- El tribunal considera que se violaron los derechos del expresidente del Parlamento vasco que fue condenado e inhabilitado
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado este martes a favor del expresidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, y de los exmiembros de la Mesa de la cámara Gorka Knörr y Kontxi Bilbao. El tribunal considera que, en el proceso judicial, se vulneró el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Este dicta que “toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un Tribunal independiente e imparcial” y, según los jueces de Estrasburgo, en el caso Atutxa se vulneró su derecho a un juicio justo, debido a que “las cuestiones que debían ser examinadas por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio de los demandantes”. En 2013, el Tribunal Constitucional denegó el amparo expresidente del parlamento vasco y avaló la decisión del Supremo.
Los tres políticos vascos habían acudido a Estrasburgo a reclamar contra la justicia española, que los condenó por un delito de desobediencia por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003.
La condena económica a España en la sentencia es simbólica, ya que únicamente impone al pago de 1 euro a cada uno de los demandantes por “daño moral”, tal como ellos mismos habían reclamado, y otros 600 para los tres para costear los gastos judiciales. Estrasburgo rechazó por el contrario la petición de los demandantes de que se les restituyeran además los 42.000 euros con los que fueron multados en total por la justicia europea, así como otros 10.000 por costos del proceso.
La decisión pone fin a una batalla judicial que dura ya más de una década. Atutxa y los otros dos condenados acudieron en 2014 al Tribunal de Estrasburgo para que este declarara su “inocencia”, según indicaron en su momento.
Los afectados dieron el salto europeo tras agotar la vía judicial española, después de que el Tribunal Constitucional ratificara la condena por desobediencia dictada por el Tribunal Supremo seis años antes. En abril de 2008, el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo condenaba a Atutxa, Knörr y Bilbao a sendas penas de inhabilitación para ocupar un cargo público, así como a multas de entre 12.000 y 18.000 euros, al considerarlos culpables de la comisión de un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo SA tras la ilegalización de Batasuna.
“Iremos a Estrasburgo porque hemos sido objeto de una injusticia y una arbitrariedad claramente guiada por instrumentos políticos”, afirmó Atutxa, para quien se vulneraron sus derechos fundamentales “como ciudadanos”, a la par que se “atentó contra una institución democrática como es el Parlamento Vasco”.
Su argumentación ante el tribunal de Estrasburgo se basó en una cuestión de procedimiento. Los demandantes alegaron que habían sido condenados en última instancia “sin haber sido escuchados en una vista pública”, lo que a su juicio contraviene el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo al “derecho a un proceso equitativo”. Esta es una cuestión por la que el Tribunal europeo ha condenado en ocasiones anteriores a España en los últimos años. De hecho, los abogados de Atutxa, Knörr y Bilbao citaron una decisión de Estrasburgo en este sentido favorable a una demandante, en contra del Estado español, de 2011. En dicha sentencia, el tribunal europeo declaró admisible la demanda interpuesta al considerar que el acusado fue “condenado por el Tribunal Supremo (español) sin haber sido oído personalmente”. Una vez más, Estrasburgo ha fallado contra España por esta cuestión.
Fuente:
http://politica.elpais.com/politica/2017/06/13/actualidad/1497338247_881599.html
(28/06/2017)