Comunicado 041/2018
Ciudad de México, a 7 de marzo de 2018
En sesión de 7 de marzo de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte aprobó la propuesta del Ministro Arturo Zaldívar en el amparo directo en revisión 2944/2017, en el que se resolvió que es constitucional presumir la paternidad de las personas que se rehúsen a que se les practique una prueba de ADN en un juicio de paternidad.
En el caso, una mujer demandó a una persona el reconocimiento de paternidad al pensar que era su padre. Durante el juicio se pidió que se le hiciera una prueba de ADN al demandado, sin embargo, éste se negó a que la prueba le fuera practicada. Por esa razón, el Juez estimó que —con fundamento en el Código Civil de Guanajuato— debía presumirse que el demandado sí era el padre biológico de la actora y por tanto decretó la paternidad. Dicha decisión fue confirmada en apelación. Inconforme, el condenado promovió amparo en el que dijo que el hecho de que se presumiera la paternidad violaba su derecho a la intimidad ya que lo obligaba a practicarse una prueba genética dándose a conocer información privada contenida en su ADN. Sigue leyendo