Suprema Corte de Justicia de la Nación

Una persona adulta puede demandar
pago retroactivo de alimentos
que no haya recibido cuando
era menor de edad

Comunicado 020/2017
Ciudad de México, a 1 de febrero de 2017

En la sesión de 1 de febrero de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió el amparo directo en revisión 1388/2016, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En esta decisión la Primera Sala determinó que una persona mayor de edad tiene derecho a demandar de manera retroactiva el pago de alimentos que no recibió siendo menor de edad.

            En el caso, una persona solicitó que su padre le pagara retroactivamente los alimentos a los que tenía derecho cuando era un menor de edad. El juez de primera instancia se negó a reconocer este derecho. Esta decisión se confirmó en segunda instancia. Por tanto, la parte actora promovió juicio de amparo, en el cuál finalmente obtuvo la razón. Sin embargo, su padre combatió esta decisión a través de un recurso de revisión ante la Suprema Corte. Sigue leyendo

Es constitucional el Convenio de la Haya
 en materia de procedimiento probatorio
en casos de restitución internacional
de menores

Comunicado 035/2017
Ciudad de México, a 15 de febrero de 2017

En sesión de 15 de febrero de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, el amparo directo 29/2016, cuyo tema tiene que ver con la restitución de una menor, en el marco del Convenio de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.

            En el caso, una señora presentó una solicitud de restitución internacional respecto de su hija, quien había sido sustraída ilegalmente por el padre y llevada a vivir a México, no obstante la existencia de un Plan Temporal de Crianza firmado por ambos progenitores ante las autoridades jurisdiccionales estadounidenses. Ante la orden de restitución, fallada tanto en primera como en segunda instancia, el padre promovió un juicio de amparo mediante el cual impugnó la constitucionalidad del Convenio de la Haya por estimar que resultaba una afrenta a la soberanía nacional y no lograba proteger el interés superior de la niñez, además de denunciar que en el caso debía considerarse que la convivencia de la niña con su madre la sometería a un grave riesgo, dado el estilo de vida de la progenitora. Sigue leyendo