Dias conmemorativos del mes de Marzo

8: Día Internacional de la Mujer

20: Día Internacional de la Felicidad

21: Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, Día Mundial de la Poesía, Día Internacional del Novruz (Nacimiento de la Primavera), Día Mundial del Síndrome de Down y Día Internacional de los Bosques.

22: Día Mundial del Agua

23: Día Meteorológico Mundial (Lema para 2013: Vigilar el tiempo para proteger las vidas y los bienes)

24: Día Mundial de la Tuberculosis

25: Día Internacional de Solidaridad con el Personal de la Organización de las Naciones Unidas Detenido o Desaparecido

 

Los desparecidos de México

El persistente costo de una crisis ignorada

 Informe de Human Rights Watch

20 de febrero de 2013

1. Resumen ejecutivo[1]

Cuando Enrique Peña Nieto asumió la presidencia el 1 de diciembre de 2012, recibió un país asolado por la violencia vinculada al narcotráfico, que le costó la vida a más de 60.000 mexicanos a lo largo de seis años. La “guerra contra el narcotráfico” iniciada por su predecesor, Felipe Calderón, tuvo resultados calamitosos. No sólo no logró contener a las poderosas organizaciones delictivas que operan en el país, sino que además generó un incremento dramático de las graves violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las fuerzas de seguridad a las cuales se encomendó la misión de enfrentar a esas organizaciones. En vez de reforzar la seguridad pública, estos abusos exacerbaron el clima de violencia, caos y temor.

Durante gran parte de su presidencia, Calderón negó que las fuerzas de seguridad hubieran cometido abusos, a pesar de que cada vez más evidencias indicaban lo contrario. Recién en el último año de su mandato reconoció que se habían producido violaciones de derechos humanos y adoptó una serie de medidas positivas—aunque muy limitadas—para erradicar algunas prácticas abusivas. Sin embargo, no logró cumplir con su principal obligación fundamental de asegurar que las gravísimas violaciones de derechos humanos cometidas por militares y policías fueran investigadas y se juzgara a los responsables.

Esa responsabilidad le corresponde ahora al Presidente Peña Nieto. Y en ningún caso es más urgente que en el de aquellas personas que han sido llevadas contra su voluntad y cuyo paradero aún se desconoce. La característica que distingue a estos delitos de otros es que, mientras se ignore el destino de la víctima, tienen carácter continuo. Cada día que pasa es otro día sin que las autoridades hayan encontrado a las víctimas, y otro día que las familias siguen sufriendo por no saber qué les sucedió a sus seres queridos.

Human Rights Watch ha documentado casi 250 desapariciones de este tipo que se han producido desde 2007. En más de 140 de esos casos, las evidencias sugieren que se trató de desapariciones forzadas, es decir, participaron en ellas actores estatales en forma directa, o bien indirectamente mediante su colaboración o aquiescencia. Estos delitos han sido cometidos por miembros de todas las fuerzas de seguridad que intervienen en operativos de seguridad pública, en ocasiones conjuntamente con la delincuencia organizada. En los demás casos, no pudimos determinar, a partir de la evidencia disponible, si hubo participación de actores estatales en el delito, si bien esta posibilidad no queda excluida.

 En casi todos los casos, las autoridades no adoptaron medidas oportunas ni exhaustivas para buscar a las víctimas ni investigar lo sucedido. Fueron excepcionales los casos en que los agentes del Ministerio Público tomaron medidas básicas de investigación que son cruciales para encontrar a personas desaparecidas. Muchas veces, incluso, se mostraron más proclives a sugerir que las víctimas tenían algún tipo de culpa y, en clara señal de que no consideran prioritaria la solución de este tipo de casos, indicaron a los familiares que efectuaran la búsqueda por sus propios medios. Cuando los agentes del Ministerio Público sí investigaron lo sucedido, sus esfuerzos se vieron contrarrestados por demoras, errores y omisiones. Las búsquedas e investigaciones también debieron superar otros obstáculos estructurales, incluidas normas excesivamente acotadas y ausencia de herramientas indispensables, como una base de datos nacional sobre personas desaparecidas.

Los esfuerzos ineficaces o inexistentes realizados por algunas autoridades para encontrar a personas que fueron sustraídas potencian el sufrimiento de los familiares de las víctimas, para quienes no saber qué les sucedió a sus seres queridos provoca un desconsuelo constante. Muchos familiares postergan todos los demás aspectos de su vida y se dedican exclusivamente a buscar a las personas desaparecidas, una tarea que, según sienten, no pueden abandonar hasta saber la verdad. Más grave aún, los familiares de víctimas pueden perder acceso a servicios sociales y beneficios básicos —como atención de la salud y cuidado de los niños— que recibían anteriormente a través del empleo de la víctima. Esto los obliga a intentar recuperar los beneficios, lo cual conlleva un alto costo económico y emocional.

Los casi 250 casos documentados en este informe no representan en absoluto la totalidad de las desapariciones ocurridas en México durante el gobierno del ex Presidente Calderón. Por el contrario, no existen dudas de que hay miles de casos más. Por ejemplo, funcionarios de Coahuila indicaron a Human Rights Watch que 1.835 personas habían desaparecido solamente en ese estado entre diciembre de 2006 y abril de 2012. Incluso más preocupante es una lista provisoria elaborada por la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República—que se filtró en noviembre de 2012—que incluye los nombres de más de 25.000 personas desaparecidas o extraviadas durante el gobierno de Calderón y cuyo paradero aún se desconoce. Si bien la lista contiene información incompleta y la metodología que se aplicó para prepararla es defectuosa, la cifra no deja dudas sobre la magnitud sin precedentes de la actual ola de desapariciones.

Durante los años en que el gobierno de Calderón ignoró el creciente problema de las desapariciones, el país no adoptó medidas serias para abordarlo. Esto dio lugar a la crisis más profunda en materia de desapariciones forzadas que se haya producido en América Latina en las últimas décadas. Si el gobierno de Peña Nieto repite esta estrategia fallida y no establece un plan integral y efectivo para investigar desapariciones ocurridas en el pasado y ayudar a prevenirlas en el futuro, los casos de desapariciones muy probablemente continuarán en ascenso. Y miles de familias de víctimas seguirán sumidas en la desesperación de no saber qué les sucedió a sus seres queridos.

No obstante, un enfoque distinto es posible. Y Human Rights Watch pudo comprobarlo en el estado de Nuevo León, donde en respuesta a las presiones de familiares de víctimas y defensores de derechos humanos, los agentes del Ministerio Público han dejado atrás un patrón de inacción y falta de diligencia, y han comenzado a examinar seriamente un grupo específico de casos de desapariciones. Los esfuerzos de estos funcionarios les permitió recuperar la confianza de los familiares de las víctimas, y conseguir de este modo que colaboren con las investigaciones, lo cual ha sido crucial para identificar nuevas pistas y reunir pruebas valiosas. Si bien hasta el momento los resultados de estas investigaciones siguen siendo moderados y son muy pocas las personas desaparecidas que han sido halladas, el enfoque ofrece un modelo para superar algunos de los mayores obstáculos para la resolución de los casos de desapariciones.

En definitiva, el éxito de estas y otras iniciativas impulsadas en los estados dependerá en gran medida de que el gobierno federal tenga la capacidad y el interés necesarios para cumplir con su parte. Se trata, después de todo, de un problema de alcance nacional, que en muchos casos involucra a las fuerzas de seguridad federales y organizaciones delictivas cuya presencia en los estados no reconoce fronteras. Es posible que las fosas comunes halladas en un estado contengan restos de personas que fueron desaparecidas en otros. Resulta fundamental adoptar una estrategia integral—basada en iniciativas de alcance nacional como la creación de bases de datos unificadas y precisas sobre personas desaparecidas y restos no identificados—que otorgue a los agentes del Ministerio Público, funcionarios de seguridad pública y familiares las herramientas necesarias para encontrar a estas personas y llevar ante la justicia a los responsables de su desaparición.

 

Desapariciones forzadas

Human Rights Watch ha documentado 249 desapariciones cometidas en México desde diciembre de 2006. En 149 de estos casos, encontramos evidencias contundentes de que actores estatales habrían participado en la desaparición, ya sea por sí solos o en colaboración con organizaciones delictivas. En estos 149 casos han estado implicados miembros de todas las fuerzas de seguridad que intervienen en operativos de seguridad pública, es decir, el Ejército, la Marina, la Policía Federal, y/o las policías estatales y municipales.

La mayoría de los casos de posible desaparición forzada que documentamos responden a un patrón, en el cual miembros de las fuerzas de seguridad detienen arbitrariamente a personas sin la correspondiente orden de detención y sin indicios suficientes que justifiquen esta medida. En muchos casos, las detenciones se llevan a cabo en la vivienda de la víctima, frente a otros familiares, mientras que en otros se producen en retenes de control, el lugar de trabajo o en establecimientos públicos como bares. Los soldados y policías que efectúan estas detenciones casi siempre visten uniformes y conducen vehículos oficiales. Cuando los familiares de las víctimas preguntan sobre el paradero de los detenidos en las dependencias de las fuerzas de seguridad y en el Ministerio Público, les indican que esas personas nunca fueron detenidas.

En algunos casos, las evidencias sugieren que un cuerpo concreto de las fuerzas de seguridad efectuó múltiples desapariciones aplicando las mismas tácticas durante un período breve y en una misma zona. Por ejemplo, Human Rights Watch recogió testimonios de testigos, así como fotografías y grabaciones de video, que señalan que miembros de la Marina cometieron más de 20 detenciones arbitrarias en junio y julio de 2011, en los estados vecinos de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas. Casi todas estas personas fueron detenidas arbitrariamente por miembros de la Marina en sus viviendas. La Marina negó en un primer momento haberse llevado a los hombres, pero luego se contradijo al admitir en diversos comunicados de prensa que había mantenido contacto con varios de ellos antes de que desaparecieran. El paradero de estas personas se desconoce desde el día en que fueron detenidas. El modus operandi aplicado comúnmente en estos casos sugiere que estos delitos podrían haber sido planificados y coordinados, o al menos no podrían haberse concretado sin conocimiento de funcionarios de alto rango de la Marina.

En aquellos casos en que agentes estatales actúan junto con la delincuencia organizada para perpetrar las desapariciones, la colaboración puede darse de distintas maneras. Más frecuentemente, miembros de las fuerzas de seguridad detienen arbitrariamente a las víctimas y luego las entregan a organizaciones delictivas. A veces, estos policías, soldados y agentes investigadores actúan en connivencia con organizaciones criminales para extorsionar a familiares de las víctimas, o dan aviso a estas organizaciones cuando los familiares de las víctimas denuncian las desapariciones, un dato que los secuestradores luego utilizan para hostigar e intimidar a las familias. En más de una decena de casos, las evidencias indican que agentes estatales habrían utilizado información aportada por los familiares de las víctimas para simular que eran los secuestradores y exigir el pago de un rescate.

Además de estos casos de desaparición forzada, también documentamos otros 100 casos de desaparición. En estos, las personas fueron llevadas contra su voluntad, a menudo por hombres armados, y al día de hoy se desconoce su paradero. No tenemos conocimiento de evidencias que señalen que hayan participado actores estatales en estos delitos. Sin embargo, debido a la frecuente participación de policías y militares que se puede comprobar en otras desapariciones, y dado que no se han efectuado investigaciones exhaustivas, es imposible excluir la posibilidad de que haya habido intervención de actores estatales en estos casos. De cualquier forma, aun cuando estas desapariciones constituyen delitos perpetrados exclusivamente por actores privados—a diferencia de las desapariciones forzadas—y no se encuadran en la definición de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Estado tiene la responsabilidad de investigar todas las desapariciones, con independencia de quién sea responsable. Asimismo, conforme al derecho internacional y la Ley General de Víctimas de reciente vigencia en México, el gobierno tiene la obligación jurídica de brindar a las víctimas de delitos un recurso efectivo, que garantice el derecho a la justicia, la verdad y una reparación adecuada.

Serias deficiencias en las investigaciones

Nuestra investigación demuestra que es habitual que las autoridades no respondan de manera oportuna cuando las víctimas, sus familiares o testigos denuncian las privaciones ilegales de la libertad en el momento en que estas se producen. Y cuando los familiares de las víctimas u otras personas denuncian las desapariciones, son pocos los casos en que los agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública actúan inmediatamente para buscar a la víctima o los responsables. A pesar de las solicitudes de los familiares, no se localizan los teléfonos celulares de las víctimas ni se controlan los movimientos en sus cuentas bancarias, no se obtienen las grabaciones de cámaras de seguridad (que suelen ser borradas automáticamente después de un cierto tiempo), ni tampoco se adoptan otras medidas que sólo son efectivas dentro de un determinado plazo. Por el contrario, es común que agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública indiquen equivocadamente a los familiares que, por ley, deben esperar varios días para presentar una denuncia formal, y les aconsejan que ellos mismos busquen a la persona desaparecida en dependencias policiales y bases militares, lo cual supone un riesgo para la familia. O bien los agentes del Ministerio Público a veces determinan prematuramente que no tienen competencia para investigar el caso. Estas demoras y omisiones injustificadas provocan la pérdida irreversible de información que podría haber salvado la vida de las víctimas y ayudado a ubicar a los responsables.

Como si esto fuera poco, cuando los agentes del Ministerio Público, policías ministeriales y funcionarios de seguridad pública atienden a familiares de desaparecidos, es común que sugieran que las víctimas posiblemente fueron agredidas debido a que están implicadas en actividades ilícitas, incluso cuando no tienen pruebas para hacer tales señalamientos. Las autoridades invocan esta presunción infundada como un pretexto para no iniciar investigaciones, y así excluyen y hostigan a personas cuya colaboración podría haber sido crucial para encontrar a la víctima desaparecida. Si bien es razonable que las autoridades evalúen los antecedentes de las víctimas como una posible línea de investigación, Human Rights Watch comprobó que algunos funcionarios asumían automáticamente que las víctimas tenían algún vínculo delictivo antes de iniciar una investigación preliminar, y mantenían esta postura aun cuando las evidencias señalaban claramente lo contrario.

En los casos en que los agentes del Ministerio Público sí inician una investigación, con frecuencia solicitan a los familiares de las víctimas que se ocupen de algunas tareas que son parte de la investigación y deberían ser realizadas por funcionarios, como entrevistar a testigos e intentar localizar a presuntos responsables. Es pertinente y, sin duda, necesario que los agentes del Ministerio Público colaboren con familiares de las víctimas en la investigación de desapariciones. No obstante, en todos los casos analizados, Human Rights Watch comprobó que se dependía de manera desproporcionada, o incluso absoluta, de la colaboración de los familiares para llevar a cabo tareas de investigación básicas. Como parte de este círculo vicioso, los familiares continúan asumiendo responsabilidades que corresponden a las autoridades porque saben que los funcionarios a cargo de la investigación no actuarán por su propia iniciativa. Y en vez de cumplir con aspectos de la investigación que son de su incumbencia, algunos agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública se acostumbran progresivamente a delegar estas tareas a familiares de las víctimas. Los familiares no sólo no están capacitados para trabajar en estos aspectos de la investigación, sino que esto puede exponerlos a un riesgo considerable: en varios casos, la iniciativa de los familiares, que actuaban a instancias de agentes del Ministerio Público, hizo que fueran objeto de amenazas y agresiones.

Además de depender excesivamente de los familiares, a menudo los agentes del Ministerio Público no adoptan medidas básicas para la investigación. Entre las omisiones más habituales documentadas por Human Rights Watch se incluyen las siguientes: no entrevistar a familiares de las víctimas, testigos u otras personas que podrían haber aportado datos relevantes; no entrevistar a posibles responsables; no seguir pasos de investigación obvios, como obtener los nombres de policías y soldados asignados a unidades implicadas en las desapariciones; y no visitar el lugar de los hechos para recabar pruebas. Incluso en los casos en que los funcionarios judiciales cumplieron pasos básicos de las investigaciones, a menudo esperaban demasiado tiempo para concretar estas tareas y, para entonces, ya no era posible identificar posibles indicios.

En algunos casos los agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública extraviaron pruebas cruciales, como muestras de ADN de familiares de víctimas, y cometieron errores al recopilar información clave sobre los hechos, como registrar datos erróneos respecto de dónde o cuándo desaparecieron las víctimas. En algunas instancias policías y funcionarios judiciales falsificaron pruebas —por ejemplo, indicaron haber efectuado entrevistas que nunca realizaron— y en otras manipularon o destruyeron evidencias importantes, lo cual sugiere que podrían haberlo hecho con el fin de proteger a los responsables del delito.

Además de no resolver los casos individuales y exacerbar el clima general de impunidad, estas serias deficiencias en la investigación permiten que los miembros de las fuerzas de seguridad y organizaciones delictivas que llevan a cabo múltiples desapariciones cometan nuevamente estos delitos. En varios casos, Human Rights Watch encontró evidencias persuasivas de que los mismos agentes estatales, frecuentemente con la colaboración de organizaciones criminales, habían tenido intervención en varias desapariciones perpetradas en incidentes distintos. En estos casos, los agentes del Ministerio Público y funcionarios de seguridad pública no tomaron en cuenta evidencias que, si hubieran sido investigadas adecuadamente, podrían haber evitado otras desapariciones.

 

Impacto en familiares de las víctimas

Las desapariciones afectan profundamente casi todos los aspectos de la vida de las familias de las víctimas. Según manifestaron los familiares, no saber qué había sucedido a sus seres queridos es una fuente inagotable de sufrimiento, que empeora ante los débiles esfuerzos de los agentes del Ministerio Público por dar con su paradero. Muchos dijeron que sienten una obligación imperiosa de postergar los demás aspectos de su vida para dedicarse de lleno a buscar a sus seres queridos. Los familiares hicieron referencia a las graves secuelas emocionales y psicológicas de la pérdida sufrida, que incluían estados de depresión y el temor constante de que a otra persona de su círculo le suceda lo mismo. Varios de los familiares en los casos documentados en este informe intentaron cometer suicidio, incluido el caso de por lo menos un menor. Las desapariciones también afectan gravemente las relaciones entre familiares de las víctimas, que sobrellevan de manera distinta, y a veces opuesta, los desacuerdos que a veces tienen sobre cuestiones trascendentales como, por ejemplo, si seguir buscando a la persona desaparecida.

Las familias que siguen intentando encontrar a las personas desaparecidas, discuten públicamente sus casos o exigen a las autoridades que investiguen lo sucedido a menudo son objeto de hostigamiento, amenazas y agresiones. Estos actos hostiles generalmente procuran disuadir a los familiares de que exijan justicia, y manipulan el profundo temor que sienten las víctimas a perder a otro ser querido. Asimismo, tales actos aterrorizan no sólo a las personas a quienes están dirigidos, sino también a otros familiares de desaparecidos y miembros de la sociedad en general, que temen exponerse a riesgos si reclaman justicia.

En México, las desapariciones también tienen consecuencias económicas devastadoras para las familias de las víctimas, y afectan especialmente a grupos vulnerables como los hijos y las familias que viven en condiciones de pobreza. Las personas desaparecidas en los casos documentados por Human Rights Watch son, casi en su totalidad, hombres de escasos recursos que, en muchos casos, representaban el único sostén económico de familias con varios hijos. Debido a su ausencia, sus cónyuges y parejas debieron reaccionar rápidamente para adaptarse a la pérdida del ingreso y poder mantener a sus familias. Esta dificultad económica se ve agravada por el sistema de asistencia social de México, en el cual se supedita la prestación de algunos servicios a que uno de los miembros de la familia tenga empleo. Por lo tanto, la desaparición puede suspender el acceso a beneficios sociales como atención de la salud y cuidado infantil. A fin de conservar el acceso a estos servicios indispensables, los familiares debieron iniciar procedimientos burocráticos costosos y prolongados para que las autoridades reconocieran que la persona estaba desaparecida o muerta, lo cual acentuó su sufrimiento.

 La Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos (PROVÍCTIMA) se creó en 2011 para brindar asistencia emocional, económica y legal a familiares de víctimas, con especial énfasis en la atención de familias de personas desaparecidas. La mayoría de las familias entrevistadas por Human Rights Watch nunca habían estado en contacto con este organismo, y tenían un conocimiento mínimo o nulo de los servicios que ofrecía. Por su parte, más de 30 familias de víctimas que sí habían acudido a PROVÍCTIMA para recibir ayuda dijeron a Human Rights Watch que este organismo no cumplía con los compromisos asumidos, como por ejemplo, prestar asistencia médica para que familiares pudieran someterse a intervenciones quirúrgicas. Asimismo, la gran mayoría de estas familias dijeron que PROVÍCTIMA presionó a familiares para que asumieran que sus seres queridos habían muerto, a pesar de que no existían pruebas que justificaran esta conclusión, lo cual agravó aún más su padecimiento.

 

Un nuevo enfoque: el ejemplo de Nuevo León

En los últimos años, Nuevo León ha sido uno de los estados más gravemente afectados por desapariciones. Las estimaciones al respecto indican que podría haber más de 600 personas desaparecidas (de acuerdo con datos oficiales) o incluso más de 1.000 (según señalan defensores de derechos humanos locales) desde el inicio del gobierno de Calderón. En 2010 y 2011, Human Rights Watch llevó a cabo varias visitas de investigación a Nuevo León para recabar datos sobre desapariciones forzadas y otros abusos, y pudo comprobar que existía un clima de impunidad casi absoluta similar al observado en varios otros estados de México. A pesar de que había evidencias claras sobre desapariciones forzadas, en general los agentes del Ministerio Público no investigaban a los militares y policías implicados. Esto generó una profunda desconfianza hacia las autoridades entre las víctimas y sus familiares, e incluso los agentes del Ministerio Público que intentaban de manera genuina investigar estos delitos prácticamente no tenían incentivos para hacerlo. En un círculo vicioso de desconfianza y anomalías, cuanto menos colaboración hay entre víctimas y funcionarios para la resolución de estos delitos, más arraigado se torna el clima de impunidad.

Pero luego se produjo un cambio. Por medio de un movimiento de base que congrega a víctimas, y asociados con una organización de derechos humanos local, los familiares de desaparecidos exigieron en forma colectiva que las autoridades impulsaran las investigaciones con seriedad. Ante las insistentes presiones, los funcionarios del estado aceptaron trabajar con las familias en la investigación de las desapariciones. En un primer momento, existía desconfianza de ambas partes. Sin embargo, a medida que los agentes del Ministerio Público —impulsados ahora por las familias a investigar los hechos y enfrentados a tener que rendir cuentas— comenzaron a examinar los hechos con seriedad, pudieron recuperar gradualmente la confianza de los familiares de las víctimas. Y los familiares, por su parte, empezaron a colaborar de manera más directa con los agentes del Ministerio Público. La combinación de esfuerzos genuinos por parte de los agentes del Ministerio Público y la ayuda y orientación de los familiares generó una nueva dinámica que permitió que algunas investigaciones avanzaran por primera vez en años.

Los resultados conseguidos en investigaciones concretas, aun si fueron limitados, despertaron la esperanza de que se pudieran resolver estos crímenes aberrantes, en muchos de los cuales parecían estar implicados agentes estatales. El círculo vicioso dio paso a un incipiente círculo virtuoso: a medida que los agentes del Ministerio Público ampliaban las investigaciones, se fortalecía la confianza de los familiares de las víctimas y se conseguían mayores avances. Por su parte, los agentes del Ministerio Público tomaron las tácticas y los conocimientos sólidos que habían adquirido en la investigación de casos individuales y los aplicaron a otros casos de desapariciones que estaban a su cargo. Más de 50 presuntos responsables han sido consignados en siete averiguaciones previas abordadas a través de “reuniones de trabajo” con familiares y defensores de derechos humanos. Incluso en los casos en que no hubo consignados, las investigaciones igualmente tuvieron avances, ya que los agentes del Ministerio Público adoptaron medidas hasta entonces relegadas—como citar a interrogatorios a presuntos implicados, identificar a testigos y exigir a las compañías telefónicas que entreguen los registros de los teléfonos celulares de víctimas—con mayor determinación y urgencia.

Estas mejoras cualitativas en el trabajo vinculado con causas específicas han estado acompañadas por reformas institucionales y legales más amplias, destinadas a fortalecer la capacidad de las autoridades de investigar y procesar estos delitos, como la aprobación de reformas que tipifican las desapariciones forzadas, la asignación de policías ministeriales especializados a la investigación de desapariciones y la redacción de un manual de investigación que describe los pasos fundamentales que deben seguir todos los agentes del Ministerio Público cuando intervengan en casos de desaparición.

A pesar de todos los avances que se han logrado en la investigación de desapariciones ocurridas en Nuevo León, aún subsisten enormes obstáculos que se interponen a la posibilidad de investigar estos hechos de manera efectiva y encontrar a quienes están desaparecidos. Algunas autoridades cuyos aportes son clave para impulsar investigaciones a menudo no cooperan con los agentes del Ministerio Público en la resolución de los casos o, peor aún, obstaculizan deliberadamente estos esfuerzos. Es entendible que, frustrados ante los escasos avances conseguidos en las investigaciones, algunos familiares duden del compromiso de las autoridades—sobre todo teniendo en cuenta sus experiencias anteriores—, pierdan esperanzas en el proceso y dejen de colaborar con los agentes del Ministerio Público. Y los agentes del Ministerio Público del estado han actuado con una lentitud alarmante al aplicar las rigurosas prácticas de investigación definidas a través de las “reuniones de trabajo” a otros cientos de casos de desapariciones que no son supervisados directamente por familiares y defensores de derechos humanos, y a veces incluso han repetido los mismos errores y omisiones en la investigación de nuevos casos.

Debido a estos y otros graves obstáculos, los avances en las investigaciones han sido limitados. El paradero de casi la totalidad de las personas desaparecidas aún se desconoce. Y a pesar de que más de 50 personas han sido consignadas como presuntos responsables en investigaciones relacionadas con las “reuniones de trabajo”, los agentes del Ministerio Público aún no consiguieron que ninguna de ellas sea condenada. Sin embargo, haber superado el clima de incredulidad y desconfianza que prevalecía constituye un logro concreto. De esta manera, el proceso de trabajo en Nuevo León ofrece un modelo sobre cómo superar algunos de los obstáculos más significativos al avance de la investigación no sólo de desapariciones, sino de todas las violaciones de derechos humanos en México.

 

2. Principales recomendaciones[2]

Al poder ejecutivo federal:

  • Presentar ante el Congreso un proyecto de reforma del sistema de justicia militar para garantizar que todas las presuntas violaciones de derechos humanos, incluidas las desapariciones forzadas, cometidas por militares contra civiles sean investigadas y juzgadas en la justicia penal ordinaria.
  • Dictar un decreto por el cual se exija que todas las personas detenidas sean puestas inmediatamente a disposición de agentes del Ministerio Público y que en ningún caso los detenidos sean trasladados a bases militares, dependencias policiales o centros de detención clandestinos para ser interrogados.
  • Trabajar con organismos federales, como el Instituto Mexicano del Seguro Social, para establecer procesos especiales expeditos que aseguren que los familiares de personas desaparecidas no pierdan el acceso a servicios sociales básicos como consecuencia de la desaparición.
  • Pedir al Senado que reconozca la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir denuncias de desapariciones forzadas presentadas por personas y Estados (de conformidad con los artículos 31 y 32 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas).
  • Librar una invitación al Comité contra la Desaparición Forzada para que realice una visita de investigación a México.
  • Crear una base de datos nacional sobre personas desaparecidas donde se incluya información clave que ayude a identificar a personas desaparecidas, como información genética (ADN) de familiares de la víctima, evidencias de la participación de actores estatales e investigaciones que se hayan iniciado sobre el caso. Los criterios para identificar y recabar estos datos deberían ser estandarizados por las distintas agencias del Ministerio Público, comisiones de derechos humanos, morgues y otras instituciones relevantes, a fin de asegurar la utilidad del sistema.
  • Crear una base de datos nacional de restos humanos no identificados, que contenga información genética (ADN) y otras características distintivas. Los criterios para identificar y recabar estos datos deberían estar coordinados con la información recogida para la base de datos de personas desaparecidas.
  • Comparar exhaustivamente la base de datos nacional de personas desaparecidas con el registro nacional de restos humanos no identificados para buscar coincidencias entre los datos.

 

A los agentes del Ministerio Público federal y de los estados:

  • Llevar a cabo investigaciones completas e inmediatas de todos los presuntos casos de desaparición, incluidos los documentados en el presente informe, para que se juzgue a todas las partes responsables por estos delitos de conformidad con la legislación nacional y el derecho internacional.
  • Abstenerse de transferir de la justicia penal ordinaria a la jurisdicción militar los casos en que se acuse a militares de haber participado en una desaparición forzada u otras violaciones de derechos humanos.
  • Poner fin a la práctica por la cual se exige a las familias de las víctimas que recaben pruebas de la desaparición de sus seres queridos, como la posible participación de miembros de las fuerzas de seguridad.
  • Capacitar a equipos de expertos en la exhumación e identificación de restos humanos, para que estos puedan ser convocados rápidamente cuando se descubran fosas comunes u otros cuerpos no identificados.
  • Desarrollar, con la colaboración de funcionarios vinculados a la seguridad pública, un protocolo nacional para la búsqueda oportuna y exhaustiva de personas cuya desaparición haya sido denunciada. Estas acciones deberían realizarse sin demora, con la intervención de todas las fuerzas de seguridad y demás autoridades.

A los legisladores federales y de los estados:

  • Modificar o incluir el tipo penal de desaparición forzada en los distintos códigos penales, tanto a nivel federal como en los estados, para garantizar que sea coherente en las diferentes jurisdicciones y que incluya todas las conductas contempladas en las definiciones establecidas por la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. En especial, asegurar que la definición incluya las desapariciones cometidas por organizaciones o personas que actúen con la autorización de funcionarios estatales, o con su apoyo directo o indirecto, su consentimiento o aquiescencia.
  • Reformar el Código de Justicia Militar para garantizar que todas las presuntas violaciones de derechos humanos, incluidas las desapariciones forzadas, cometidas por militares contra civiles sean investigadas y juzgadas en la justicia penal ordinaria.
  • Modificar la definición y el proceso de declaración de ausencia establecido en el Código Civil Federal para evitar que los familiares de personas desaparecidas pierdan el acceso a servicios sociales básicos.
  • Modificar las leyes imprecisas sobre flagrancia que se aplican actualmente para justificar detenciones y medidas de prisión preventiva arbitrarias. Estas leyes deberían aplicarse únicamente en casos excepcionales, cuando se descubre a una persona en el momento mismo en que comete un delito.
  • Reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir denuncias de desapariciones forzadas presentadas por personas y Estados.

[1] http://www.hrw.org/node/113783/section/3

[2] http://www.hrw.org/node/113783/section/4

Hallazgos marzo 2013

Frente a cualquier sufrimiento humano, según puedas,

Empléate no sólo en aliviarlo sin tardanza,

Sino también en destruir sus causas.

Empléate no únicamente en destruiir sus causas,

Sino también en aliviarlo sin tardanza.

SOUYRIS, Pierre. La locura de Abraham. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM). México. 1989. p. 212.

 

La expectativa de vida en Sierra Leona es de 37 años, la menor en el mundo. 36 para los hombre y 40 para las mujeres.

GÓMEZ GALLEGOS, Ignacio y TRYSE MIRAMONTES, Benjamín. El libro de los números. Edit. Otras Inquisiciiones. México. 2010, p. 106.

 

 

¿Cuál es la ciudad del mundo que más visitantes atrae?

Las Vegas, Nevada, cerca de 40 millones anualmente.

LAMONT, Alfredo. Periódico Excélsior. 9 de enero de 2013.

 

El hombre es el sueño de una sombra. Pero cuando un rayo divino lo toca, una brillante luz lo envuelve, y es un goce la vida.

Píndaro (518 a.C.—438 a.C.)

 

Como el perro que vuelve a su vómito, así es el hombre necio que repite su necedad.

Proverbios 26-11.

La Decena Trágica

J. Antonio Aguilar V.

Así ha sido llamado el lapso de diez días —9 a 19 de febrero de 1913—en el que llegó a su culminación el acoso permanente de que fue objeto el gobierno legítimo y popular de Francisco I. Madero. La legitimidad y popularidad del Presidente no bastaron para protegerlo de los ataques del congreso y la oligarquía porfiristas, la prensa díscola y los antiguos partidarios resentidos.

Las rebeliones de Pascual Orozco y Félix Díaz en 1912 no habían sido más que anuncios estentóreos de lo que sucedería en ese febrero de 1913, triste y aciago para Madero y para México.

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Sentencia del caso Lydia Cacho

No. 017/2013

México D.F., a 31 de enero de 2013

RESUELVE PRIMERA SALA AMPARO DIRECTO 3/2011

En sesión de 30 de enero del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo 3/2011, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

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Determina Primera Sala alcance constitucional de personas indígenas y su derecho fundamental de acceso a la justicia

En sesión de 30 de enero del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó cinco asuntos que tienen que ver con los derechos fundamentales de las personas indígenas en materia de acceso a la justicia y derecho que tienen de ser asistidos en todo tiempo por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura, como lo ordena el artículo 2º constitucional.

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Poesía

PARA LOS QUE llegan a las fiestas
ávidos de tiernas compañías,
y encuentran parejas impenetrables
y hermosas muchachas solas que dan miedo
—pues uno no sabe bailar, y es triste—;
los que se arrinconan con un vaso
de aguardiente oscuro y melancólico,
y odian hasta el fondo su miseria,
la envidia que sienten, los deseos;

para los que saben con amargura
que de la mujer que quieren les queda
nada más que un clavo fijo en la espalda
y algo tenue y acre, como el aroma
que guarda el revés de un guante olvidado;

para los que fueron invitados
una vez; aquellos que se pusieron
el menos gastado de sus dos trajes
y fueron puntuales; y en una puerta,
ya mucho después de entrados todos,
supieron que no se cumpliría
la cita, y volvieron despreciándose;

para los que miran desde afuera,
de noche, las casas iluminadas,
y a veces quisieran estar adentro:
compartir con alguien mesa y cobijas
o vivir con hijos dichosos;
y luego comprenden que es necesario
hacer otras cosas, y que vale
mucho más sufrir que ser vencido;

para los que quieren mover el mundo
con su corazón solitario,
los que por las calles se fatigan
caminando, claros de pensamientos;
para los que pisan sus fracasos y siguen;
para los que sufren a conciencia
porque no serán consolados,
los que no tendrán, los que pueden escucharme;
para los que están armados, escribo.


Rubén Bonifaz Nuño

Los demonios y los días, 1956

Las leyes no bastan

Mario Bunge

Aldo, un ingeniero amigo mío que desempeña un alto cargo en una compañía transnacional de tecnología de punta, me contaba el otro día lo que le disgusta acerca de cierto país hermoso y avanzado que llamaré Z.

—Mi trabajo me gusta y gano muy bien, pero me amargo en cuanto salgo a la calle o entro en un banco o en una oficina pública. Si tengo la suerte de encontrar aparcamiento, a mi regreso encuentro a mi auto bloqueado por dos hileras de coches estacionados ilegalmente. Si hago cola en un banco, alguien que está detrás mío será invitado a romper filas por un amigo suyo que está detrás del mostrador. En una agencia estatal no conseguiré nada sin soborno. Incluso para pagar impuestos hay que hacer cola y sobornar, y esto en un país en el que la mayoría de los ricos sólo declaran un décimo de lo que ganan.

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Derrotero PUDH-UNAM 2013

1. 7 de enero. Después de la necesaria fase de planeación, comenzó a funcionar a la Clínica Jurídica del PUDH-UNAM, la cual recibió a los primeros ocho integrantes de su Equipo Jurídico —pasantes de la Licenciatura en Derecho de la UNAM— que serán capacitados en la teoría y la práctica de los derechos humanos con el fin de que, una vez capacitados, intervengan en litigios de derechos humanos, seleccionados por la propia Clínica por su especial relevancia.

2. 30 de enero.  En ceremonia especial, la Dra. Estela Morales Campos, Coordinadora de Humanidades de la UNAM, y el Dr. Luis de la Barreda Solórzano, Coordinador del PUDH-UNAM hicieron entrega de los premios (dinero y diploma) a los autores de los diseños que ganaron los tres primeros lugares del “Concurso para diseñar el logotipo del PUDH-UNAM”. Los tres diseños seleccionados por el jurado —integrado por maestros de la Escuela Nacional de Artes Plásticas de la UNAM— entre más de 400 propuestas, son de muy alta calidad gráfica y estética, y fueron realizados por Daniel José María Ramírez Olvera (primer lugar, Andrés Gerardo Lerin Rueda (segundo lugar) y Abraham Ruiz Cicourel (tercer lugar). Desde luego, el diseño que obtuvo el primer lugar fue adoptado como logotipo oficial del PUDH-UNAM. Los que obtuvieron el segundo y el tercer lugares adornan hoy esta revista.

3. 25-28 de febrero. Organizada por el PUDH-UNAM, se llevó a cabo en el Palacio de la Antigua Escuela de Medicina el ciclo de conferencias Los derechos humanos, en el que participaron el Dr. José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); el Dr. Sergio García Ramírez, expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ)-UNAM; el Lic. Luis Raúl González Pérez, Abogado General de la UNAM; el Dr. José María Serna de la Garza, Investigador del IIJ-UNAM; el Dr. Jorge Ulises Carmona Tinoco, Defensor de los Derechos Universitarios; el Dr. Diego García Sayán, Presidente de la Corte IDH; el Dr. Héctor Fix Fierro, Director del IIJ-UNAM, y el Dr. Luis de la Barreda Solórzano.

Algunas efemérides de marzo

1

1444  Nace Sandro Botticelli, pintor italiano
1809 Nace Federico Chopin, músico polaco


4

1678  Nace Antonio Vivaldi, músico italiano.


6

1928  Nace Gabriel García Márquez, escritor colombiano, Premio Nobel de Literatura.


9

 1454 Nace Américo Vespucio, navegante italiano por quien el Nuevo Mundo descubierto por Cristóbal Colón fue llamado América.


14

1879 Nace Albert Einstein, físico alemán, el científico más importante del siglo XX.


21

1685 Nace Johann Sebastian Bach, el músico más completo de la historia. Sobre él, Cioran expresó: «He dicho que Dios le debe todo a Bach. Sin Bach, Dios sería un personaje de tercera clase. La música de Bach es la única razón para pensar que el Universo no es un desastre total…».
1872 Nace Benito Juárez.


30

1853 Nace Vincent Willem Van Gogh, pintor holandés.


31

1914 Nace Octavio Paz, escritor mexicano, Premio Nobel de Literatura.

Sobre un líder de carne y hueso

Leo Zuckermann

17/01/2013 01:01:52 Periódico Excélsior

Esta semana se estrena en México la película Lincoln. Yo ya la vi y me gustó muchísimo. Es una extraordinaria cinta en todo el sentido de la palabra. Sus atributos positivos son varios, pero destaca uno: el magnífico retrato que hace del liderazgo de un hombre de carne y hueso.

En la película, dirigida por Steven Spielberg, el Presidente estadunidense aparece como un padre de familia atormentado por la muerte de uno de sus hijos y temeroso de que otro pueda enlistarse en el ejército yanqui con la posibilidad de morir en el campo de batalla. Mientras tanto, el menor de sus hijos juega en la Casa Blanca vestido de soldadito. En una reunión de gabinete, el secretario de Defensa se queja porque un mapa está incompleto, parcialmente quemado, porque el niño otra vez estuvo jugando en la oficina de su padre.

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Sentencia del caso compañía de luz y fuerza

No. 016/2013

México D.F., a 30 de enero de 2013

RESUELVE SEGUNDA SALA DE LA SCJN AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3345/2012

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el recurso de revisión del juicio de amparo en el que el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) y los trabajadores miembros de dicha agrupación reclamaron el laudo dictado por la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con motivo de la Solicitud formulada por Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) para obtener la autorización de la terminación de las relaciones colectivas e individuales de trabajo del citado sindicato y sus trabajadores con el organismo descentralizado denominado Luz y Fuerza del Centro (LyFC).

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Sin habeas corpus: la difícil defensa de la figura del arraigo en México

(Primera de dos partes)

Guadalupe Barrena

 El inicio de una nueva administración ha traído consigo la apertura para discutir su pertinencia en el orden jurídico de un país democrático. Las voces que llaman a la revisión de la medida invitan a restringir su uso a casos excepcionales. Ofrezco aquí algunos elementos para la discusión, a partir de la pregunta de si el derecho internacional de los derechos humanos es compatible con tal figura —y en qué sentido podría serlo.

La reforma constitucional en materia de derechos humanos parece ofrecer mecanismos que eran en el pasado de difícil aplicación por la falta de desarrollo jurisprudencial del artículo 133 constitucional. El texto del artículo 1 constitucional prevé la integración de los tratados internacionales como fuente de derechos humanos garantizados en el orden jurídico mexicano. Aunque antes de esta reforma era factible afirmar que la figura del arraigo establecía una abierta contradicción con el lenguaje de los tratados internacionales que protegen la libertad personal, la unidad de las fuentes a partir de la reforma del artículo 1 constitucional nos obligan a buscar una interpretación donde ninguna de las normas puede prevalecer sobre la otra.[1]

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Los desaparecidos de México. El persistente costo de una crisis ignorada

Informe de Human Rights Watch

20 de febrero de 2013

1. Resumen ejecutivo[1]

Cuando Enrique Peña Nieto asumió la presidencia el 1 de diciembre de 2012, recibió un país asolado por la violencia vinculada al narcotráfico, que le costó la vida a más de 60.000 mexicanos a lo largo de seis años. La “guerra contra el narcotráfico” iniciada por su predecesor, Felipe Calderón, tuvo resultados calamitosos. No sólo no logró contener a las poderosas organizaciones delictivas que operan en el país, sino que además generó un incremento dramático de las graves violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las fuerzas de seguridad a las cuales se encomendó la misión de enfrentar a esas organizaciones. En vez de reforzar la seguridad pública, estos abusos exacerbaron el clima de violencia, caos y temor.

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Editorial

Perseo es el héroe griego que derrotó al abuso y a la desmesura personificadas por la Gorgona Medusa, cuyo poder era tan grande que con su sola mirada petrificaba. Se le consideraba invencible y se le tenía pavor así como las personas comunes tememos al poder desmesurado del Estado cuando se ejerce con abuso irrefrenable. Perseo representa la dignidad humana que enfrenta con inteligencia, firmeza, valentía y persistencia a dicho poder. La dignidad humana es la piedra angular de los derechos humanos. Bajo los auspicios y con el nombre de aquel campeón griego nace hoy la Revista Perseo del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM (PUDH-UNAM).

Los derechos humanos, así como la dignidad de las personas, no se agotan en los más visibles derechos procesales; van desde el derecho elemental e individualísimo a no ser molestado hasta los derechos sociales y de la comunidad global más elaborados y complejos. A la amplia gama de los derechos humanos y sus vastos temas afines se dedicará esta revista con el cuidado, el amor y la pasión que merecen por la importancia toral que tienen para la dignidad.

En este número primigenio ofrecemos un artículo sobre uno de los casos judiciales que han despertado más interés y han encendido más pasiones en la historia forense mexicana.

Honra este alumbramiento el artículo Las leyes no bastan de Mario Bunge, el profesor, científico y filósofo argentino-canadiense y universal que por tantas décadas nos ha iluminado con su pensamiento y obra lúcidos, certeros y humanistas, quien, con gratitud y afecto a la UNAM — donde trabajó por un año (1975-1976) en el Instituto de Investigaciones Filosóficas— nos autorizó a emplear toda su obra, de la que iremos publicando fragmentos que tengan que ver con nuestros temas.

En la sección “Historia” recordamos La Decena Trágica a cien años de sucedida que culminó con el asesinato de Francisco I. Madero y probablemente retrasó por casi un siglo el acercamiento de nuestro país al mínimo modelo democrático.

En el apartado “Suprema Corte de Justicia” se incluyen sentencias, y otras resoluciones del máximo tribunal relevantes para el tema  de los derechos humanos.

En su lado más amable, este número incluye, entre otros textos, los consejos de Don Quijote a Sancho en la víspera de que este asuma la gobernación de la Ínsula Barataria y un poema singular (como prácticamente todos los suyos) de Rubén Bonifaz Nuño, recientemente ascendido al panteón de los grandes bardos.

Aquí vamos, y que Perseo y sus deudos nos amparen.

Clásicos

En el capítulo 42 de la segunda parte de El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha, de Miguel de Ceervantes Saavedar, Sancho Panza ha sido nombrado gobernador de la Ínsula Barataria, cargo que asumirá al día siguiente. Don Quijote llega y da a Sancho Panza los siguientes consejos:

Dispuesto, pues, el corazón a creer lo que te he dicho, está, ¡oh hijo!, atento a este tu Catón, que quiere aconsejarte y ser norte y guía que te encamine y saque a seguro puerto deste mar proceloso donde vas a engolfarte, que los oficios y grandes cargos no son otra cosa sino un golfo profundo de confusiones.

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Florence: ni debido proceso ni pruebas

Luis de la Barreda Solórzano

En el presente siglo ningún asunto judicial había atraído tanto la atención pública en México como el de Florence Cassez. No era para menos: el delito por los cuales se le acusó y se le condenó ––secuestro en concurso real, es decir, secuestro reiterado–– es de los más graves y devastadores, de los más despreciables, pero ella misma exhibió ante los televidentes del noticiario de Denisse Merker que la captura televisada semanas antes fue una puesta en escena, la editorial Océano publicó un libro en el que ella narra su versión de los hechos declarándose inocente, dos sucesivos gobiernos franceses la apoyaron decididamente, varios militantes de organismos civiles que militan por la causa de la seguridad pública exigieron que cumpliera aquí y no en su país la condena y que se le negara el amparo, el entonces presidente Felipe Calderón se negó a entregarla a Francia y en reiteradas ocasiones asumió el papel de órgano de la acusación asegurando que ella era culpable, se formó en Francia un comité de apoyo a Florence Cassez y un grupo de prestigiosos académicos abogó por su liberación dadas las irregularidades del procedimiento y las inconsistencias de las pruebas en su contra.

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