación de la política pública dirigida a la población con discapacidad, así como la falta de mecanismos de participación y consulta para que este sector poblacional, sus familias y sus organizaciones, se involucren en los temas que directamente les afectan.

Otros rubros como accesibilidad, acceso a la salud, trabajo, educación, vida independiente, igual reconocimiento como persona ante la ley y participación política, muestran importantes rezagos.

La Federación, las entidades federativas y los municipios deben redoblar sus esfuerzos y redimensionar los programas, presupuestos y acciones que actualmente llevan a cabo para el disfrute pleno de los derechos de las personas con discapacidad, a fin de cumplir con las obligaciones adquiridas por el Estado mexicano.

México fue quien propuso la creación de la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, razón por la cual nuestro país debe reforzar su papel como promotor y defensor de las causas de las personas con discapacidad y generar avances concretos en la observancia y vigencia de sus derechos.

Recordemos que la Convención tiene un carácter vinculante y es imperativa su materialización permanente y progresivamente a través de las administraciones en los tres órdenes de gobierno.

La promoción de los derechos del colectivo de personas con discapacidad se llevará a cabo con actividades como conferencias, coloquios, foros, congresos, conversatorios, entre otras. Se deben difundir los derechos de las personas con discapacidad a través de medios digitales, escritos, televisivos y radiofónicos.

El Programa Universitario de Derechos Humanos dará su mayor esfuerzo, compromiso y trabajo para generar una auténtica toma de conciencia sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad como sujetos de derechos.

Los editores

Necesarias reflexiones sobre el lenguaje LGBTI1

Por Ismael Eslava Pérez *

En días pasados en una reunión con estudiantes de posgrado se tocó el tema de la diversidad sexual y mi sorpresa fue el desconocimiento sobre la terminología empleada al respecto, razón por la cual he considerado importante en esta ocasión referirme a un glosario en cuya presentación participé con algunas reflexiones que a continuación presento.

La promoción, defensa y protección de los derechos humanos, bajo los principios de igualdad y no discriminación, enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, equiparación de oportunidades, acceso a la información y rendición de cuentas, es un compromiso indeclinable de las instancias del Estado y de gobierno, así como de la sociedad en general. Bajo este paradigma, el año pasado se dio a conocer el “Glosario LGBTTTI” resultado de un esfuerzo conjunto del Poder Judicial de la Ciudad de México y la organización civil Ledeser, que tuvo y tiene como finalidad: i) sensibilizar y comprender de manera sencilla la terminología LGBTI; ii) ser una herramienta eficaz para las personas servidoras públicas de la instancia de impartición de justicia de la Ciudad de México en el desarrollo de sus funciones y en el abordaje de temas relacionados con las poblaciones LGBTI; iii) contribuir a la erradicación de prácticas discriminatorias en nuestro país por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género, e iv) implementar una estrategia didáctica para conocer y entender la terminología empleada en un tema de la mayor importancia como lo es la diversidad sexual y su estrecha vinculación con los derechos humanos.

En su momento celebré y felicité a las instancias realizadoras por demostrar su sensibilidad en el tratamiento de estos tópicos, siendo el caso que es conveniente insistir en la importancia que reviste conocer el lenguaje LGBTI, destacando que la relevancia de este tema radica en los cambios de paradigma que se han observado en los últimos años frente las poblaciones lésbico, gay, bisexual, travesti, transgénero, transexual e intersexual, cuyos integrantes son titulares plenos de derechos, sin embargo, sus derechos humanos no siempre son reconocidos y respetados.

Con motivo de la reforma constitucional de junio de 2011 en materia de derechos humanos, se fortaleció la obligación del Estado de proteger y dar cumplimiento efectivo a los derechos humanos y la inclusión de todas las personas, como parte de una Agenda Pública Nacional que debe procurar la construcción de una sociedad igualitaria y plural donde tengan cabida, sin discriminación alguna, las diversas voces y manifestaciones de los distintos grupos de la población.

Si bien es cierto que los derechos humanos son, por antonomasia, universales, en la realidad no todas las personas cuentan con las mismas condiciones para acceder a su goce y ejercicio, sea por factores históricos, políticos, económicos y sociales, y muchas de ellas han padecido y siguen padeciendo -indebidamente- procesos de exclusión cuyas causas de origen son complejas, pero que convergen en un punto en común: los prejuicios, los estereotipos y la imposición de relaciones de poder desventajosas entre diversos sujetos. Tal es el caso de las poblaciones lésbico, gay, bisexual, travesti, transgénero, transexual e intersexual, quienes enfrentan hoy en día dificultades para el ejercicio de sus libertades y derechos, a causa de la persistente discriminación en su contra basada en creencias e incluso mitos que lo único que revelan es la incomprensión y desconocimiento de la amplia diversidad de expresiones de la individualidad humana. De ahí la importancia del Glosario al que se ha hecho referencia.

El artículo 1º de la Constitución General de la República prohíbe toda forma de discriminación, incluyendo desde luego, la que se basa en el sexo, el género, la identidad y orientación sexual. No obstante, el avance en el reconocimiento y cumplimiento de los derechos de las personas LGBTI, ha sido desigual en las entidades federativas, toda vez que en múltiples casos prevalecen los prejuicios y estigmas contra las estructuras familiares distintas a la heterosexual, así como el rechazo a la diferencia.

A nivel internacional no existe algún instrumento vinculante que reconozca los derechos de las poblaciones LGBTI como grupo específico; no obstante, a través de la suscripción de diversos documentos como la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, México se ha comprometido a eliminar la pobreza, el hambre y la desigualdad; mejorar el acceso a la salud y la educación, así como lograr la paz y la justicia para todas y todos, pues es imposible construir una sociedad igualitaria si algunos grupos sociales se ven privados de sus derechos humanos, la dignidad y las oportunidades.

La orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los Principios de Yogyakarta, pues ambos coinciden en que los Estados deben abstenerse de realizar acciones discriminatorias de hecho o derecho por esos motivos.

En adición, diversas recomendaciones y observaciones generales emitidas por organismos internacionales encargados de vigilar el cumplimiento de los convenios y tratados en materia de derechos humanos, y a nivel regional, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen la ruta a seguir por parte del Estado mexicano para erradicar la discriminación, violencia y negación de los derechos de las personas de la diversidad sexual. Por ejemplo, la Observación General número 20 del Comité de los Derechos del Niño relativa a la efectividad de los derechos del niño durante la adolescencia, reconoce que las personas adolescentes tienen derecho a la libertad de expresión y a que se respete su integridad física y psicológica, su identidad de género y su autonomía emergente y condena la imposición de tratamientos forzados que pretendan cambiar su orientación sexual. Por ello, ese organismo insta a los Estados parte a que deroguen todas las leyes que criminalicen o discriminen a las personas en razón de su orientación sexual, su identidad de género o su condición de personas intersexuales, y aprueben leyes que prohíban la discriminación por esos motivos.

A nivel regional, la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -OC 24/17-, supone una importante definición y reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI, ya que afirma que la igualdad es inseparable de la dignidad de la persona, frente a la cual es incompatible toda situación que privilegie a un determinado grupo de ellas por considerarlo superior, o bien, lo trate con hostilidad o lo discrimine del goce de derechos por estimar que es inferior.

Asimismo, la Corte Interamericana refiere que los Estados están obligados a adoptar medidas positivas para revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes en sus sociedades, lo cual implica un deber especial de protección que debe ejercer con respecto a actuaciones y prácticas de terceros que, bajo su tolerancia o aquiescencia, creen, mantengan o favorezcan las situaciones discriminatorias.

Nuestro país ha suscrito numerosos tratados y convenciones que reconocen derechos humanos, los cuales son, por virtud del artículo 1º de la Constitución, normas de derecho interno de fuente internacional respecto de las cuales el Estado mexicano tiene la obligación de armonizar todo el marco normativo a efecto que sea acorde a los estándares constitucionales y convencionales, para que todas las personas, sin importar en qué parte del territorio se encuentren, gocen de idénticas prerrogativas y protección.

La armonización legislativa en materia de derechos humanos contribuye a que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de las entidades federativas, tengan la misma base para establecer los mecanismos para su justiciabilidad y exigibilidad, previniendo antinomias y lagunas en el sistema jurídico que puedan derivar en un estado de indefensión de las y los gobernados.

El respeto a la dignidad humana es objetivo fundamental de todo Estado democrático y constitucional de derecho, del cual además deriva la obligación de garantizar condiciones idóneas para la plena realización de los proyectos de vida de las personas que lo integran. Ese reconocimiento del valor intrínseco del ser humano, sin distinción de ninguna índole e incorporado en nuestra máxima norma jurídica, posee fuerza vinculante para las autoridades del Estado mexicano, quienes deben considerar a las y los sujetos de derechos, el centro de su actuación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que “…la dignidad humana no es una simple declaración ética, sino que se trata de una norma jurídica que consagra un derecho fundamental a favor de la persona y por el cual se establece el mandato constitucional a todas las autoridades, e incluso particulares, de respetar y proteger la dignidad de todo individuo, entendida ésta -en su núcleo más esencial- como el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada”.

Cumplir los mandatos constitucionales de observancia, protección, promoción y defensa de los derechos humanos y, por tanto, la salvaguarda de la dignidad de las personas constituye un deber estatal permanente que no se limita a la declaración abstracta de su acatamiento, sino que debe traducirse en acciones, planes, programas y políticas públicas concretas que hagan realidad la igualdad material entre los gobernados.

Para lograrlo, es necesario considerar que México es un país cuyos índices de desigualdad y de pobreza alcanzan a más del 50% de la población, razón suficiente para que la planeación del desarrollo nacional contemple la diversidad de contextos de vida y situaciones que enfrentan los distintos grupos poblacionales para acceder al goce y ejercicio de sus derechos.

Resulta contradictorio que, frente a los avances normativos en materia de derechos humanos, existan prácticas cotidianas de discriminación, por lo que se requiere que tenga mayor penetración social el concepto tolerancia, entendido como el ámbito bajo el cual se debe desarrollar cualquier relación humana, capaz de entender que los asentimientos y los disentimientos son parte de la esencia cotidiana, sin embargo, sería erróneo no reconocer que desafortunadamente aún persisten prácticas discriminatorias en nuestro país por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género que tienen su origen, entre otros factores, en la idiosincrasia, en la falta de información, en la ignorancia y en educaciones intolerantes heredadas, conductas todas que hoy en día mantienen una reticencia social por reconocer que nuestra riqueza cultural y cognoscitiva florecerá precisamente bajo esa diversidad.

Debemos tener presente que “Estigmatizar a un grupo por su orientación sexual y por llevar a cabo prácticas que no son ilegales ni ilícitas en ninguna parte del país, no sólo atenta contra la dignidad humana, sino que llega a provocar actos de discriminación que aíslan a las personas impidiendo el desarrollo normal de su personalidad y, en casos extremos, provoca que sean víctimas de delitos y crímenes que, en muchos casos, quedan en la impunidad. Por ello, se deplora cualquier acto de homofobia, transfobia, bifobia y lesbofobia por acción u omisión; nadie tiene que vivir su orientación sexual, su identidad o expresión de género en la oscuridad y nadie tiene que sufrir consecuencias negativas en el ámbito de la educación, el empleo y ni siquiera en el familiar o social por tener una preferencia sexual distinta a la hegemónica”.[2] Espero que cotidianamente se generen acciones que permitan erradicar el terrible flagelo del estigma y discriminación contra las poblaciones LGBTI, a fin de que sus derechos sean realmente ejercidos y su dignidad firmemente respetada.


* Secretario Académico del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM.

Se utiliza el acrónimo LGBTI en virtud de que conjunta los diversos grupos que no se ajustan a las convenciones tradicionales por su orientación, identidad o expresión de género, o bien por su condición biológica reconocidas en el orden jurídico. Lo anterior sin desconocer la utilización del acrónimo LGBTTTI que se encuentra referenciado en documentos normativos y programáticos de la Ciudad de México.

[1] Eslava Pérez, Ismael, “Derechos humanos, poblaciones LGBTI y covid-19”, en Revista electrónica Perseo del Programa Universitario de Derechos Humanos, UNAM, número 88, junio 2020.

[2] Eslava Pérez, Ismael, “Derechos humanos, poblaciones LGBTI y covid-19”, en Revista electrónica Perseo del Programa Universitario de Derechos Humanos, supra nota 1.

Conmemoraciones Internacionales

Por Mario Alberto Naranjo Ricoy

Además de noticias sobre avances y retrocesos ocurridos en el mundo en el campo de los derechos humanos, el mes de febrero nos trae efemérides que tratan algunos de los múltiples temas de esta fértil materia. Los retos continúan siendo grandes y es preciso continuar con el empeño de que las máximas prerrogativas inherentes a la dignidad de la persona sean vigentes para todas y todos.

Uno de los aspectos que tratan las efemérides de este mes es el relativo a la fraternidad humana (4 de febrero), elemento imprescindible para lograr la paz al interior de las sociedades y entre las naciones. Los otros dos temas que merecen destacarse este mes son relativos a la salud y el respeto al cuerpo de la mujer mediante la erradicación absoluta de la mutilación genital femenina (6 de febrero) y el del fomento de la participación de mujeres, niñas y adolescentes en aquellos campos científicos en los que aún tienen poca participación (11 de febrero).

4 de febrero. Día Internacional de la Fraternidad Humana

La fraternidad, si se vuelve práctica constante, genera tranquilidad y reduce el conflicto social. A nivel mundial, la sociedad internacional necesita ponerla en acción, sobre todo en un contexto como el actual, en el que las tensiones y los problemas derivados de la contraposición de intereses geopolíticos entre las grandes potencias corre el riesgo de derivar en una conflagración mundial con resultados devastadores.

La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la celebración de este Día Internacional a partir del año pasado, por lo que este es el segundo año de su celebración. Este acto tiene gran importancia, pues la fraternidad implica una cultura de paz cuyos componentes esenciales son, según la ONU, una serie de valores, actitudes, comportamientos y modos de vida basados en: 1) el respeto a la vida y la promoción de la no violencia mediante el diálogo y la cooperación; 2) el respeto a la soberanía, independencia e integridad territorial de los Estados; 3) el respeto pleno y la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 4) la promoción del desarrollo y la igualdad de género; 5) la adhesión a los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia, solidaridad, cooperación, diálogo y entendimiento, entre otros puntos.

6 de febrero. Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina

En 2022, la ONU estima que cerca de 4,2 millones de niñas en el mundo están en riesgo de sufrir ablación o mutilación genital femenina. La ablación consiste en la alteración, lesión y/o mutilación de los genitales femeninos por supuestas razones médicas, religiosas o culturales. Los efectos ominosos de esta práctica sobre la salud de mujeres y niñas genera malestares físicos y psicológicos como dolor crónico, sangrado, infecciones, mayor riesgo de contraer VIH, depresión y ansiedad. Por todo ello, desde ningún punto de vista es posible negar que la ablación es un atentado al cuerpo, la salud, la integridad y la dignidad de la persona.

Los esfuerzos de la Organización de las Naciones Unidas para erradicar la mutilación genital femenina incorporan temas como el respeto a los derechos humanos de mujeres y niñas, la educación sexual y reproductiva de la población, la igualdad de género y la atención a las víctimas. Sin embargo, durante los últimos años, en particular después de la pandemia de COVID-19, se ha generado una alarmante tendencia hacia la medicalización de esta práctica atroz, es decir, el personal sanitario ha intervenido en su realización. Si la comunidad internacional no retoma este tema en su agenda, es poco probable que se logre erradicar en 2030, según lo establecido en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5.

11 de febrero. Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia

A través de los siglos, muchos son los ámbitos en los que las mujeres, niñas y adolescentes han sido relegadas socialmente. A pesar de que cuentan con antecedentes tan antiguos e impresionantes como Hipatia de Alejandría o Madame Curie, la ciencia es uno de esos espacios sociales en los que ellas han ingresado  a través de mucho esfuerzo, superando obstáculos pero todavía el reto es amplio.

Actualmente, ni siquiera la tercera parte de los investigadores y científicos son mujeres. Asimismo, sólo 30% de las estudiantes eligen estudios superiores en los campos de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM). Por si fuera poco, la proporción de mujeres en algunas áreas como las ingenierías o la de Tecnologías de la Información y la Comunicación es verdaderamente raquítica.[1] Los gobiernos, los organismos internacionales y la sociedad civil deben interactuar y cooperar en el diseño e implementación de políticas destinadas a lograr que las mujeres y las niñas tengan pleno acceso a las ciencias, con la  finalidad de que participen, colaboren y contribuyan en la producción de estos conocimientos, se desarrollen personal y profesionalmente, poniendo sus talentos al servicio de sus sociedades y orientándolas hacia la plena igualdad de derechos y oportunidades para todas y todos.


[1] UNESCO, “Día internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia”. Disponible en: https://es.unesco.org/commemorations/womenandgirlinscienceday (última consulta: 02/02/22).

El ser y el deber ser de la Universidad Nacional Autónoma de México (fragmento)

IV. Excelencia académica y democracia

En contra de un proyecto de Universidad que entroniza la mediocridad, el mínimo esfuerzo, la apatía y el desinterés como principios supremos, con el subyacente fin de crear condiciones propicias a la manipulación política, se presenta uno que se le opone frontalmente; la Universidad de elevada matrícula que se rige por el desiderátum de la excelencia académica; que en lugar de requisitos y exigencias mínimos, busca el cumplimiento óptimo de los fines y funciones propios de la institución en su conjunto y de cada uno de los sectores e individuos que la integran. La excelencia que pretende alcanzar la Universidad ha de manifestarse en la definición de las más altas metas y objetivos que deben cumplir todos sus integrantes dentro de las posibilidades de la Institución y del país, y en la creación de las condiciones para lograrlos.

La excelencia que debemos propiciar todos los miembros de la comunidad reside en trabajar, cualquiera que sea la tarea que tengamos encomendada hasta límite de nuestras capacidades y poniendo en juego todos nuestros conocimientos, habilidades y experiencias.

La realización de este proyecto requiere valentía para no arrendarse frente a los obstáculos, decisión para superar los problemas, confianza en las capacidades de los universitarios, sentido de solidaridad para seguir todos juntos este magno propósito.

Únicamente dicho proyecto que garantiza la realización de lo que no es propio como personas y como Institución, es el que sirve al pueblo de México. Sólo a los grupos más retrógrados conviene una Universidad con bajos niveles académicos. Esta ni posibilita la movilidad social de sus miembros, ni la soberanía nacional.

La UNAM debe, a partir de la búsqueda de la excelencia académica, crear condiciones propicias al desarrollo de todos sus miembros, compensar en parte las desigualdades sociales, ofrecer apoyos a los alumnos que demuestren capacidad, y contribuir a evitar los fracasos escolares como fenómeno de injusticia y de desperdicio de recursos humanos de gran valor potencial para nuestro país.

La UNAM es al propio tiempo una Institución democrática y democratizadora; desea formar a sus miembros sin distinción de origen, raza, sexo o credo; se empeña en garantizar una enseñanza de calidad que propicie la movilidad social con base en el esfuerzo personal, al insertar en la sociedad a egresados bien preparados. Además, directa o indirectamente, la investigación que se realiza en el ámbito universitario aporta soluciones a problemas que afectan a la sociedad, y la difusión de la cultura que hace la Institución pone al alcance de un público amplio los beneficios del saber en general.

Por otra parte, desde su fundación, se le asignó a la Universidad la encomienda de contribuir a realizar el ideal político y social enunciado en términos de democracia y libertad.

La UNAM procura el cultivo de todas las ciencias, el análisis crítico de todas las ideologías; asimismo, a lo largo de su historia, se ha esforzado por propiciar en su ámbito las condiciones que hacen posible la vida democrática: la libertad de opinión, de reunión y de asociación, la tolerancia, el debate racional de las ideas. Asumir la democracia como forma de convivencia, significa aceptar la pluralidad y el diálogo como elementos fundantes de un consenso donde prevalezca la razón. La verdadera democracia se aparta del asambleísmo que pretende la manipulación de las voluntades, la sustitución de la voluntad real de la comunidad por la de una minoría de activistas, o el reemplazo de los argumentos por actitudes de fuerza o de facto.

En la Universidad, el proceso de democratización se enriquece con la participación de los universitarios en sus cuerpos colegiados, los cuales constituyen instancias de decisión y autoridad que atienden al cumplimiento de los fines asignados a la Institución. En la medida que la mayoría de los organismos colegiados son representativos, la participación en ellos es una forma de práctica democrática.

No corresponde a la Universidad ser un ariete que se utilice para golpear al sistema político. Tampoco puede concebirse la existencia de una Universidad progresista y de avanzada, si ella no cuenta con los niveles adecuados en materia académica. El ideal de una universidad crítica no es compatible con una práctica dogmática y sectaria, ni con resultados decrecientes en calidad y cantidad.

La Universidad no puede renunciar a su obligación de ocuparse de la política, en cuanto a examinar críticamente y formular conclusiones acerca de los problemas de la sociedad. En este sentido, la dimensión política de la Universidad se afinca en su Ley Orgánica.

El ejercicio de la política en el Universidad ha de tender a la superación de ésta, a cumplir de mejor manera los fines que le son propios y no a satisfacer propósitos de las organizaciones y partidos políticos. No se trata de utilizar a la Institución para el logro de los fines particulares de este o aquel grupo en su búsqueda de poder, sino de definir, de modo concertado, una política académica que permita la superación de la Universidad y el debate con argumentos académicos sobre las diversas opciones sociales y políticas para el futuro de nuestra sociedad

Fuente:
Carpizo, Jorge, “El ser y el deber ser de la Universidad Nacional Autónoma de México”, en Los derechos humanos en la obra de Jorge Carpizo. México, Defensoría de los Derechos Universitarios – UNAM, 2015, pp.153-196. Versión electrónica disponible en: https://www.defensoria.unam.mx/publicaciones/DHCarpizo.pdf
(última consulta: 12/11/21).

30 lecciones de democracia, por Giovanni Sartori

Lección 11
Democracia antigua y moderna

Hay una profunda diferencia entre la democracia tal y como la entendían los antiguos y la democracia de los modernos. En ambas el principio de legitimidad es el mismo, pero todo lo demás es distinto. La primera es un ejercicio propiamente dicho, y en ese sentido “directo” del poder, mientras que la segunda es un sistema de “control” y de limitación del poder. La primera no prevé representación, mientras que la segunda se basa en la transmisión representativa del poder.

A primera vista, un sistema fundado en la participación directa de los ciudadanos puede parecer más auténtico y también más fiable que un sistema que se deja en manos de unos representantes. En realidad, las polis y los ayuntamientos medievales tuvieron una existencia efímera y turbulenta. Digo polis porque el referente de la democracia antigua no fue en absoluto una “ciudad-Estado”, como se suele decir erróneamente, sino más bien una “ciudad-comunidad”, una ciudad sin Estado.

Hasta el siglo XVI, “estado” (con “e” minúscula) indicaba una situación cualquiera, y en especial una condición, un estado social, una clase. Maquiavelo es quien introduce por primera vez el uso contemporáneo de la palabra al escribir al comienzo de El príncipe: “Todos los Estados, todos los dominios que han tenido y tienen imperio sobre los hombres, son repúblicas o principados”.

La consolidación de ese nuevo concepto fue lentísima, a la par de la larguísima constitución de la cosa. Incluso el Estado del absolutismo monárquico era sólo un Estado “patrimonial”, cuyo patrimonio se invertía en primer lugar en pagar a los soldados que tenían que guerrear para defenderlo y para expandirlo. La palabra Estado se vuelve importante y necesaria sólo cuando empieza a designar una presencia estructural del poder político y un control efectivo de esa entidad sobre todo un territorio sometido a su jurisdicción. Para llegar a eso hay que esperar al siglo XIX; y es sólo con la Primera Guerra Mundial cuando el Estado que nosotros conocemos, el Estado como complejo y vastísimo conjunto de mando, administración y legislación, alcanza su plena madurez.

Volvamos a los griegos. Su vida política se resuelve, como decía, en la polis, en la “pequeña ciudad” constituida en comunidad. Su democracia era una democracia sin Estado, y por tanto también sin extensión territorial. En Atenas vivían como mucho 35,000 personas, y los ciudadanos que participaban en la asamblea popular eran entre dos y tres mil, raramente entre cuatro y cinco mil. Por consiguiente, el primer límite de aquella democracia es que requiere, inevitablemente, una extensión reducida, reducidísima. En Atenas, las decisiones se adoptaban en parte por aclamación y en parte por un consejo de 500 miembros, y por último por una variedad de magistraturas: magistraturas que se atribuían por sorteo y en una rapidísima rotación. Lo que da lugar a una configuración horizontal (más que vertical) de la política, cuyo estado de carencia de un Estado conlleva la necesidad de seguir siendo una ciudad, de seguir siendo pequeña.

La polis democrática floreció, pero por la misma razón pereció, por su incapacidad de crecer, porque estaba condenada al espacio que la instituía y la hacía posible. Para “carecer de Estado” también hace falta “carecer de extensión”. Pero la ciudad sin territorio no es una entidad vital. Se vuelve vital cuando la democracia “en pequeño” se transforma en el Estado democrático.

Para llevar a cabo esta transición de la ciudad al Estado sin perder la democracia hicieron falta más de dos mil años. Y durante ese larguísimo intervalo dejó de hablarse de democracia. Para designar el régimen óptimo, la forma política ideal, se decía res publica, “cosa pública”. Y decir “república” es muy distinto a decir “democracia”.

En 1795, Immanuel Kant criticaba a quienes habían empezado a “confundir la Constitución republicana con la democrática”, y observaba que -por lo que se refiere al ejercicio del poder- todo régimen es “republicano o despótico”, y que la democracia “es necesariamente un despotismo”. Y el juicio de los constituyentes estadounidenses no era muy diferente. Pregunta: ¿cómo es posible que un término que hoy nos es tan querido estuviera tan mal visto durante tanto tiempo?

Si la historia de las palabras y de sus significados refleja la historia a secas, el rechazo de la palabra democracia hasta el siglo XIX atestigua lo memorable y definitivo que fue el derrumbe de la democracia antigua.

Y si el término vuelve a emerger cuando lo hace, es para designar una realidad totalmente nueva, totalmente inédita. Nuestras democracias son, en realidad, democracias liberales, y la democracia que practicamos es la democracia liberal. Que es una democracia representativa también en el sentido de que no es una democracia “inmediata”, sino, por el contrario, completamente entretejida de mediaciones. Así, mientras la democracia de los antiguos (al igual que todos los directismos posteriores) se traduce en decisiones de suma cero, la democracia de los modernos se traduce en decisiones de suma positiva. La primera subdividía el demos entre vencedores y vencidos, la segunda permite que todo el mundo consiga algo. Yo diría que es mejor.

Fuente:
Sartori, Giovanni. La democracia en 30 lecciones. México, Taurus, 2009, pp. 57-61.

Organización de las Naciones Unidas

Con planificación, las ciudades de América Latina pueden reducir a la mitad su consumo de recursos para 2050

05 de enero de 2022

  • Si implementan medidas de circularidad, conectividad y restauración de ecosistemas, pueden reducir a la mitad el uso de combustibles fósiles, minerales y alimentos y, al mismo tiempo, combatir la pobreza y la desigualdad, afirma un informe de la agencia medioambiental de la ONU.

Las ciudades de América Latina y el Caribe consumirán en 2050 entre dos y cuatro veces más recursos de lo que es sostenible si no optan por una planificación integral y aumentan la eficiencia de sus sistemas y la circularidad, advierte un estudio reciente elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

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Expertos condenan las “violaciones implacables” de derechos humanos y la impunidad en la prisión de Guantánamo

10 de enero de 2022

  • A veinte años de la llegada de los primeros detenidos al enclave estadounidense en Cuba, los relatores destacaron las detenciones arbitrarias sin juicio y la tortura perpetrada en esa base militar durante ese periodo. Asimismo, repudiaron la impunidad de los responsables de esos abusos.

Un grupo de expertos de la ONU en derechos humanos* condenó este lunes el centro carcelario de Guantánamo, afirmando que se trata de un lugar donde se cometen violaciones implacables y continuas de las garantías fundamentales de los detenidos y que constituye una mancha en el compromiso del gobierno de Estados Unidos con el estado de derecho.

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América Latina: El personal de la salud muestra elevados niveles de depresión y pensamiento suicida debido a la pandemia

13 de enero de 2022

Sin embargo, solo un tercio de los que necesitaban ayuda psicológica la recibieron y no en todos los países, de acuerdo con un estudio que cuenta con la colaboración de la agencia para la salud de la ONU en el continente americano.

Los trabajadores de la salud de once países de América Latina presentan elevadas tasas de síntomas depresivos, pensamiento suicida y malestar psicológico, según los resultados de un estudio liderado por las universidades de Chile y Columbia, con la colaboración de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

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Guterres: Un sistema financiero corrupto, el cambio climático y la pandemia, tres de las cinco emergencias sobre las que actuar inmediatamente

21 de enero de 2022

  • La falta de regulación del ciberespacio y los conflictos violentos son los otros dos problemas más críticos de la humanidad en este momento. Los cinco evidencian el fracaso de la gobernanza global, afirma el líder de la ONU al exponer las prioridades de su agenda para 2022.

“El COVID-19 sigue trastornando vidas, planes y esperanzas. La única certeza es más incertidumbre. Mientras tanto, las desigualdades crecen. La inflación está aumentando. La crisis climática, la contaminación y la pérdida de biodiversidad continúan. Nos enfrentamos a un caldero de inestabilidad política y feroces conflictos. La desconfianza entre las potencias mundiales está alcanzando un punto álgido. Y la supercarretera de la información se atasca de odios y mentiras, dando oxígeno a los peores impulsos de la humanidad”, advirtió este viernes el Secretario General de las Naciones Unidas.

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La educación debe estar en el centro de la recuperación

24 de enero de 2022

  • En esta época excepcional, no podemos seguir haciendo lo mismo de siempre.  Si queremos cambiar el rumbo, debemos repensar la educación y rediseñar los sistemas educativos nacionales de aquí a 2030, dice la ONU en la jornada mundial dedicada a ese derecho humano y bien público.

La pandemia de COVID-19 ha acentuado las desigualdades flagrantes y ha acelerado la polarización en un mundo que ya sufría por los daños infligidos al planeta, los conflictos y las crisis humanitarias, colocando a la humanidad en un punto de inflexión que plantea dos opciones: seguir por un camino insostenible o dar un giro radical del rumbo.

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Mitos y verdades sobre la variante ómicron del COVID-19

Desde que ómicron fue declarada variante de preocupación, el 26 de noviembre de 2021, han surgido una gran cantidad de especulaciones, suposiciones y mitos, lo que dificulta tanto a los ciudadanos como a los gobiernos tomar decisiones. Aquí encontrarás la última información contrastada por la Organización Mundial de la Salud.

Las especulaciones sobre ómicron se propagan casi a la misma velocidad que la última variante de preocupación del coronavirus.

Los datos epidemiológicos más recientes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) muestran que estamos asistiendo a un rápido aumento de la tasa de infección de COVID-19 en todo el mundo.

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Los casos de COVID-19 en los países de América alcanzan su nivel más alto hasta la fecha

26 de enero de 2022

  • La agencia sanitaria regional de la ONU avisa que una de las consecuencias de la baja vacunación es la aparición de brotes de enfermedades que durante años habían estado bajo control: un brote de sarampión en Brasil y la transmisión de la difteria, una enfermedad que amenaza el crecimiento y el desarrollo de los niños, en Haití y la República Dominicana.

Mientas la notificación de nuevos casos de COVID-19 en América durante los últimos siete días alcanzó cotas inéditas con la detección del virus en más de ocho millones de personas, el mayor registro desde el inicio de la pandemia, la Organización Panamericana de la Salud alertó este miércoles que los niños que viven del continente se enfrentan a otro peligro aparte del coronavirus: la caída de los niveles de vacunación.

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Sube la extrema pobreza en América Latina a niveles no vistos en casi 30 años

27 de enero de 2022

  • Cinco millones de personas más en el continente entraron en la pobreza extrema en 2021, que ya ha alcanzado los 86 millones. Mientras que se estima que la tasa de pobreza general habría disminuido levemente, del 33,0% al 32,1% de la población, situándose en los 201 millones.

La crisis sanitaria permanece vigente y América Latina y el Caribe es la región más vulnerable del mundo en esta pandemia. Esa crisis de salud se ha convertido en una crisis social, llevando la tasa de pobreza extrema en América Latina del 13,1% de la población en 2020 al 13,8% en 2021, un retroceso de 27 años, informó este jueves la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

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Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CIDH presenta caso de Chile ante la Corte IDH sobre aplicación de “media prescripción” a delitos de lesa humanidad

Comunicado No. 007/22
10 de enero de 2022

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el 19 de noviembre ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso Arturo Benito Vega González y otros, respecto de Chile, por la aplicación de la “media prescripción” o “prescripción gradual” en 14 procesos penales sobre delitos de lesa humanidad perpetrados contra 48 personas en el contexto de la dictadura cívico-militar chilena.

La Corte Suprema de Justicia chilena, actuando como tribunal de casación penal en dichos procesos, redujo las penas impuestas a los responsables de los hechos, aplicando por primera vez la circunstancia atenuante de “media prescripción” o “prescripción gradual”, consagrada en el artículo 103 del Código Penal chileno. Dicha disposición es aplicable cuando el acusado se presenta o es hallado luego de haber transcurrido la mitad del tiempo asignado para la prescripción de la acción penal, que, en el caso de los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado, era de 5 años y 7 años y medio respectivamente.

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La Relatoría Especial condena los asesinatos de los periodistas José Luis Gamboa Arenas y Alfonso Margarito Martínez Esquivel en México

Washington D.C.
Comunicado R16/22
21 de enero de 2022

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena los asesinatos de los periodistas José Luis Gamboa Arenas, en la ciudad de Veracruz, y Alfonso Margarito Martínez Esquivel, en la ciudad de Tijuana. Esta Oficina urge al Estado a investigar los hechos con la máxima diligencia, sancionar a los responsables, y redoblar sus esfuerzos para hacer efectivo el respeto y la garantía de derechos humanos de las personas periodistas.

Según la información disponible, el periodista José Luis Gamboa Arenas habría muerto el 10 de enero de 2022 tras haber sido víctima de un ataque en el puerto de Veracruz. José Luis Gamboa se desempeñaba como director general del diario digital El Regional del Norte – Inforegio, donde reportaba sobre temas de interés público local. Asimismo, era conocido por compartir información y análisis sobre temas políticos en sus redes sociales. Según informó públicamente el gobernador del Estado de Veracruz, la principal línea de investigación en curso sería la labor periodística como posible móvil de asesinato.

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CIDH, RELE y ONU-DH México condenan el asesinato de la periodista Lourdes Maldonado

Comunicado No. 020/22
28 de enero de 2022

Washington, D.C./ Ciudad de México – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) condenan el asesinato de la periodista Lourdes Maldonado López en la ciudad de Tijuana, el tercer asesinato de periodistas registrado en México en lo que va del año 2022. Al mismo tiempo, instan al Estado a investigar de forma pronta, seria e imparcial los hechos, determinar la relación que podría tener con su labor periodística, y a reforzar los mecanismos de prevención y protección a las personas que ejercen el periodismo.

Lourdes Maldonado cubría temas policiales, de corrupción y de política local en el estado de Baja California desde hace más de 20 años; a lo largo de su trayectoria, trabajó para distintos medios locales y nacionales, además de conducir programas de noticias en radio y televisión. Al momento de su muerte tenía un espacio informativo propio sobre diversos temas de interés público.

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Corte Interamericana de Derechos Humanos

México es responsable por las graves falencias ocurridas en la investigación de la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa

San José, Costa Rica, 19 de enero de 2022. – En la Sentencia notificada en el día de hoy en el Caso Digna Ochoa y familiares Vs. México, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró a México responsable internacionalmente por las graves falencias que tuvieron lugar en el marco de la investigación de la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa y Plácido ocurrida el 19 de octubre de 2001. En el presente caso, el Estado realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad internacional.

Respecto a la investigación de la muerte, la Corte señaló, tal y como así lo reconoció el Estado, que hubo numerosas falencias en el manejo de la escena del crimen y, especialmente, en la documentación de esta, así como en la necropsia médico legal. Además, el Tribunal determinó que la investigación relativa a las circunstancias de la muerte de la señora Ochoa estuvo sesgada, desde el principio, por la aplicación de estereotipos de género, donde se apelaban a aspectos íntimos y personales de la defensora, todo ello con el objetivo de cuestionar su credibilidad. Adicionalmente, concluyó que México también violó el plazo razonable por la investigación de los hechos. A su vez, la Corte indicó que, como resultado de la deficiente investigación y el discurso de los agentes estatales encaminada a denostar su imagen pública, también se afectó el derecho a la honra y dignidad de la defensora.

Por otro lado, la Corte concluyó que la muerte de la señora Digna Ochoa se inscribió dentro de un contexto generalizado de impunidad por los homicidios de defensoras y defensores de derechos humanos que ocurrían en la época de los hechos del presente caso en México y que vino precedida de años de amenazas ejecutadas contra ella. Lo anterior sumado a la investigación “absolutamente deficiente” de su muerte por parte de las autoridades mexicanas, no permitió arrojar luz sobre las circunstancias particulares que rodearon su muerte y, por tanto, constituyó, en sí misma, una violación a la obligación de garantizar el derecho a la vida de la señora Digna Ochoa. Además, se violó el derecho a la verdad de sus familiares.

La Corte ordenó al Estado la adopción de diversas medidas de reparación, entre otras, (i) promover y continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar las circunstancias de la muerta de la señora Digna Ochoa y, en su caso, juzgar y eventualmente sancionar a la persona o personas responsables de su muerte; (ii) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; (iii) crear un reconocimiento en materia de defensa de derechos humanos que llevará el nombre “Digna Ochoa y Plácido”; (iv) diseñar e implementar una campaña para reconocer la labor de las defensoras y defensores de derechos humanos; (v) otorgar el nombre de “Digna Ochoa y Plácido” a una calle en la ciudad de Misantla, estado de Veracruz, así como en la Ciudad de México; (vi) elaborar un plan de fortalecimiento calendarizado del “Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas”; (vii) crear e implementar un “Mecanismo de Protección de Testigos que intervengan en el Procedimiento Penal”; (viii) elaborar, presentar e impulsar una iniciativa de reforma constitucional para dotar de autonomía e independencia a los Servicios Periciales; (ix) elaborar, presentar e impulsar una iniciativa de reforma a la “Ley Federal Para La Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal” para que “incluya los parámetros y estándares internacionales sobre la materia para la creación y operación efectiva de un Mecanismo de Protección a Testigos”; (x) crear e implementar a nivel federal un protocolo específico y especializado para la investigación de ataques contra las defensoras y defensores de derechos humanos; (xi) realizar un plan de capacitación del personal de investigación sobre el protocolo referido, así como la creación de un sistema de indicadores que permitan medir la efectividad del protocolo, entre otras.

***

La composición de la Corte para la emisión de la presente Sentencia fue la siguiente: Jueza

Elizabeth Odio Benito, Presidenta (Costa Rica); Juez Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente (Ecuador); Juez Eduardo Vio Grossi (Chile); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina) y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay). El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot no participó de la deliberación de esta Sentencia por ser de nacionalidad mexicana, de acuerdo al Art. 19 del Reglamento de la Corte Interamericana.

***

El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.

Fuente:
https://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_04_2022.pdf
(02/02/22)

Amnistía Internacional

Después de 20 años, Biden debe cerrar Guantánamo de una vez por todas*

Por Agnes Callamard
Secretaria General de Amnistía Internacional
11 de enero de 2022

En una manifestación celebrada recientemente ante la Casa Blanca para pedir el cierre de la prisión militar estadounidense en la base naval de Guantánamo, un adolescente se acercó a una compañera para preguntarle de qué iba la protesta. Le dijo que nunca había oído hablar de ese centro de detención.

Han pasado 20 años y cuatro mandatos presidenciales desde que se inauguró Guantánamo pero, a las personas que han nacido desde entonces, las terribles historias de este centro les suenan más a una trama de película de terror. Es un vergonzoso legado que no podemos dejar a las generaciones futuras.

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Justicia Digna para las mujeres defensoras de derechos humanos en México*

Por Erika Guevara Rosas
Directora para las Américas de Amnistía Internacional
31 de enero de 2022

El 19 de octubre del 2001, la defensora de derechos humanos Digna Ochoa fue asesinada en sus oficinas en la Ciudad de México. El atroz crimen conmovió a la sociedad mexicana y la comunidad internacional. Digna era una de las lideresas mas emblemáticas en la defensa de los derechos humanos en México, en un contexto particularmente complejo.

A pesar de la alarma global, la respuesta estatal a su muerte fue inverosímil. La investigación careció de imparcialidad y seriedad, y su conclusión que Digna se había “suicidado” fue una bofetada a la verdad y la justicia para ella, su familia, y cientos de personas defensoras de derechos humanos que desde entonces enfrentaban múltiples formas de violencia y persecución. El asesinato de Digna y la indolencia de las autoridades no fueron aislados, sino parte de un patrón de violencia e impunidad contra las personas defensoras en esa época. Tristemente, es un legado que hoy continúa amenazando gravemente a las personas defensoras y sus organizaciones en México, uno de los países más peligrosos para quienes defienden derechos humanos.

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Américas: Amnistía Internacional alerta sobre asesinatos de personas defensoras y periodistas en el primer mes de 2022

02 de febrero de 2022

Con al menos 20 personas defensoras de derechos humanos y cuatro periodistas asesinadas a lo largo de la región en enero, el primer mes de 2022 ha demostrado nuevamente el peligro que representa la defensa de los derechos humanos y el periodismo en América Latina, dijo Amnistía Internacional hoy.

“El asesinato de 20 personas defensoras de derechos humanos y cuatro periodistas en apenas un mes es alarmante y muestra un escenario aterrador de lo que puede ser el año para quienes alzan la voz defendiendo derechos humanos en las Americas, si los Estados no toman acción urgente para revertir esta tendencia”, dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistia Internacional.

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Human Rights Watch

Estados Unidos: muestra un progreso lento en materia de derechos humanos

13 de enero de 2022

  • El racismo sistémico y el abuso de solicitantes de asilo empañan los pronunciamientos de alto nivel

(Washington, DC, 13 de enero de 2022) – El progreso del gobierno del presidente Joe Biden en la protección de los derechos humanos en Estados Unidos ha sido lento, señaló hoy Human Rights Watch en su Informe Mundial 2022.

“El gobierno de Biden hizo algunos pronunciamientos de gran alcance sobre cuestiones clave como la equidad racial y de género, pero hasta ahora hay pocas pruebas de que las palabras se hayan traducido en un impacto real para las personas cuyos derechos han sido sistemática e históricamente ignorados o pisoteados”, señaló Nicole Austin-Hillery, directora ejecutiva del Programa de Estados Unidos de Human Rights Watch. “La población negra en Estados Unidos sigue sufriendo importantes disparidades económicas derivadas del racismo sistémico que tiene repercusiones a lo largo de generaciones, y las políticas fronterizas han destrozado el derecho a solicitar asilo mientras los funcionarios someten a los inmigrantes a un trato violento y abusivo”.

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América Latina: Retroceso alarmante de libertades básicas

13 de enero de 2022

  • Ataques a la independencia judicial, la libertad de prensa y la sociedad civil; crecientes necesidades humanitarias

(Nueva York) – América Latina está enfrentando algunos de los desafíos más graves en materia de derechos humanos en décadas, señaló hoy Human Rights Watch al presentar su Informe Mundial 2022.

“El alarmante retroceso de las libertades fundamentales en América Latina nos obliga hoy a defender espacios democráticos que solíamos dar por sentados”, expresó Tamara Taraciuk Broner, directora interina para las Américas de Human Rights Watch. “Incluso líderes que llegaron al poder mediante elecciones democráticas han atacado a la sociedad civil independiente, la libertad de prensa y la independencia judicial. Millones de personas se han visto obligadas a abandonar sus hogares y países, y la pandemia ha tenido un impacto económico y social devastador”.

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Suprema Corte de Justicia de la Nación

Invalida SCJN requisito para acceder al cargo de inspector de ganadería en el Estado de Coahuila, por vulnerar el derecho a la igualdad y no discriminación

Comunicado de Prensa No. 003/2022
Ciudad de México, a 10 de enero de 2022

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó las porciones normativas “por delitos dolosos que ameriten pena privativa de la libertad o” y “otro”, del artículo 85, fracción IV, de la Ley de Ganadería para el Estado de Coahuila de Zaragoza, expedida mediante Decreto 555, publicado el 28 de febrero de 2020, que formaban parte de los requisitos para ocupar el cargo de inspector de ganadería.

Conforme a sus precedentes, el Pleno determinó que tal requisito vulneraba el derecho de igualdad y no discriminación, previsto en el artículo 1º de la Constitución General. Ello, ya que excluía genéricamente a cualquier persona condenada por la comisión de un delito doloso, aun cuando no guardara relación alguna con las funciones a desempeñar.

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SCJN invalida diversos requisitos para acceder a los cargos de Director General y directores de las unidades académicas del Instituto de Capacitación y Educación para el Trabajo del Estado de Nuevo León

Comunicado de Prensa No. 006/2022
Ciudad de México, a 11 de enero de 2022

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó la porción normativa “por nacimiento” prevista en el artículo 15, fracción I, de la Ley que crea el Instituto de Capacitación y Educación para el Trabajo del Estado de Nuevo León, que establecía el requisito de contar con la nacionalidad mexicana obtenida por nacimiento para acceder al cargo de Director General de dicho instituto.

Al respecto, el Pleno reiteró el criterio establecido en múltiples precedentes, en el sentido de que las legislaturas locales carecen de competencia para regular, en sus legislaciones internas, supuestos en los que se limite el acceso a los cargos públicos a las personas ciudadanas mexicanas por nacimiento.

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