Es inconstitucional el artículo del Código Civil de Jalisco, que limita el matrimonio a un hombre y una mujer

Comunicado 215/2015
México D.F., a 25 de noviembre de 2015

En sesión de 25 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver los amparos en revisión 376 y 420/2015, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, se concedió la protección de la justicia federal a dos parejas del mismo sexo del Estado de Jalisco, al estimar inconstitucional el artículo mediante el cual se les negó su solicitud de matrimonio.

      Para la Primera Sala, el artículo 258 del Código Civil de dicha entidad federativa, al limitar la celebración del matrimonio a un hombre y una mujer, excluye de él a las parejas del mismo sexo, lo que conlleva una discriminación basada en Sigue leyendo

Es constitucional el artículo 153-a
del Código Penal
del Estado de Guanajuato,
que tipifica el delito de feminicidio
por razones de género

Comunicado 203/2015
México D.F., a 11 de noviembre de 2015

La propuesta de la Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, el amparo directo en revisión 652/2015, determinó constitucional el artículo 153-a del Código Penal del Estado de Guanajuato, que tipifica el delito de feminicidio por razones de género, al no contravenir los principios de igualdad y no discriminación.

      Razón por la cual, se confirmó la sentencia recurrida y se negó el amparo al aquí quejoso, al cual se le condenó a Sigue leyendo

Es inconstitucional la prohibición absoluta del “autoconsumo”
de marihuana

Comunicado193/2015
México D.F., a 4 de noviembre de 2015

En sesión de 4 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 237/2014, a propuesta del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En este asunto se determinó que debe otorgarse autorización a los quejosos para el consumo personal de marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.

      La sentencia de la Primera Sala se originó debido a que diversas personas solicitaron a la Cofepris una autorización para consumir marihuana de forma regular y personal, con fines lúdicos o recreativos y realizar las actividades correlativas al “autoconsumo” (sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y en general todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal de marihuana), en el entendido de que su petición excluía expresamente “los actos de comercio, tales como la distribución, enajenación y transferencia de la misma”. La solicitud les fue negada, por lo que promovieron amparo indirecto, en el cual señalaron que Sigue leyendo